País Medio ambiente

Se mantiene en firme resolución de Setena que ordenó detener construcción de urbanización en Loma de Salitral

El proyecto urbanístico de la empresa La Laguna S.A. viola el Decreto Ejecutivo 25.902-MIVAH-MP-MINAE del año 1997, que prohíbe las construcciones residenciales en la zona, afirman los defensores de la Loma de Salitral.

Las obras de construcción del proyecto residencial la Arboleda, de más de 500 casas, en la Zona Protegida de la Loma Salitral se mantienen detenidas por una resolución emitida el 24 de marzo de este año por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), a pesar de una reciente resolución de Tribunal Contencioso Administrativo.

El 15 de abril, el Tribunal Contencioso Administrativo de San José declaró sin lugar un recurso de apelación presentado en octubre de 2018 por vecinos de Desamparados en contra de un acuerdo del Concejo Municipal de ese cantón, que en el 2018 otorgó el permiso de construcción al proyecto.

Según la empresa urbanizadora La Laguna S.A., con esta resolución se da por agotada la vía administrativa de este proceso y se eliminan las medidas cautelares que mantenían suspendido el inicio de las obras constructivas. “Se confirma una vez más que siempre hemos actuado a derecho; así lo habían confirmado, tanto la Sala Constitucional como varias instancias administrativas” indicó Rebeca Villalobos, vocera corporativa del proyecto en un comunicado.

Sin embargo, el abogado ambiental y defensor de la Loma Salitral Edgardo Araya Sibaja explicó que esta resolución no le quita validez al argumento principal de que el proyecto no puede avanzar porque se está construyendo en una zona donde están prohibidas las construcciones y una resolución de la Setena que el 24 de marzo suspendió la viabilidad ambiental al proyecto.

La resolución de Setena ordena: “Mantener la suspensión del inicio de obras para el proyecto de marras, hasta tanto se cuente con la prueba para mejor resolver y esta Secretaría resuelva el recurso que por este acto se suspende”.

Según Araya, “en el caso del Tribunal Contencioso Administrativo que resuelve la apelación, se limita a resolver si son válidos los documentos presentados, en aplicación al transitorio cuarto del Plan Regulador del cantón”.

El proyecto viola el Decreto Ejecutivo 25.902-MIVAH-MP-MINAE del año 1997, que prohíbe las construcciones residenciales en la zona.

Y la resolución número 482-2021-SETENA del 24 de marzo del 2021 suspendió la viabilidad ambiental del Proyecto La Arboleda (expediente n° D1-205-2007-SETENA), y le indicó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), que aclare la ubicación del mismo.

Araya recordó que esa resolución de la Setena le dio un plazo de un mes al Sinac para que realice el levantamiento topográfico de la zona y los estudios necesarios y emita un informe final que brinde certeza técnica de la ubicación del proyecto en relación a la Loma Salitral y ver si procede dejar sin efecto la Viabilidad Licencia Ambiental otorgada.

Lo resuelto por el Contencioso Administrativo

Según los desarrolladores del proyecto, los vecinos que interpusieron el recurso de apelación alegaban que el acuerdo municipal violentaba la zonificación establecida por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del cantón de Desamparados, con efectos negativos para el ambiente, “lo cual también fue descartado por este tribunal”.

De acuerdo con Edgardo Araya, este Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio era para frenar el permiso de construcción otorgado por seis regidurías. “Dicho recurso lo rechazaron las mismas seis regidurías y se envió al Tribunal Contencioso Administrativo para su resolución, que se limitó a emitir criterio sobre la aplicación del transitorio cuarto del Plan Regulador y falló recientemente a favor de la municipalidad, terminando la vía administrativa únicamente de ese hecho”.

Mientras, Eduardo Gardela, ex regidor y presidente de la Asociación Salvemos la Lomas, comentó sobre la resolución: “Es extraño y hasta sospechoso que los tribunales se refirieran únicamente al transitorio cuarto del Plan Regulador. Pero eso no nos detiene, la normativa legal que protege a la Loma Salitral es tan clara, que aunque en varias instituciones busquen la forma de inventar interpretaciones para defender lo indefendible, continúa la protección y con la resolución de Setena que suspende la viabilidad ambiental, la constructora no puede tocar la Zona Protegida”.

“Mantenemos la lucha desde hace diez años y no nos detendremos, seguiremos hasta las últimas consecuencias, ya que nos basamos en normativa ambiental clara y concisa que no se puede ignorar. Existen muchos elementos legales y técnicos para continuar más procesos en los tribunales si es necesario”, añadió Gardela en un comunicado de prensa.

De acuerdo con un informe elaborado por el Movimiento Salvemos la Loma de Salitral sobre biodiversidad de la zona, el área alberga nacientes de agua y variedad de flora y fauna. En el área se han registrado 187 especies de plantas, cuatro especies de mamíferos en peligro de extinción (entre ellos, dos felinos: el puma yaguarundí y el tigrillo), dos especies de aves amenazadas y dos en peligro de extinción, incluyendo el ave más amenazada del país, el cuatro ojos de cabeza roja (melozone cabanisi).

 

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