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Hacienda podría posponer multas por IVA, con excepción de grandes contribuyentes

Según la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, su cartera “no objetaría” que los diputados apliquen una moratoria, siempre y cuando el contribuyente sí presente sus declaraciones a tiempo (aunque tengan errores).

La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, afirmó este viernes que su cartera “no objetaría” posponer el cobro de multas y otras sanciones por errores en la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), gravamen que empezará a regir a partir del 1 de julio, en sustitución del Impuesto de Ventas.

Eso sí, Aguilar subrayó que solo sostendría esa posición siempre y cuando no aplique para grandes contribuyentes, para contribuyentes que ya pagan el impuesto (como Impuesto de Ventas) o para personas (físicas o jurídicas) que no presenten sus declaraciones del todo.

“Si no incorporamos esos elementos”, dijo la ministra, “lo que estaríamos impulsando más bien sería el paso a un incumplimiento tributario”.

Así lo afirmó esta mañana la jerarca de Hacienda, luego de se le consultara sobre un proyecto de ley propuesto esta semana por el diputado Pablo Heriberto Abarca, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC). Esa iniciativa pretende pausar por seis meses el cobro de las multas y las penalizaciones relativas a la recién aprobada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), en tanto la población se acostumbra a realizar los nuevos procedimientos.

Esta intención cumple con casi todos los requisitos recién puestos por Hacienda, con excepción de que no exime a los pequeños y medianos contribuyentes que ya pagaban el Impuesto de Ventas del trato diferenciado.

Según Abarca, el tiempo para entender la nueva aplicación del impuesto “no ha sido suficiente, al punto que aún hoy se tiene gente confundida, lo que implica una gran responsabilidad de los diputados que votaron el plan fiscal”.

“No quisiera yo atrasar la implementación del IVA, porque entre más rápido se implemente, más rápido vamos a ver las pulgas, pero lo que no sería justo es que la gente que está haciendo un esfuerzo para declarar bien y pagar bien reciba una multa en este proceso de aprendizaje”, comentó.

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Para la ministra, este proyecto de ley tendría que tramitarse rápidamente; sin embargo, sería la única vía para aplicar esa medida.

Antes, la Unión de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privadas (Uccaep) había sugerido que Hacienda aplicara la moratoria por su cuenta, pues opinaban que el criterio de Hacienda bastaba para dejar de aplicar las multas (por ser una facultad y no una obligación del Estado).

De hecho, el vicepresidente de Uccaep, Álvarado Sáenz, había subrayado que esa era una medida casi indispensable, pues la administración podía “convertir a decenas de miles de personas en delincuentes tributarios de la noche a la mañana”, tomando en cuanta la incertidumbre que prima en el ambiente.

En total, el director de Tributación, Carlos Vargas, recordó que existen tres tipos de multas principales en materia de impuestos: una de medio salario base (¢230.000) por la no presentación oportuna de las declaraciones; otra de entre un 50% y un 150% de los impuestos adeudados; y otra de un salario base (¢460.000) por no disponer de medios electrónicos para realizar cobros de bienes y de servicios.

Aguilar no fue entusiasta con la idea de impulsar la moratoria; sin embargo, no la descartó como una forma de corregir sin alentar castigo.

“Esto no es una decisión del Ministerio de Hacienda, pero sería un proyecto de ley muy rápido que algunos diputados quieren plantear. Eso sí, este proyecto no es que no pospondría la entrada del IVA, sólo plantearía una especie de moratoria en las multas”, concluyó.

Esta mañana, la ministra de Hacienda sostuvo una extensa conferencia de prensa junto con el resto de las principales autoridades de su cartera. En ella, la entidad aprovechó para enviar un mensaje concreto de que se encuentra preparada para aplicar las reformas, incluido el ingreso del IVA y los cambios en materia de Renta.

Según los encargados, la mayor cantidad de reglamentos relacionados con la recién aprobado plan fiscal están en su etapa de publicación y estarán listos antes del 1 de julio; al igual que algunas otras resoluciones, también de carácter reglamentario.

Hacienda organizó una conferencia con sus principales jerarcas la mañana de este viernes, de cara a la entrada en vigencia del IVA. (Foto: Josué Alfaro)

Eso sí, las autoridades subrayaron que la gran mayoría de estas normativas se gestionaron con primeros borradores que datan desde antes de Semana Santa, a mediados de abril, por lo que descartaron que se trate de un proceso apresurado.

