País Ley Marco de Empleo Público

Criterio técnico de la Caja considera que 596 puestos deben ser “exclusivos y excluyentes” de rectoría de Mideplan en Ley de Empleo Público

Más de 63 municipalidades, la Universidad de Costa Rica, la Universidad Nacional, el Poder Judicial y Tribunal Supremo de Elecciones, entre varias otras instituciones, han declarado todos sus puestos “exclusivos y excluyentes” de la rectoría de Mideplan.

Un criterio técnico emitido por la Dirección de Administración de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) declara la importancia y la necesidad de que los 596 puestos de la institución se contemplen como “exclusivos y excluyentes” de la rectoría y gobernanza del Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan) bajo la Ley Marco de Empleo Público.

El documento “Criterio técnico para la declaratoria de Puestos Exclusivos y Excluyentes de la Caja Costarricense de Seguro Social, en cumplimiento del Transitorio I del Reglamento a la Ley Marco Empleo Público” fue enviado el pasado 9 de mayo a la Gerente Administrativa Vilma Campos Gómez.

En el texto se explica que en el transitorio I del Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público y en el artículo 3 de la Ley, que entró en vigencia el pasado 10 de marzo, se indica que el superior jerárquico de las instituciones autónomas deberá definir la categorización de puestos con funciones o labores que sean exclusivas y excluyentes.

“Se determina con base en las consideraciones expuestas en este informe, que los 596 puestos que conforman la estructura ocupacional de la Caja Costarricense de Seguro Social o cualquiera que llegue a adicionarse, son puestos exclusivos y excluyentes que deben conformar una única familia de puestos, a efecto de garantizar a través de su fuerza laboral, la prestación de servicios en materia de salud, pensiones y prestaciones sociales, así como la protección económica y social a la población costarricense, en cumplimiento al mandato constitucional conferido”, afirma el documento.

El criterio (GA-DAGP-0783-2023) fue firmado por Walter Campos Paniagua, director de la Dirección de Administración y Gestión de Personal de la CCSS.

Autonomía garantizada por la Constitución Política

La Ley establece que, en el caso de la CCSS, Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), municipalidades y universidades públicas, aquellas personas servidoras públicas, que desempeñan funciones administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el cumplimiento de las competencias constitucionales asignadas a cada institución, no están sujetas a la gobernanza y rectoría de Mideplan, según lo determine cada institución.

Más de 63 municipalidades, la Universidad de Costa Rica, la Universidad Nacional, el Poder Judicial y Tribunal Supremo de Elecciones, entre varias otras instituciones, han declarado todos sus puestos “exclusivos y excluyentes” de la rectoría de Mideplan.

El criterio técnico citado argumenta que la Caja Costarricense de Seguro Social, por disposición del artículo 73 de la Constitución Política “goza de autonomía administrativa y de gobierno, la cual implica que tiene capacidad para definir sus propias metas y autodirigirse, considerándose entonces incompatible la dirección o imposición de límites por parte de otro órgano”.

“La Caja Costarricense de Seguro Social debe mantener su propia estructura de puestos, de manera exclusiva y excluyente -tal como lo ha realizado hasta la actualidad-, a efecto de garantizar los servicios de salud y pensiones, así como la protección económica y social a la población costarricense, a través de su fuerza laboral desde sus diversos ámbitos de trabajo en cumplimiento al mandato constitucional conferido”, señala el criterio.

Pero además, destaca que a esta fuerza laboral se le debe remunerar “de acuerdo con la naturaleza y complejidad de la actividad que desarrollan en los diferentes puestos de trabajo, en armonía con el equilibrio financiero interno y los principios que rigen dentro de la administración de los recursos humanos”.

El documento precisa que actualmente la estructura ocupacional de la Caja está integrada por 596 puestos, distribuidos en 4 grupos ocupacionales que componen 52 series ocupacionales, “los cuales han sido creados para ejecutar un conjunto de acciones que le permite a la Institución cumplir con la prestación de servicios de salud y pensiones, y por lo tanto, todos estos deben integrar la familia exclusiva y excluyente de la Caja”.

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