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Diputados aprueban moción para dar prioridad al ICE en exportación de electricidad al mercado regional

Una mayoría de diputados de la Comisión de Agropecuarios aprobó una moción que introduce cambios importantes al proyecto de ley que permitiría a los generadores privados exportar electricidad.

Los diputados de la Comisión de Agropecuarios aprobaron una moción para que, en caso de aprobarse un proyecto de ley que permite a los generadores privados exportar los excedentes de la electricidad generada, primero tenga prioridad para exportar el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), después las cooperativas de electrificación rural y empresas de servicios públicos municipales; y por último las empresas privadas de generación de electricidad.

La moción aprobada el miércoles en la tarde modifica el texto del proyecto de ley “Reformas a la Ley Marco de Concesión para el Aprovechamiento de las Fuerzas Hidráulicas y a la Ley de Participación de las Cooperativas de Electrificación Rural y Empresas de Servicios Públicos Municipales en el Desarrollo Nacional” (Expediente 22.701).

El proyecto de ley, que fue presentado en la legislatura anterior por la diputada liberacionista María José Corrales y otros diputados,se discute en la Comisión de Agropecuarios y es distinto del proyecto de Ley para la autorización a los generadores de electricidad para la venta de excedentes de energía en el Mercado Eléctrico Regional (MER) (Expediente 22.561), que se discute en plenario.

El 22.701 permite a los generadores privados mantener su producción con plantas de hasta 20.000 kilovatios (20.000 kW); venderle su energía a las cooperativas y empresas de servicios públicos municipales; así como exportar al Mercado Eléctrico Regional (MER).

El diputado Ariel Robles, del Frente Amplio, dijo que la moción era la más importante porque “podría completar todos los alcances de las preocupaciones que hemos mantenido en este tiempo de discusión”.

“Si la gente quiera exportar que exporte, que asuma los costos que le corresponden, compartiendo esos costos con otros actores como el ICE, que exista un resguardo de la seguridad energética, que sea necesario un criterio técnico para poder definirlo; eso son los planteamientos que hemos hecho”, declaró Robles.

La moción fue votada a favor por Robles, Alexander Barrantes y María Marta Padilla (Progreso Social Democrático), Pedro Rojas y Geison Valverde (Liberación Nacional); y votó en contra Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista.

El detalle de la moción

La moción señala que la energía eléctrica autorizada para exportar será únicamente la producida a partir de la capacidad excedente de generación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN); es decir, la que quede ociosa después de atender la demanda nacional y los criterios de seguridad operativa y seguridad energética nacional. La División Operación y Control del Sistema Eléctrico (DOCSE) del ICE será la encargada de determinar la existencia de esta capacidad ociosa.

También agrega un artículo nuevo sobre “prioridad de participación en el mercado externo”, que indica que el modelo tarifario eléctrico se debe actualizar periódicamente en lo que se refiere a su componente de combustibles e importaciones netas y que el ajuste por costo variable de generación debe reembolsar al ICE el costo incurrido en estos rubros, sin margen de utilidad o rédito alguno, o devolverles a los usuarios eventuales excedentes cobrados en las tarifas.

En ese mismo artículo se establece que la exportación de electricidad en el MER queda sujeta al siguiente orden de prioridad: el ICE; después las empresas, asociaciones y/o consorcios cooperativos de electrificación rural y a las empresas de servicios públicos municipales; y por último las empresas privadas de generación de electricidad constituidas bajo el marco de la Ley 7200.

“Una vez que el ICE exporte la totalidad de sus excedentes quedan habilitadas para exportar las empresas contenidas en la ley 8345, y una vez que estas empresas exporten la totalidad de sus excedentes quedan habilitadas para exportar las empresas contenidas en la ley 7200”, se lee en el texto.

Asimismo, se añade otro artículo sobre el “título habilitante de exportación de excedentes”, que dice que los generadores privados deberán recibir un título habilitante por parte de la DOCSE del ICE para poder vender excedentes en el MER.

“Las empresas privadas de generación de electricidad autorizados a participar como agentes del MER con esta ley lo harán bajo su propio riesgo y responsabilidad, y de conformidad con el Tratado. Todos los agentes asumirán los cargos, tarifas nacionales y regionales establecidos para interactuar en las redes y los mercados y para el normal funcionamiento de los órganos regionales creados por este Tratado”, agrega la moción.

El proyecto de ley indica que el ICE podrá suscribir contratos destinados a la compra de energía eléctrica, como parte de su actividad ordinaria.

La moción agrega la disposición de que todos los contratos del ICE con los privados deberán basarse en una justificación técnica del ICE que demuestre la necesidad de compra de energía eléctrica para satisfacer la demanda eléctrica nacional; en que el precio de venta de la electricidad debe ser menor que la generada en las plantas térmicas del ICE o la disponible para importar mediante el MER; en que la fuente de energía debe ser renovable y las transacciones serán por períodos determinados, de corto plazo y en época seca.

“La única posibilidad de compra de energía cuando el sistema tenga excedentes es que el precio de venta sea menor que el valor por la que el ICE la exportaría y que el MER tenga capacidad de absorción de esta energía”, señala la moción.

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