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Reglas impuestas por Gobierno a solicitantes de refugio violaron la Constitución Política

Partes del decreto firmado por Rodrigo Chaves en noviembre transgredían la libertad de tránsito de los migrantes y el principio de no discriminación por nacionalidad, indican los magistrados al acoger una acción de inconstitucionalidad.

La Sala Constitucional declaró que reglas sobre refugios emitidas en 2022 por el Gobierno violan la Constitución Política por limitar la libertad de tránsito y por discriminar por nacionalidad a las personas extranjeras solicitantes de protección en Costa Rica.

Los magistrados de la Sala declararon con lugar una acción de inconstitucionalidad presentada contra normas contenidas en el decreto Decreto 43809, firmado en noviembre por el presidente Rodrigo Chaves.

Entre las nuevas normas, el decreto impedía a solicitantes de refugio salir del país mientras estuviera en trámite su petición. Esta norma estaba aún vigente, a pesar de que los magistrados habían acogido este año un recurso de amparo presentado por un periodista nicaragüense a quien le habían aplicado esa prohibición.

Esta misma acción de inconstitucionalidad también consideró violatoria la regla de obligar a migrantes de Cuba, Venezuela y Nicaragua a desistir de las gestiones de refugio si querían obtener un estatus especial temporal. Esta regla transgredía el principio de no discriminación por nacionalidad, aunque ya la había cambiado el Gobierno en junio de 2023 con un nuevo decreto.

El decreto de noviembre fue una de las respuestas del gobierno de Chaves para enfrentar las abundantes solicitudes de refugio en 2022, año récord, sobre todo por personas nicaragüenses, pero también por el alto volumen de migrantes de Venezuela y Cuba que transitan por el país.

“Las disposiciones impugnadas son inconstitucionales por ser contrarias al numeral 31 de la Constitución Política y a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, incorporados en nuestro ordenamiento jurídico por la aprobación de la Asamblea Legislativa”, dice el comunicado de prensa oficial.

Esto, a pesar de que los magistrados también consideraron que es una atribución del Poder Ejecutivo trazar la política migratoria del Estado costarricense y definir las acciones para enfrentar la situación que vive el país en la actualidad por el incremento de solicitudes de refugio de personas provenientes de Cuba, Nicaragua y Venezuela, por la profundización de las situaciones políticas, sociales, económicas y de orden público que atraviesan esas naciones.

La sentencia, advierte la Sala, tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las disposiciones anuladas.

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