País Asamblea Legislativa

Avanza proyecto de ley para penalizar crímenes de odio con entre 20 y 35 años de cárcel

Iniciativa de ley también reforma las penas para la tortura y la discriminación racial, siendo éstas más severas para funcionarios públicos.

La Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa dictaminó hoy afirmativamente el proyecto de Ley para penalizar los crímenes de odio, el delito de discriminación racial y otras violaciones de derechos humanos, que modifica el Código Penal para que estos crímenes sean considerados como homicidios calificados.

Actualmente el delito de discriminación racial actual es penalizado con multas que no son proporcionales a la gravedad de los hechos y que no tienen ningún efecto en la práctica han explicado los proponentes del expediente 22.171, los legisladores del Partido Acción Ciudadana (PAC) Nielsen Pérez y Jorge Fonseca.

Según el proyecto de ley, se modificará el artículo 112 del Código Penal y se impondrá una pena de 20 a 35 años de prisión a quien mate a una persona, por causa o en razón de su color de piel, características físicas, raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen social, situación económica o condición de salud.

También reforma el artículo 123 bis del Código Penal, para que se cree un título de Delitos contra los derechos humanos, en el que se incluye la tortura, la discriminación racial, el genocidio y etnocidio.

En cuanto a la tortura, el proyecto señala que será sancionada con pena de prisión de 3 a 10 años quien “le infrinja a una persona dolores o sufrimientos físicos o mentales, la intimide o coaccione por un acto cometido o que se sospeche que ha cometido, para obtener de ella o un tercero información o confesión; por causa o en razón del color de piel, características físicas, raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen social, situación económica o condición de salud”.

Si las conductas son cometidas por una persona funcionaria pública, la pena será de cinco a 12 años de prisión y una inhabilitación de dos a ocho años para el ejercicio de sus funciones.

Mientras que sobre la discriminación racial, el proyecto indica que será sancionada con una pena de prisión de uno a tres años, siempre que la conducta no constituya un delito con una pena mayor, “a quien excluya, segregue o distinga a una persona, por causa o en razón de su color de piel, características físicas, raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen social, situación económica o condición de salud, y que tenga como objeto o como resultado, limitarle, restringirle o denegarle el ejercicio de uno o de varios derechos o libertades”.

Si las conductas anteriores son cometidas por una persona funcionaria pública, la pena será de tres a cinco años de prisión.

Asimismo, el proyecto fue propuesto para responder a las reiteradas excitativas del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, para que Costa Rica “revise la sanción al delito de discriminación y haga las enmiendas del tipo penal para que se ajuste a los parámetros de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, suscrita por Costa Rica desde 1966, es decir, hace 54 años”, informó el PAC en un comunicado.

Ahora el proyecto de ley avanzará al plenario para que pueda ser votado en primer y segundo debate.

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