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Fiscalía gana apelación y revive causa contra Óscar Arias por caso Crucitas

Jueza había señalado que el caso estaba prescrito; sin embargo, un nuevo dictamen calificó de "grosero error" esa interpretación.

El proceso penal contra el expresidente Óscar Arias por el ‘caso Crucitas’ revivió esta mañana. Esto ocurrió después de que los tribunales acogieran la apelación que realizó la Fiscalía General de la República, entidad que cuestionó la resolución judicial que había librado al exmandatario de ir a juicio por el delito de prevaricato.

Según la resolución del Tribunal de Juicio del II Circuito Judicial de San José, la jueza Carla Bonilla habría cometido un “grosero error” al dictar el sobreseimiento definitivo de la causa, pues declaró que los hechos estaban prescritos de forma errónea.

La sentencia de Bonilla había estimado que el caso contra Óscar Arias estaba prescrito desde el 14 de diciembre de 2010, cuando ya se habían cumplido seis años de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que ordenó anular la concesión minera en Crucitas.

No obstante, la nueva resolución detalló que esa sentencia no habría utilizado los plazos correctos para contar el tiempo de prescripción, pues este plazo pudo haber sido “interrumpido” a partir de la resolución en firme de la Sala I o la del tribunal contencioso administrativo.

Además, dicta que es necesario determinar si fue la resolución del Contencioso o la de la Sala Primera la que inició con el plazo de prescripción, aunque sí reseñó que “no es posible concluir que la sentencia dictada dentro de un proceso contencioso administrativo tenga las mismas exigencias legales a la sentencia dictada dentro de un proceso penal”.

“Por ello es que esta autoridad encuentra un grosero error en la interpretación que hace la respetable Jueza Penal”, indicó el nuevo fallo del juez Andrés Saborío.

El dato de cuál es la sentencia con la que empezó a descontarse la prescripción es especialmente importante, porque la sentencia del contencioso ocurrió en 2010, mientras que la de la Sala I data del 30 de noviembre del 2011, por lo que el proceso habría iniciado a tiempo en 2017 (con o sin interrupciones).

Ahora, todos estos temas deberán dilucidarse en una nueva audiencia preliminar, en la que se decida si se abre un proceso de juicio contra el expresidente o si se dicta un nuevo sobreseimiento.

Sobre la prescripción, la primera jueza había utilizado un plazo de seis años, como dicta el artículo 33 del Código Procesal Penal; sin embargo, el juez de esta segunda resolución recordó la existencia del numeral 62 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, el cual establece que “una vez interrumpida la prescripción, los plazos fijados en el artículo 31 del Código Penal volverán a correr por un nuevo período, sin reducción alguna”.

Ahora, deberá revisarse si hubo alguna interrupción y cuál sería el momento de inicio de la prescripción.

Arias también podría renunciar a la prescripción; sin embargo, esa idea parece imposible, pues ha defendido lo contrario a lo largo de todo el procedimiento.

De hecho, el abogado de Arias, Rodolfo Brenes, señaló que él y su representado recibieron la resolución “respetuosos de la autoridad judicial, sabiendo que las incidencias son parte de todo un proceso penal”.

“Seguimos creyendo firmemente que no se cometió delito alguno y que, además, los hechos están sobradamente prescritos, lo que no tenemos duda se establecerá oportunamente”, agregó.

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A Arias se le reclama su impulso al proyecto minero “Crucitas” en Cutris, de San Carlos; una iniciativa que había sido declarada de “interés público y conveniencia nacional” por el gobierno del exmandatario en el año 2008.

Esa declaratoria, resolvieron los tribunales, se habría realizado sin los “criterios técnicos fundamentales”, hecho por el que incluso se había condenado al exministro de Ambiente, Roberto Dobles (un hecho que se anuló en diciembre pasado).

Ahora, la Fiscalía pretende que Arias, Dobles y otros seis imputados deban enfrentar nuevamente el proceso de manera conjunta, pues -desde el punto de vista de la Fiscalía- aún el caso puede probarse.

El proyecto minero Crucitas se trabajaba a través de una concesión a una subsidiaria de la canadiense Infinito Gold, cuya idea era extraer oro a cielo abierto en la zona Norte.

Para ello se deforestó una buena parte de la cobertura boscosa de la zona de Crucitas y otras zonas aledañas, en las que ahora proliferara extracción ilegal de minerales.

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