País Medio ambiente

Contraloría alerta que proyecto de ley afectaría gravemente patrimonio natural del Estado

En su criterio enviado a la Asamblea Legislativa, Contraloría señala que proyecto no cuenta con los estudios técnicos suficientes y previos que lo justifiquen.

La Contraloría General de la República (CGR) alertó sobre diversos peligros en proyecto de ley que pretende usar terrenos en patrimonio natural del Estado y áreas protegidas, señalando que permitiría vender o ceder los derechos sobre terrenos que actualmente son de dominio público medioambiental a favor de personas físicas o incluso jurídicas que no necesariamente son “pobladores”; que reduciría los umbrales de protección de estas áreas; y que ya existe la legislación que permite titular terrenos en dichas áreas.

La CGR emitió este criterio sobre el proyecto de “Ley para la gestión y regularización del patrimonio natural del Estado y del derecho de utilidad ambiental”, conocido como Ley DUA (Expediente 22.391) el pasado 18 de marzo.

La iniciativa se tramita ante la Comisión Especial de Investigación de Zonas Costeras y Fronterizas.

Según quienes proponen el proyecto, se busca reconocer a sujetos privados “pobladores”, que por distintas circunstancias se vieron atrapados en terrenos que son parte del Patrimonio Natural del Estado (PNE) en las Áreas Silvestres Protegidas (ASP).

La iniciativa permitiría que estas personas pudieran tramitar de forma administrativa un derecho real, que sería una “herramienta jurídica registral”, válido por un periodo de 40 años prorrogable, que les reconocería derechos adquiridos en relación a los terrenos donde viven.

El proyecto abarcaría áreas silvestres protegidas, como reservas forestales, zonas protectoras, refugios nacionales de vida silvestre, humedales y monumentos naturales. Solo excluye Parques Nacionales, Reservas Biológicas y la zona marítimo terrestre (ZMT).

Ya existe legislación para titular este tipo de terrenos

En su criterio, la CGR indicó que ya existe la posibilidad de titular terrenos dentro de ASP por medio de la Ley de Informaciones Posesorias vigente (Ley 139).

La persona sólo tiene que demostrar que es el titular de los derechos legales sobre la posesión; es decir, que ha vivido ahí al menos 10 años antes de que se promulgara la ley o el decreto que creó esa área silvestre. Los planos catastrados deberán ser certificados por el Ministerio del Ambiente y Energía (Minae).

Proyecto afectaría patrimonio natural del Estado

Otro unto que argumentó la CGR, es que el proyecto podría implicar una desafectación material del patrimonio natural del estado e incluso reducir los territorios que comprenden estas áreas porque se permitirian usos que no son “propios de la conservación”.

Entre los usos que se permitirían están agro ecoturismo, silvicultura, reforestación, manejo forestal sostenible y comunitario, agricultura familiar, agricultura ancestral, servicios eco sistémicos, restauración, comercio, residencia, ganadería sostenible y se deja abierto a otros usos o actividades aprobados por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), de acuerdo con los Planes de Manejo o los instrumentos de Gestión de Recursos Naturales.

Además, estos bienes o terrenos podrán ser objeto de crédito con garantía y se permitiría su “transformación, enajenación, traspaso, compromiso y cesión” con soloun permiso administrativo que deberá darse en un plazo máximo de un mes.

“El proyecto omite una adecuada regulación en cuanto a los requisitos que serían necesarios para otorgar la autorización de enajenación y/o cesión, lo cual queda sujeto a lo que pueda indicar la reglamentación a la ley que desarrolle el Poder Ejecutivo”, criticó la Contraloría.

“La venta o cesión de estos derechos reales administrativos sobre terrenos que son de dominio público medioambiental se podría presentar en favor de personas físicas o incluso jurídicas que no necesariamente tendrían la condición reconocida de pobladores”, añadió el ente.

Necesidad de estudios técnicos

La Contraloría explica que si bien en el texto del proyecto se dice que el Estado mantiene el derecho de propiedad y la administración sobre los terrenos bajo este tipo de derechos DUA y que estos no dejarán de ser de dominio público, en la realidad, “todas las áreas silvestres protegidas, con excepción de los parques nacionales, las reservas biológicas y la zona marítimo terrestre, podrán ser entregados formalmente, por medio de un acto administrativo de carácter discrecional en uso y administración a sujetos privados”.

Asimismo, las autoridades también podrían dar concesiones y permisos de uso; y autorizar la construcción de infraestructura por parte de instituciones públicas para el cumplimiento de sus fines o para prestar servicios públicos.

También podrían permitir que “otros entes colectivos con o sin fines de lucro” usen estos terrenos “con propósitos de investigación, conservación, desarrollo comunal u otros fines de interés público o comunitario”. La Contraloría apuntó que esto es demasiado “general” y “abierto” y queda sujeto a “criterios discrecionales” de los entes y órganos que darían los permisos.

La CGR agrega que no se tienen datos claros y actualizados de estos sujetos privados; es decir, no se sabe quienes son ni si cumplen los requisitos. No se ha definido una base de las personas beneficiarias de los DUA ni de las zonas de patrimonio natural del Estado que podrían ser afectadas; no existen estudios o diagnósticos técnicos y formales que identifiquen y verifiquen la magnitud del problema al cual se pretende dar solución.

“La promulgación de una ley que pudiera afectar el patrimonio natural del Estado en sus distintas manifestaciones debería acompañarse de los estudios técnicos que de manera suficiente y razonable garanticen la no afectación del ambiente”, destacó la CGR.

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