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Caja considera que uso de recursos del ROPC para pensión anticipada afectaría a operadoras, pero no al IVM

El diputado Gilbert Jiménez, proponente del proyecto de ley, advirtió que las operadoras de pensiones podrían mostrar reticencia a la iniciativa “ya que actualmente obtienen ingresos por comisiones de administración”.

La Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) señaló que usar recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) para pagar el costo del período de anticipo de la edad de pensión por vejez no impactaría la solvencia del Seguro del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM); pero sí al aporte de las operadoras de pensión complementaria.

UNIVERSIDAD consultó a la Caja sobre su posición sobre una reforma para permitir el retiro anticipado de los trabajadores, financiándolo con recursos del ROPC.

El proyecto de ley que contiene la reforma, fue presentado por el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Gilbert Jiménez y enfrenta la oposición de la Superintendente de la Superintendencia Pensiones (Supen), Rocío Aguilar.

En la propia exposición de motivos del proyecto de ley, el legislador Jiménez advirtió que las operadoras de pensiones que actualmente administran los recursos del ROPC podrían mostrar reticencia a la iniciativa “ya que actualmente obtienen ingresos por comisiones de administración”.

El Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) es un sistema de ahorro individual obligatorio a favor de cada trabajador, para complementar los beneficios del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS. Se alimenta de los aportes de patronos y trabajadores; no considera aportes del Estado. Los recursos aportados son administrados por operadoras de pensiones que cobran una comisión por su actividad.

¿Qué propone el proyecto de ley?

En la actualidad, la Ley de Protección al Trabajador permite el retiro anticipado a partir de los 57 años, financiando el retiro con los recursos del Régimen Voluntario de Pensiones; pero el proyecto de ley de Jiménez (expediente 23.547) propone que también se puedan usar los recursos de Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC).

El proyecto de “Ley de Reforma al artículo 26 de la Ley de Protección al Trabajador 7983 y sus reformas” propone que el afiliado podrá anticipar su edad de retiro del Régimen del IVM, utilizando los recursos acumulados en su cuenta del Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias, y/o del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y que para estos efectos el trabajador podrá realizar aportes extraordinarios a los regímenes de pensiones complementarios.

Cabe recordar que el 12 de enero de 2024 entra en vigencia la reforma a las reglas para pensionarse por el IVM, que fijó la edad de pensión para los hombres a partir de los 65 años y en 63 años para las mujeres.

Actualmente, el régimen del IVM establece la edad de retiro en 65 años; pero permite, dependiendo de las cuotas aportadas, adelantar la edad de jubilación a los 61 años 11 meses para los hombres y a los 59 años 11 meses a las mujeres. Con la reforma los hombres únicamente podrán acogerse a la pensión a partir de los 65 años y las mujeres a los 63 años, siempre y cuando acumulen al menos 405 cuotas de cotización. Si el número de cuotas es menor, deberán posponer la pensión gradualmente hasta el límite de los 65 años al igual que los hombres.

Según Jiménez, la reforma beneficiaría al trabajador, que podría “aprovechar sus mejores condiciones de salud en la realización de nuevos proyectos de vida”; y a la Caja, porque mejoraría su situación financiera.

Jiménez explicó que al aplicar el mismo esquema de adelanto utilizado en el caso del Régimen Voluntario, la Caja podría cobrar una comisión de administración y el traslado de la masa de recursos financieros le permitiría obtener ingresos por inversiones, “pues los recursos trasladados se desacumularían gradualmente a lo largo del tiempo según se vayan honrando las pensiones”.

Oposición de la Supen

Sin embargo, la Supen advirtió que “no es con soluciones cortoplacistas como se va a lograr una pensión digna para nuestros adultos mayores, sino con la determinación de seguir fortaleciendo lo que hemos construido”, según un comunicado emitido el pasado 9 de febrero.

De acuerdo con la Supen, “adelantar la pensión es algo sumamente oneroso, ya que las pensiones de los regímenes básicos se financian con aportes del patrono, el Estado y el trabajador, y financiar estos tres aportes excede la capacidad de ahorro del trabajador promedio en el ROP”.

Asimismo, destacó que “las operadoras de pensiones deberán determinar el impacto financiero y sistémico que pueden conllevar para los fondos que gestionan, y sobre todo para sus afiliados, la materialización de estas propuestas”.

La Supen advirtió que realizará los análisis necesarios para determinar los impactos de dichas medidas en la situación de solvencia del IVM, la consistencia con las reformas que se hicieron recientemente a este régimen -que entrarán en vigencia el próximo año- y la afectación a la complementariedad que se dio con la creación de un régimen obligatorio de pensiones hace 23 años.

La opinión de la CCSS

El proyecto de ley de Jiménez se discute en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa y aún no se ha enviado a consulta a la Caja.

No obstante, ante pregunta de UNIVERSIDAD, la Gerencia de Pensiones de la CCSS afirmó que “permitir que se utilicen los recursos del ROPC para el pago del costo actuarial del período de anticipo de la edad de pensión por vejez, en vista de los altos costos que por lo general se dan para cubrir la anticipación, impactaría significativamente en los montos a recibir como complemento a lo largo del tiempo de la pensión, aspecto que se considera reduciría significativamente el complemento a recibir del régimen complementario obligatorio”.

También señaló que “mientras se cubran los costos actuariales que representa el pago del anticipo, no se vislumbra un impacto negativo en la solvencia del Seguro de IVM”; pero que “sí puede tener un impacto significativo en el complemento que vayan a aportar las operadoras a la pensión básica de los asegurados”.

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