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Procuraduría advierte que proyecto que reforma régimen de pensiones del Magisterio y Poder Judicial podría ser inconstitucional

El proyecto de ley fue presentado el pasado 1 de mayo por la diputada y jefa de fracción del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Pilar Cisneros y se discute en la Comisión de Gobierno y Administración.

La Procuraduría General de la República (PGR) advirtió que el proyecto de ley que reduce la contribución patronal en los regímenes del Magisterio Nacional y del Poder Judicial “presenta inconvenientes a nivel jurídico y algunos eventuales roces de constitucionalidad”.

El criterio de la Procuraduría fue enviado el pasado 20 de junio a la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, que analiza el proyecto de Ley “Mismo patrón, igual contribución, equidad contributiva patronal en regímenes básicos de pensiones” (Expediente N° 23.733).

El proyecto de ley reforma la “Ley del sistema de pensiones y jubilaciones del Magisterio Nacional” para que la contribución patronal se reduzca gradualmente a lo largo de 10 años de 6,75% a 5,75%; y reforma la “Ley Orgánica del Poder Judicial” para que la misma contribución patronal se reduzca gradualmente a lo largo de 35 años de 14,36% a 5,75%.

La iniciativa fue presentada el pasado 1 de mayo por la diputada y jefa de fracción del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Pilar Cisneros, y busca que se uniforme la contribución patronal de estos regímenes con la que se realiza para el Régimen del Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

En primer lugar, a la Procuraduría le preocupa que la iniciativa permita a las juntas administradoras de los regímenes del Magisterio Nacional y del Poder Judicial modificar, mediante un reglamento, requisitos de elegibilidad, perfil de beneficios, y aportes y cotizaciones de cada régimen, ya que eso podría ser inconstitucional pues todo el régimen jurídico del derecho a la pensión se regula por ley.

Según la Procuraduría, esto deja “un margen de discrecionalidad muy abierto, casi irrestricto, con el que prácticamente podría llegar a vaciarse a futuro el contenido esencial del derecho fundamental a la pensión o jubilación”.

En segundo lugar, la Procuraduría apuntó que las reformas a estos regímenes no pueden desconocer “el derecho subjetivo” sobre la pensión de los beneficiarios originarios o de sus sobrevivientes.

“Las nuevas medidas que adopte el legislador no pueden ser arbitrarias y mucho menos lesivas de los derechos adquiridos, respecto de aquellas personas que lograron cumplir las condiciones de hecho previstas por la ley vigente, y que actualmente estén disfrutando de las prestaciones económicas que otorgaron dichas normas”, recordó el órgano.

En tercer lugar, la Procuraduría señaló que el proyecto de ley no menciona los estudios financieros o actuariales que analicen el impacto financiero que podría tener la propuesta y que la propia Sala Constitucional ha insistido en que las decisiones que se adopten en materia de seguros sociales deben basarse en estudios técnicos objetivos que respalden su razonabilidad.

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