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¿Qué son las amnistías tributarias, cómo funcionan y por qué despiertan polémica?

Le explicamos cómo funcionan las nuevas amnistías, con las que Hacienda buscará recaudar unos ¢170.000 millones (0,5% del PIB) en los próximos tres meses.

A partir de este 4 de diciembre empezaron a regir las amnistías tributarias de la reforma fiscal, las cuales establecen beneficios —como condonaciones totales de intereses y rebajos parciales de penalizaciones— para los deudores del Estado que cancelen sus cargas pendientes durante los tres meses posteriores a la publicación de la ley.

Las amnistías son dos y se crearon para dos tipos de deudores en específico: todos aquellos que tengan obligaciones pendientes con Hacienda, el Instituto de Desarrollo Rural (Inder), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS); y las entidades financieras del Sistema Bancario Nacional (SBN).

En el caso de los deudores “comunes y corrientes”, ellos tendrían cuatro opciones específicas: realizar el pago en el primer mes y reducir sus sanciones hasta por un 80% de las mismas, hacerlo en el segundo mes y enfrentar una reducción del hasta el 70%, o efectuar el pago durante el tercer mes y aceptar una reducción de hasta el 60%.

Además, tienen un cuarto escenario menos ventajoso, mediante el que podrían acogerse a la amnistía durante cualquiera de los tres meses, pero aceptando un plazo fraccionado para cancelar que no podría superar los seis meses (con avales y garantías bancarios).

Los bancos, por su parte, únicamente podrían cancelar los montos adeudados durante los tres meses posteriores, bajo los mismos parámetros que los demás deudores del Estado.

Eso sí, en el caso de los bancos, estas entidades sólo podrán cancelar aquello que no pagaron durante los periodos fiscales de 2010 a 2017; mientras que el resto de posibles beneficiarios podrá hacer lo propio con todas sus deudas acumuladas hasta el 1 de octubre de 2017.

Posiciones encontradas

A favor:

Las amnistías tributarias fueron parte de los últimos cambios introducidos al proyecto de reforma fiscal a inicios de agosto, un movimiento que levantó la polémica desde entonces, a pesar de que fue acordada entre la mayoría de las fracciones legislativas y el propio gobierno.

Precisamente, ellos argumentaron que las amnistías serían de utilidad para girar recursos frescos al Estado en un corto plazo, pues la mayoría de las normas del plan en materia de impuestos entrarán a regir al menos hasta junio del año próximo.

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Al respecto, el viceministro de Ingresos, Nogui Acosta, había dicho en agosto pasado que sólo los bancos podrían aportar un 0,2% del PIB (unos ¢70.000 millones); mientras que la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, ha dicho que —basados en experiencias anteriores— podría esperarse una recaudación del 0,5% PIB (¢170.000 millones) en términos generales.

Este es un monto similar —para ponerlo en contexto— al que actualmente busca Hacienda para pagar los aguinaldos, según detalló esta semana la jerarca de la cartera.

Según Hacienda, eso sí, los montos no pueden asegurarse porque las amnistías son voluntarias, por lo que únicamente pueden dar esas estimaciones, partiendo de que participen entre un 10% y un 15% de los deudores. Si participaran hasta un 30%, podría recaudarse hasta un  0,7% del PIB (¢240.000 millones)

Así mismo, Hacienda destacó el valor de las amnistías para resolver conflictos legales que siguen pendientes, como ocurre con una buena parte de las entidades financieras por interpretaciones del Impuesto Sobre la Renta. Esos procesos llevan años sin resolverse y son engorrosos y costosos para el Estado.

Sobre esos casos, el viceministro Acosta había señalado que “era una buena oportunidad de construir una salida a algunos litigios que a lo largo del tiempo ha tenido a Tributación y algunos contribuyentes, en el cual nos hemos ido desgastando las dos partes y perdiendo recursos”, factor ante el que parecería mejor “un mal arreglo que una buena pelea” a la vez que “mejora el flujo de caja”.

En contra:

De cualquier manera, las amnistías sí encontraron fuertes resistencias en el ámbito político y en ciertos sectores de la población, los cuales han acusado a la nueva norma como un trato preferencial que en nada aporta a la justicia tributaria.

Así lo dijo en su momento también el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, ante la consulta del frenteamplista José María Villalta, a quien respondieron que la norma podía incluso ser “inconexa”, pues no fortalecía los controles fiscales sino que más bien brindaban un “odioso” privilegio a personas que no habían cumplido con sus obligaciones en detrimento de los contribuyentes responsables.

Además, el frenteamplista Villalta había cuestionado a Hacienda por no facilitar la lista de posibles beneficiarios de la amnistía, hecho por el cual interpuso un recurso de amparo ante la Sala Constitucional recientemente.

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Hacienda justificó su rechazo de esa información por “el carácter confidencial” de los datos tributarios de las empresas; sin embargo, Villalta alegó que se estaban coartando sus derechos de acceso a la información, enmienda como legislador y el principio de debate legislativo.

Además de Villalta, otras agrupaciones políticas se han opuesto a las amnistías, en especial el resto de los 22 diputados que votaron en contra el Proyecto de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Ellos señalan además que el país podría perder una cantidad importante de dineros por los rebajos en las sanciones y la condonación de los intereses.

Única prohibición

La gran mayoría de los contribuyentes deudores pueden acceder a las amnistías; sin embargo, no entrarán en la lista aquellos que estén en procesos de demanda.

Al cierre de esta redacción, el Banco Nacional (BNCR) y el Banco de Costa Rica (BCR) —dos de las principales entidades financieras con litigios pendientes con Hacienda— señalaron que sus departamentos legales aún analizan los datos disponibles para decidir si acceden o no a alguna de estas opciones de pago.

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