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Comisión de Hacendarios archiva impuesto para prestamistas que inundan cobro judicial, por tercera vez

Desde el 2019, se han presentado tres iniciativas diferentes con aval de la Corte Suprema de Justicia que urge dinero para pagar los más de ₡12.130 millones públicos invertidos en cobros judiciales

La Comisión de Hacendarios archivó, por tercera vez, la posibilidad de financiar los procedimientos de cobro judicial con el mismo dinero de los prestamistas que saturan la vía penal con estos cobros.

Así lo informó la presidenta de Hacendarios, la liberacionista Ana Lucía Delgado, este miércoles, al cierre de la sesión. De los 11 diputados que conforman la Comisión, solamente las oficialistas Nielsen Pérez y Laura Guido votaron en contra de desechar la iniciativa.

Votos del PAC fueron los únicos que recomendaron no archivar el proyecto de justicia cobratoria.

Desde el 2019, Hacendarios ha tramitado tres proyectos diferentes sobre el mismo tema. El primero, 21.275, fue propuesto por el socialcristiano Rodolfo Peña (quien falleció en el 2021); los dos últimos son iniciativa del Poder Ejecutivo (22.595 y 22.802).

Delgado afirmó, antes de la votación, que un tercer informe de subcomisión recomendó el dictamen negativo a la propuesta. La redacción de dicho informe recayó sobre el liberacionista Gustavo Viales. No obstante, los diputados dispensaron de lectura el informe y tampoco discutieron su apoyo o rechazo al proyecto de ley, según consta en la transmisión de YouTube de la Comisión de Hacendarios.

La última versión archivada fue presentada en noviembre del año pasado, con aval de la ministra de Justicia, Fiorella Salazar. Durante los tres años de proceso, las iniciativas recibieron continuamente el apoyo de la Corte Suprema de Justicia, según publicó UNIVERSIDAD en diversas ocasiones.

El proyecto que se archivó hoy miércoles establece un impuesto que deben pagar los acreedores de crédito cuando presenten “la demanda o gestiones iniciales” de monitorios dinerarios; ejecuciones hipotecarias; ejecuciones prendarias; ejecuciones de garantías mobiliarias; reposesión de garantías mobiliarias; embargos preventivos que sean competencia de los Juzgados de Cobro Judicial y procesos sumarios de cobro judicial.

El proyecto también establecía una prohibición de que ese cobro se le trasladara a la persona deudora.

Los prestamistas y empresas acreedoras tendrían la obligación de pagar un porcentaje calculado sobre la “estimación de la demanda” de los cobros judiciales interpuestos.

“El porcentaje será como mínimo del uno coma cinco por ciento (1,5%) y como máximo del dos coma cinco por ciento (2,5%), podrá ser fijo para todos los casos o escalonado por rangos según el valor de la estimación de la demanda o del proceso cobratorio”, establece el proyecto de ley archivado.

En el 2019, UNIVERSIDAD publicó que los procesos de cobro judicial tenían un costo de ₡12.130 millones para el año 2018, aunque los procesos recuperaron el doble para las empresas y acreedores.

Esta publicación también establece que la empresa con más cobros judiciales activos era Instacredit, seguida de GMG Servicios Costa Rica (subsidiaria de Grupo Monge) y el Banco Popular. Le seguían la CCSS, Gestionadora de Créditos SJ y Bac San José, además de su asociada Credomatic. Del volumen total de procesos activos, un 87% correspondía a créditos sin garantía.

Datos del proyecto de ley que se archivó demuestran un comportamiento acumulativo y multiplicativo, como se puede ver a continuación. El último dato, al 2017, muestra que el año inició con más de 453 mil expedientes y terminó con casi 537 mil.

 

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