País

Jueza destacó daño a productores nacionales y ausencia de una rebaja sensible en el precio del arroz a los consumidores

La jueza señaló que aunque los importadores han traído al país el arroz a precios muy inferiores del ofertado internamente, no han trasladado ese beneficio al grueso de la población, aquella cuya fuente primaria de alimentación “reside en el consumo de arroz y frijoles”.

La jueza que suspendió el decreto que redujo los aranceles a la importación de arroz, promulgado por la administración Chaves Robles, destacó en su resolución que con el paso del tiempo ha sido pública y notoria la afectación a los productores nacionales de arroz, lo cual no se ha visto compensado con una “baja sensible en el precio del mismo”, a pesar de que sí mejoraron “sustancialmente” las condiciones para los importadores con la disminución del arancel de importación para el arroz y pilado y el arroz en grano.

El pasado 2 de abril, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda acogió una medida cautelar solicitada por un grupo de productores de arroz desde noviembre de 2022 contra uno de los decretos de la Ruta del Arroz, que redujo los aranceles de importación del grano, y ordenó suspender dicho decreto.

La resolución señala que los productores nacionales expusieron la afectación que han tenido porque “el sector industrial opta por lo que le resulte más rentable, y, obviamente, importa el arroz en vez de adquirirlo en el mercado interno”.

El decreto impugnado por los productores es el Decreto 43642 MAG-MEIC-COMEX “Modificación de los Derechos Arancelarios a la Importación de Arroz en Granza y Pilado”, que redujo el arancel de importación del arroz de 35% a un 4% en el caso de arroz pilado y de un 35% a un 3,5% en el caso de arroz en granza, emitido por este Gobierno el 3 de agosto de 2022.

Según consideró el Tribunal, el decreto creó “una enorme y desventajosa diferencia para los productores nacionales”, ya que con la reducción arancelaria “se abrió la posibilidad de que los importadores no se vieran obligados a comprar la producción nacional”.

Explica que como “importar el grano les resulta más económico”, eso es lo que han hecho, con lo cual han afectado directamente la cosecha nacional y esto ha llevado a muchos pequeños y medianos productores a abandonar su siembra, “sin que el Estado haya provisto una alternativa para quienes tenían su economía dependiente de tal producto y ahora se enfrentan a la quiebra de sus micro y pequeñas empresas”.

Pero además, el Tribunal destaca que “el precio del producto no ha bajado en los niveles proyectados por el Poder Ejecutivo”, con lo cual el que se ha beneficiado del decreto es “un sector no vulnerable en la fórmula de mercado: los importadores”. Agrega que éstos, “a pesar de que han podido traer al país el producto a precios muy inferiores del ofertado internamente, no han trasladado ese beneficio al grueso de la población, justamente ese quintil cuya fuente primaria de alimentación reside en el consumo de arroz y frijoles”.

La jueza que dictó la medida cautelar explica que el tribunal de juicio que resuelverá el proceso, se referirá de manera más profunda al fondo del asunto; pero que el trámite judicial del caso podría durar más de 10 años y si no se emite la medida cautelar de suspender el decreto, esto significaría la debacle en la economía de muchas familias que dependen de la actividad arrocera.

“En este caso particular, entiende esta Administradora de Justicia que someter a las partes a la duración del proceso (10 y más años), sin una tutela cautelar, podría significar la debacle en la economía de muchas familias que dependen de esta actividad, porque debe tenerse claro que no solo los micro, pequeños y grandes empresarios podrían ver arruinados sus negocios, sino también los trabajadores que ordinariamente se deben contratar para desarrollar la actividad”, señala.

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