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Sala IV rechaza recurso contra Consejo Universitario por caso del rector

Afirmó que analizar la actuación del organismo excedería sus competencias.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un recurso de amparo interpuesto contra el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (CU-UCR), por su actuación en el caso del rector Henning Jensen y el nombramiento de su hija en el Centro Infantil Laboratorio (CIL).

Según indicó la resolución Nº 2018000147 (Expediente 17-020299-0007-CO), los dos recurrentes —catedráticos de la Universidad— acudieron a la instancia constitucional por entender que lo actuado por el CU estaba “completamente errado” y lesionaba “con claridad” el principio de legalidad, análisis que la Sala consideró excedería sus competencias.

En su recurso, se solicitaba anular los acuerdos del Consejo en este caso, como el que tomó en agosto pasado, en el que aseguró no apreciar una “causa grave” y descartó la realización de una Asamblea Plebiscitaria para definir una posible remoción del jerarca, a quien se cuestiona por la aprobación presupuestaria de una partida de “Servicios Especiales” de la Rectoría para el nombramiento de su hija en 2013.

Ante esta situación, la Sala resolvió que “lo que corresponde es que el interesado reclame en la vía apropiada contra los actos que estima alejados de las disposiciones legales, pues en estos casos no puede la Sala intervenir sin exceder su marco de competencia”.

“Así pues, el conflicto surge por la disconformidad de los interesados con la manera en que el órgano recurrido ha interpretado los hechos y el derecho aplicable en el caso que le interesa y -por ello- pretende que la Sala haga las veces de instancia revisora”, explicó la Sala.

“Sin embargo, como se ha sostendido reiteradamente por parte de este Tribunal, a la Sala no le corresponde sustituir a las instancias de justicia administrativa en la revisión y corrección de actos cuyo fundamento es meramente legal o infralegal”, concluyó.

Los actos del Consejo Universitario han provocado distintas reacciones desde el inicio del caso e incluso fueron analizados por la Procuraduría de la Ética Pública, ente que recomendó en septiembre de 2017 la convocatoria de una Asamblea Plebiscitaria para analizar si se instauraba o no un proceso disciplinario contra el rector.

No obstante, apenas a mediados diciembre pasado ocurrió la nueva declaratoria del Consejo, en la que reiteró que lo actuado por el rector no debaría hacer “perjudicial” su permanencia en el cargo, algo que calificaron como “el requisito estatutario para convocar la Asamblea Plebiscitaria y que esta decida si revoca o no el nombramiento”.

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Según el Consejo, “la actuación del rector Jensen se circunscribió a un rol instrumental de (…) como un eslabón de toda una cadena de instancias que intervienen en dicho proceso”, por lo que “el nombramiento de Elena Jensen siguió todos los procedimientos institucionales y fue hecho directamente por la Dirección del CIL”.

Antes de esta decisión, el CU ya había indicado en agosto de 2016 no contar con un procedimiento adecuado para analizar disciplinariamente la actuación del jerarca, decisión que causó polémica y se definió por el ‘voto de calidad’ de la entonces directora, Yamaileth Angulo.

También está pendiente una denuncia contra el rector en el Ministerio Público (expediente penal N.º 16-013340-042-PE), que fue presentada por el Sindicato de Empleados Universitarios (SINDEU).

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El Sindeu ha sido el principal contrapunto de Jensen en este caso, en el que se ha encargado de interponer las denuncias en la Procuraduría y la Fiscalía de la República.

En esta línea, el Sindeu también ha sido crítico con la gestión del CU, al que habían recordado meses atrás que podían exponerse a medidas legales si no respetaban el llamado del ente procurador.

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