País

Tribunal Contencioso Administrativo rechazó solicitud de medidas cautelares para frenar modificaciones el régimen IVM

Medida fue planteada por ANEP y Asdeice ante una serie de modificaciones al régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) realizadas por autoridades de la CCSS

Este miércoles el Tribunal Contencioso Administrativo rechazó la solitud de medida cautelar que pretendía frenar los cambios al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que anunció la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) en diciembre de 2021.

La medida fue planteada por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Asociación Sindical de Empleados Industriales de las Comunicaciones y la Energía (Asdeice):

“El Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo rechazó el recurso de amparo de apelación que se formuló hoy contra la sentencia de primera instancia relacionada con la modificación al régimen IVM. Para el Tribunal de Apelaciones no existe un daño real o potencial y hay una ponderación de intereses en juego que en principio tienen que, según sus consideraciones, realizarse en favor del régimen de IVM”, dijo el abogado de Anep, Fabián Gamboa.

El litigante manifestó que se plantearon dos argumentos ante el Tribunal; en primer lugar, que hay un daño actual y potencial a las personas que han cotizado al amparo del régimen IVM y que ahora pueden ver disminuida la expectativa o situación jurídica que tengan a futuro; y, en segundo lugar, se reiteró el peligro “en la demora ocasiona la decisión que adoptó la Junta Directiva de la CCSS en diciembre del año pasado”.

Gamboa indicó que tenían previsto presentar un testigo adicional importante para “la acreditación del daño”, pero que el Tribunal no lo admitió finalmente.

“Es un fallo que respetamos, pero no compartimos y nos genera mucha preocupación porque nos parece que de alguna manera se le traslada al particular la mala administración que sobre los seguros sociales ha tenido la CCSS y la mala administración que ha tenido también sobre el régimen de IVM”, dijo el representante legal.

El experto indicó que, a pesar del fallo en contra, esta no es la única vía que existe para poder enfrentar la situación, y que es una opción de mayores amplitudes, si bien no es tan rápida:

“El camino que queda abierto para las agrupaciones sociales es la formulación de un proceso ordinario contencioso administrativo en el cual se pueda conocer si la conducta administrativa adoptada por la Caja es o no sustancialmente conforme con el ordenamiento jurídico administrativo”, aseveró.

Según el abogado, el propio Tribunal señaló que la medida cautelar “no era temeraria” ni “carente de seriedad” y que observó que esta acción era “de buen derecho”, de modo que, para Gamboa el planteamiento presentado podría ser objeto de un proceso ordinario y ahora se encuentra a la espera de las decisiones que tomen ANEP y Asdeice:

“El fallo del Tribunal de Apelaciones nos genera mucha expectativa y nos pone desde ya a pensar en cuál es el escenario entonces ideal, sino lo va a ser el Poder Judicial, para tratar de darle mayor protección a corto y mediano plazo a uno de los regímenes de pensiones más importantes de Costa Rica. Se dio la lucha, se dio la batalla”, dijo el especialista.

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