Por el contrario, la ministra Aguilar refirió la complejidad del proceso a que esta se trata, según sus palabras, de “la transformación tributaria más importante del país desde que se cobran impuestos”.

Consultado por UNIVERSIDAD, este jueves, el presidente de la República, Carlos Alvarado, manifestó en su atención a la prensa que no daría una posición oficial sobre el tema hasta conocer la postura de Hacienda.

“Entiendo que esa reforma tendría que tener un trámite expedito pero me gustaría conocer más para tener un criterio informado sobre ese punto”, manifestó.

De cualquier manera, Alvarado puntualizó que la pronta implementación del impuesto es fundamental, pues nuestro sistema tributario actual es “arcaico” y “las economías modernas usan el IVA”.  “A eso es lo que nosotros vamos, pero tenemos que trasladar la confianza”, concluyó.

Según comentó Priscila Piedra, directora General de Hacienda; la institución espera lograr un impacto del 0,23% del Producto Interno Bruto (PIB) con el IVA en lo que resta del año.

En total, la entidad considera que el rendimiento total (anual) del impuesto es del 0,68% del PIB; sin embargo, su implementación será gradual en algunos bienes y servicios (como el 1% sobre la canasta básica) y este año apenas regirá a partir del segundo semestre.

¿Qué es el IVA y qué cambios incluye?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un gravamen del 13% que llegará a suplir el actual Impuesto General Sobre Ventas (IGV), que tenía la misma tarifa. Se trata de un impuesto en cadena; es decir, que cobra el 13% sobre cada venta de bienes y servicios que se realiza en el mercado.

Para ello, cada contribuyente debe realizar una declaración mensual ante Hacienda, en la que indique cuánto dinero recibió por el impuesto y cuánto pagó, de modo que determine cuánto del dinero recolectado debe trasladar al Estado.

Por ejemplo, si una persona vende zapatos debe cobrar un 13% sobre el costo final de cada uno de ellos, pero puede deducir también el 13% de impuestos que pagó por operaciones menores, como el transporte del calzado, el envoltorio en el que lo vendió o la compra original del mismo a sus proveedores.

Estos cálculos deben realizarse en los primeros 15 días posteriores a cada mes, mismo período en el que debe pagarse el impuesto (el resultado de la resta entre impuestos cobrados e impuestos pagados).

No realizar esta declaración, que estará disponible en el portal de Hacienda a partir de julio, acarrearía sanciones de medio salario base (unos ¢230.000).

No obstante, el trámite se hace aún más complejo cuando el vendedor ofrece productos o servicios a tarifas diferenciadas (menores al 13%), pues entonces sólo puede deducir ese mismo porcentaje que cobre de lo que ya pagó a otros proveedores.

Para resolver este tipo de situaciones, Hacienda recomienda buscar asesoría, aunque el director de Tributación, Carlos Vargas, aseguró que Hacienda trabaja en una herramienta para facilitar el cálculo a sus usuarios.

En términos generales, el IVA impone una tarifa del 13%, como lo hacía el Impuesto Sobre las Ventas; sin embargo, grava también el sector de los servicios (hasta ahora casi totalmente exento) y ofrece tarifas diferenciadas para casos específicos los servicios médicos privados (4%, con devolución para tarjetas de crédito y débito); medicamentos, primas de seguros, compras estatales y otros (2%); y la canasta básica (1%, a partir de junio de 2020).

Eso sí, existen también productos y servicios totalmente exonerados como los arrendamientos de inmuebles destinados a viviendas, pymes, garajes y anexos que no superen los 1,5 salarios base (¢670.000); así como los servicios formales de educación privadas, el suministro de energía eléctrica que no supere los 280 kw/h y el suministro de agua residencial que no sobrepase los 30 metros cúbicos, entre otros casos concretos.

El reglamento completo sobre la aplicación del IVA puede encontrarlo en la siguiente dirección. Además, Hacienda habilitó la página www.masterpago.com, donde ofrece información sobre las charlas regionales que realiza la institución sobre esta materia a nivel nacional.

Según el viceministro de Ingresos, Nogui Acosta, el proceso de charlas crecerá en los próximos días; y se complementará con transmisiones en línea a través de las redes sociales de la institución.

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