Las personas magistradas calificaron como «un proyecto con injerencia positiva en el Poder Judicial» la propuesta del diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Rodolfo Peña, de crear un nuevo impuesto para el mejoramiento de la justicia cobratoria.
Según el proyecto de ley, este tributo sería cancelado «por quien figure como parte actora, en un único pago, con la presentación de la demanda o gestiones iniciales de los siguientes procesos judiciales».
El monto a pagar será fijado anualmente por Corte Plena, dentro de unos márgenes cuyo piso será de 1.5% y un techo del 2.5% sobre la estimación de la demanda, a partir de un estudio técnico y financiero de la institución.
El magistrado de la Sala Primera, Román Solís, encargado de analizar la propuesta, aseguró que esta tendría un impacto positivo en la administración de justicia cobratoria.
«Se contaría con recursos generados por un tasa cubierta por los usuarios judiciales de cobro, que habrán de ser destinado al continuo mejoramiento de ese servicio. Si no se contabilizan los fondos a trasladar por concepto de la tasa dentro del presupuesto ordinario, esos recursos provocarán mayor disponibilidad de presupuesto para atender otras necesidades. El establecimiento de márgenes permitiría adaptarla a vicisitudes y requerimientos del servicio, según la realidad social», enumeró.
Por su parte, la magistrada de la Sala Primera, Damaris Vargas, afirmó que espera que la propuesta sea aprobada en el Plenario Legislativo, por lo que desde ya deben prepararse para la nueva modalidad.
«Deberíamos ir tomando las previsiones, desde el sector administrativo, porque el impacto de la aprobación de esta ley no debería tomarnos por sorpresa. Espero que los diputados aprueben este proyecto tan importante porque viene a darnos recursos para ofrecer una justicia más eficiente en materia cobratoria, de asuntos civiles y agrarios», indicó.
En julio del 2020, la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) había mostrado su objeción ante este proyecto de ley, al afirmar que llevaría al aumento de las tasas de interés de los créditos.
“Esta tasa se convertirá en un costo más que tendrán que asumir las entidades bancarias y, por lo tanto, como cualquier otro costo, se reflejará en las tasas de interés que deben pagar los deudores. Además el proyecto establece que la tasa no puede ser cobrada al deudor moroso, lo cual llevaría a una socialización de este costo a todos los deudores, incluso a los que están al día en sus pagos”, indicó en su momento el asesor legal de la ABC, Mario Gómez.
Procesos judiciales en los que se cobraría el tributo
- Monitorios dinerarios.
- Ejecuciones hipotecarias.
- Eecuciones prendarias.
- Eecuciones de garantías mobiliarias.
- Reposesión de garantías mobiliarias.
- Embargos preventivos que sean competencia de los Juzgados de Cobro Judicial.
