País

Candidata a magistrada cuestiona metodología de calificación de entrevistas

La Comisión de Nombramientos realizó entrevistas y asignó a los candidatos notas que van de un 3.4 a un 10, pero ha explicado cómo se asigna esta calificación, más allá de que se promedia la nota dada por cada legislador presente en cada audiencia.

La candidata a magistrada de la Sala Constitucional, Maureen Solís acudió por tercera vez a la Comisión de Nombramientos para solicitar una explicación sobre la forma en que se calculan las calificaciones de las entrevistas realizadas por ese órgano a todas las personas postulantes.

En marzo pasado la mencionada comisión remitió al plenario legislativo los resultados de las evaluaciones a las doce personas que se presentaron para ocupar el cargo. El proceso consistió en una valoración de los atestados de cada uno de los aspirantes y una entrevista, a la que los legisladores asignaron una puntuación.

Tras el proceso de entrevistas, que se calificaron con notas que van desde 3.4 a hasta 10, los “mejor calificados” cambiaron sustancialmente y resultaron recomendados Ingrid Hess Herrera, Hubert Fernández Arguello, Vilma Sánchez Del Castillo, Ronald Salazar Murillo, Ileana Isabel Sánchez Navarro y Norberto Garay Boza.

Solís se quedó fuera de la nómina recomendada, pues aunque fue la sexta persona mejor calificada en atestados, le asignaron una calificación de 7 en la entrevista, lo que la dejó de octava en el ranking final. Mientras tanto, Hess ocupaba el tercer lugar y pasó al primero con una entrevista de 10, Salazar era el quinto y pasó al cuarto lugar con una entrevista de 7.83.

Al día siguiente de la divulgación de los resultados, Solís consultó a la comisión la forma en que se había obtenido la calificación de la entrevista. “No conozco en qué debo mejorar como abogada y postulante, para merecer una calificación mayor. Sin conocer el detalle de esa calificación, es prácticamente imposible conocer en qué debo mejorar”, dijo en el correo.

La entidad respondió solamente que correspondía a la “valoración de la entrevista de las y los señores diputados”, pero no detalló el origen. Solís insistió en abril y hasta el momento, no ha recibido respuesta.

Motivada por esto, la jueza y postulante remitió una extensa misiva solicitando en detalle la forma en que se asignaron las calificaciones. Cabe destacar que la metodología aprobada por la mencionada comisión sólo establece que cada diputado o diputada calificará en una tabla con valores de 1 a 10, siendo 1 la calificación más baja y 10 la más alta.

Según el documento durante las entrevistas, “los diputados y diputadas de la Comisión deberán indagar aspectos tales como conocimientos jurídicos, experiencia profesional, coherencia en la estructuración de ideas, expresión oral, independencia e imparcialidad, valores éticos, compromiso con la transparencia, conflicto de intereses, aptitudes, motivaciones y vocación judicial, aspectos gerenciales, gestión judicial, habilidades blandas (comunicación asertiva, liderazgo, trabajo en equipo), manejo de personal, solución de problemas, conocimientos sobre el órgano judicial cualquier otro tema que resulte conveniente y oportuno para determinar la idoneidad de la persona postulante para el cargo de magistrado o magistrada”.

Luego, deben asignar una puntuación según los criterios de evaluación descrito. Esas calificaciones luego se promedian y constituyen el 30% de la nota.

Según Solís, el problema es que no se especifica en qué rubros de los mencionados se le restaron o sumaron puntos y basado en qué, pues no existe una rúbrica para la evaluación.

Tal y como se ha detallado en reportajes anteriores, tampoco hay una metodología estandarizada de entrevista, una batería de preguntas y ni siquiera hay un equipo fijo de entrevistadores, pues aunque los miembros de la comisión están designados, en ocasiones faltan y eso no impide que continúe el proceso. Por ende, unas entrevistas pueden ser muy técnicas y hasta hostiles, y otras son amables y poco complejas.

“Solicito al Directorio de la Asamblea Legislativa, que la recomendación emitida por la Comisión de Nombramientos sea devuelta a dicha Comisión con el fin de que se sirvan responder la solicitud que he formulado en dos ocasiones y de la que no he recibido respuesta”, dijo Solís en su misiva y agregó: “Como he indicado, deseo saber a qué obedece la calificación de 7 que obtuve en la entrevista y, en qué debo mejorar para en una eventual participación en otro concurso, pueda aspirar a una mejor nota o bien, una calificación perfecta”.

La candidata también solicitó se le detalle de qué forma todos los elementos establecidos en la metodología son evaluados para obtener la calificación final. “Si la probidad, la vocación de servicio, la capacidad analítica, la vida personal y profesional intachable, el compromiso con las reglas de la convivencia democrática y la justicia, la experiencia en la resolución objetiva, justa e imparcial de los conflictos, la formación en valores éticos y morales, etc., no se evalúan en la primera fase del concurso y tampoco en la entrevista, ¿en cuál etapa se evalúan o bien por qué se exigen en el concurso si en realidad no son evaluados? Si por el contrario, sí se evalúan y a ello obedece mi la calificación en la segunda fase del concurso, ¿por qué fui calificada con un 7?”, consultó.

Solís detalló sus atestados y dijo que aunque es claro que la solidez académica se evalúa en la primera fase, no se entiende si son o no evaluados en la segunda etapa. “Mi duda es mayor en el tanto no he recibido respuesta a dos solicitudes que he formulado ante la Comisión de Nombramientos”.

“Ruego al Directorio de la Asamblea Legislativa que la recomendación emitida por la Comisión de Nombramientos sea devuelta a dicha Comisión con el fin de que se sirvan aclarar a qué obedece que se haya implementado una medida afirmativa en beneficio de un hombre y no de mujeres como lo dispone el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. No conozco de la existencia de normativa que sustente medidas afirmativas a favor de hombres en el contexto en que procedió la Comisión de Nombramientos. Así, también es de interés que la Comisión expresamente indique cuál es la normativa que sustenta la medida afirmativa”, concluyó la jueza.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido