País

Proyecto que limita la releección indefinida de alcaldes pasa a consulta con Sala IV por oposición del TSE 

34 diputados de todas las bancadas firman consulta para Sala Constitucional que pide claridad sobre derecho a la participación política 

34 diputados de todas las fracciones políticas del congreso firman una consulta a Sala Constitucional sobre el proyecto que limitaría la releección indefinida de los alcaldes (expediente 21.810). La consulta se presenta por la oposición del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) contra el proyecto.

La consulta fue presentada la mañana de este jueves ante el tribunal constitucional y contiene argumentos esbozados por el TSE en contra del proyecto de ley.

La Sala IV confirmó a UNIVERSIDAD la recepción de la consulta de la Asamblea Legislativa. Los diputados aprobaron la iniciativa, este pasado martes, en su primer debate.

El primer argumento que consultan los legisladores es sobre el fondo, puesto que un oficio del TSE dice que el proyecto de los alcaldes “genera un vaciamento del derecho humano a ser electo, al impedir que los funcionarios con dos periodos consecutivos en un mismo cargo, puedan aspirar a otros puestos de elección popular”.

Los diputados sostienen que el proyecto únicamente incide sobre el Código Municipal y no otros cargos de elección popular.

El plan permite la reelección de alcaldes únicamente por un periodo más; es decir, podrían llegar a ocupar ocho años consecutivos en el cargo. Luego de finalizar su periodo, deberán esperar ocho años para volverse a postular en un puesto de elección popular a nivel municipal (lo cual incluye vicealcaldías y regidurías del Concejo municipal).

“Nuestra intención como legisladores es justamente limitar lo que hemos denominado ‘puerta giratoria’”, dice la carta firmada por las diputaciones.

Los diputados critican la postura del TSE porque “el ‘vaciamento del derecho humano a ser electo’ es una frase que podría generar un derecho dramático, alejado de la realidad y de la voluntad de quienes apoyamos este proyecto de ley”.

Asimismo, los diputados consultan a la Sala si el proyecto puede aprobarse en los meses alrededor de los comicios presidenciales.

De acuerdo con esa última pregunta, el TSE objetó que existe el artículo 97 de la Constitución Política.

Este artículo dice que, “Dentro de los seis meses anteriores y los cuatro posteriores a la celebración de una elección popular, la Asamblea Legislativa no podrá, sin embargo, convertir en leyes los proyectos sobre dichas materias respecto de los cuales el Tribunal Supremo de Elecciones se hubiese manifestado en desacuerdo”.

No obstante, los legisladores preguntan a los magistrados de Sala IV si esa prohibición es “aplicable para modificaciones relacionadas con el régimen municipal cuando el periodo electoral activo es el relativo al ámbito nacional”.

Puede leer la consulta completa en el documento a continuación:

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