País Asamblea Legislativa:

Aumentan penas contra la tenencia y la comercialización ilegal de armas

Los diputados aprobaron la primera de dos reformas a la Ley de Armas. Sin embargo, eliminaron un inciso que pretendía prohibir todas las armas largas de corte militar no deportivas

Los diputados aprobaron esta tarde la primera de dos reformas en materia de armas que se tramitan en la Asamblea Legislativa. Se trata del expediente 20.508, el cual reúne una serie de modificaciones a la Ley de Armas y Explosivos que buscan aumentar tanto las penas como los controles, para combatir la tenencia y la comercialización ilegal de armas.

El proyecto de ley se aprobó con el visto bueno de 38 diputados —la totalidad de los presentes—, quienes aseguraron que el texto brindará mayores controles a las autoridades para disuadir y penalizar actos que hasta hoy se regulaban de forma pobre o que ni siquiera eran punibles.

La votación llegó después de un extenso debate por el uso de armas semiautomáticas, pues un artículo de la iniciativa pretendía prohibir todas las armas largas de corte militar (sin distinciones), pero fue eliminado de última hora.

Esta eliminación ocurrió con la venia de 28 diputados de todas las fracciones (menos el PAC, el PRN y el FA), quienes modificaron la redacción para prohibir textualmente sólo “las armas largas y cortas cuyo funcionamiento permita el disparo consecutivo de más de un proyectil con una sola acción del gatillo”; es decir, las completamente automáticas.

No obstante, otro artículo de la iniciativa incluye otras prohibiciones, aunque la intención inicial —respaldada por el Ejecutivo— era eliminar los permisos para contar con armas largas “cuyo diseño de plataforma, actualizaciones y sus variantes se basaran en tecnología desarrollada y utilizada en armamento de fuerzas armadas, posterior al año 1939”.

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Esta fue la principal discusión final en relación con el proyecto; sin embargo, ganó el criterio de algunos diputados que consideraban que la descripción oficialista era muy restrictiva.

Entre ellos, destacó la versión de la congresista Zoila Volio, del Partido Integración Nacional (PIN), quien argumentó que prohibir las armas desarrolladas para fuerzas armadas a partir de hace casi 100 años sería “extender la prohibición sin ningún sustento o ninguna base técnica”.

Para la integracionista, esto además sería “prohibir la mayor cantidad posible”, algo que además quedaría a una discrecionalidad desmedida,  y podría tornarse en “un asunto meramente ideológico, no en un tema fáctico”.

De poco sirvieron los reclamos que llegaron especialmente del lado oficialista y del frenteamplista José María Villalta; quienes apelaron a resaltar que la intención era dejar un espectro amplio a Seguridad para aplicar las restricciones en materia de modelos permitidos y no permitidos.

Al respecto, la diputada Carolina Hidalgo, la oficialista que preside el Congreso, aseguró que dejar una versión más específica (como la que finalmente se incluyó) “caía en el error de dejar por fuera un montón de dispositivos”, algo que  lamentaba más que el hecho de que Seguridad tuviera una mayor facultad restrictiva.

No obstante, la posición de los oficialistas y de los otros seis diputados que votaron en contra del cambio fue minoritaria, ante lo que el diputado Enrique Sánchez aseguró que su fracción estaría presentando un nuevo proyecto aparte para fortalecer el aprobado.

Una por una: Las medidas

Entre otras medidas, el expediente 20.508 elevó las sanciones para la tenencia ilegal de armas permitidas (sin inscribir o sin permiso de portación); así como para las personas que posean, adquieran, comercialicen o almacenen armas prohibidas.

En materia de tenencia ilegal de armas permitidas no inscritas, la sanción pasaría de tres meses de trabajo comunal a una pena de tres a cinco años de cárcel; mientras que en el caso de armas inscritas pero sin permiso de portación, el castigo pasaría de seis a tres años de prisión a una pena de dos a cuatro años.

En cuanto a la tenencia de armas prohibidas (como ametralladoras) derivaría en penas de ocho a 20 años, un máxima que se impondría cuando se trate de armas o municiones prohibidas por convenios internacionales.

La nueva legislación también adhiere una multa para las personas que no denuncien la pérdida de sus dispositivos (de 10 a 60 días); a lo que se suman cargas económicas de cinco salarios base de auxiliar 1 (¢2 millones) para las casas de empeño que reciban armas de fuego, municiones y explosivos como garantía por un préstamo.

Por último, también añade una restricción general en materia de municiones, de modo cada persona únicamente pueda comprar aquellas que sean utilizadas para sus armas.

La primera de dos reformas

Este es apenas una de dos reformas que se tramitan en la Asamblea Legislativa para regular la tenencia de armas.

El otro expediente es el 20.509, el más mediático de ambos, por contener la reforma al artículo 23 de la Ley de Armas, referente a la cantidad máxima de dispositivos permitida por persona.

Ambas reformas ingresaron en la corriente legislativa desde la legislatura pasada; sin embargo, la nueva administración continuó con el impulso de ambas por su potencial para mejorar los controles actuales.

El ministro de Seguridad, Michael Soto, ha manifestado en reiteradas ocasiones su satisfacción con los cambios propuestos y la posibilidad de empezar a aplicarlos; sin embargo, también ha lamentado discusiones que habrían debilitado las iniciativas.

Del proyecto aprobado, por ejemplo, lamentó que se redujeran los controles sobre armas semiautomáticas con con capacidad inferior a los diez tiros; así como el aumento en el tope de armas permitidas por personas que quería establecerse en el expediente 20.509 (de una a tres).

No obstante, el diputado presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, Gustavo Viales, del Partido Liberación Nacional (PLN), ha destacado que igualmente los proyectos son grandes avances que se habían postergado por años, a pesar de las diferencias en temas muy puntuales.

El segundo de los proyectos se discutiría la próxima semana.

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