Opinión

84 diputados para 7 provincias serían demasiados

El proyecto de ley #20127 que presentó la organización Poder Ciudadano Ya (PCY), con apoyo de cinco partidos políticos, recomienda promover la discusión del número de diputados al crecimiento de la población y mejorar la representación geográfica electoral. Ciertamente conviene aumentar el tamaño de nuestro parlamento para evitar excluir la atención de asuntos importantes y … Continued

El proyecto de ley #20127 que presentó la organización Poder Ciudadano Ya (PCY), con apoyo de cinco partidos políticos, recomienda promover la discusión del número de diputados al crecimiento de la población y mejorar la representación geográfica electoral. Ciertamente conviene aumentar el tamaño de nuestro parlamento para evitar excluir la atención de asuntos importantes y lograr mayor democracia geográfica, solo difiero en pasar de 57 a 84 diputados con la creación de 42 Distritos Electorales Uninominales (DEU) distribuidos por todo el país. Eso me parece exagerado y peligroso si no se acompaña con una razonada reforma integral del Estado.

La propuesta de PCY se complementa con comités distritales ciudadanos, cuya función sería supervisar al diputado electo por DEU y obligarlo a rendir cuentas cuando haya motivos de sanción o faltas al deber de probidad. Esta parte de la propuesta duplicaría, en mi opinión, las facultades asignadas por la Ley Nacional de Planificación N°5525 a los Consejos de Desarrollo Regional (Coredes) y al Subsistema de Planificación regional de Mideplan. Lo que hay que aprender, según Abril Gordienko, es a usar el poder ciudadano “que derivaría de poner nombres y apellidos” a una buena parte de las curules  de la Asamblea Legislativa.

La División Territorial Administrativa (DTA) de Costa Rica en siete provincias se formuló hace más de un siglo por lo cual resulta obsoleta para una planificación y administración pública moderna. Además, cuatro de las siete provincias se ubican en la Gran Aréa Metropolitana (GAM), generando históricamente una cultura “meseteña” y enormes contrastes con las comunidades rurales y costeras (carencia de desarrollo de infraestructura y deterioro socioeconómico, entendido como pobreza).

El artículo 106 de la Constitución Política dispone que “una vez electos, los diputados representan a toda la nación, no son responsables ante ninguna circunscripción o electorado en particular”, a pesar de haber sido electos por una provincia. Es decir, según el TSE y la Sala Constitucional no importa su origen geográfico. Como resultado, muchos legisladores no tienen arraigo real en la provincia que los eligió o sea “vecindad”, como lo llama el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Esto socava la representatividad y la rendición de cuentas ante sus electores.

Ante la omisión de la Constitución Política de la República, de un gobierno provincial o regional, como escala intermedia entre los gobiernos nacional y los municipales, la principal propuesta en ese sentido fue la regionalización para Costa Rica hecha por el Ministerio de Planificación (Mideplan) y el geógrafo alemán Helmuth Nuhn en 1973, como alternativa a una DTA que no propicia una sana descentralización y desconcentración de la administración pública. Para los objetivos propios de la Planificación Nacional Mideplan creó, vía Decreto Ejecutivo, regiones socioeconómicas de Planificación y Órganos Regionales de Desarrollo, que muchas instituciones del mismo Estado no respetan, alegando que ellos se rigen por la Ley de DTA y sus propios criterios de administración.

Convendría que el diputado de mayor edad y “vecindad” comprobada en su provincia asuma, además del rol de diputado, la Presidencia de cada Coredes, dentro del marco de la Ley de Planificación Nacional N°5525. Sería el único diputado de su provincia facultado para reelegirse consecutivamente, de contar con el apoyo de sus electores provinciales. Su rol como autoridad regional, le permitiría codirigir, en su región o provincia las direcciones regionales de Mideplan y de Gobernación.

Además facultaría a la respectiva región o provincia a optar por una curul legislativa adicional, elevando en uno el número de diputados por provincia o región. Es importante aclarar que el ministro de la Presidencia tendría poder de veto, en caso de controversia entre los jerarcas de Mideplan o Gobernación y el diputado presidente del Coredes.

Luego del informe anual de labores de la Presidencia de la República, la Comisión Legislativa Permanente de Ordenamiento Territorial convocaría a sesionar, en Comisión, a las Juntas directivas de los Coredes junto a todos los diputados de la provincia o región para elaborar un Plan Regional o Provincial de Desarrollo y el informe anual de labores (serían dos entregables obligatorios para el final de cada Administración).

Como geógrafo interpreto que nuestro desorden nacional tiene su origen en el desorden territorial. Eso porque no existe claridad para planificar y administrar espacios subnacionales (llámense provincias, estados o regiones).

Al no poder reelegirse sucesivamente, los diputados descuidan las visiones, programas y proyectos de mediano y largo plazo que no generen dividendos políticos rápidamente. El cambio haría atractiva la propuesta de la mejor representación y rendición de cuentas de diputados electos por DEU. Al mismo tiempo los partidos políticos premiarían la labor regional o provincial del diputado (presidente del Coredes) con una buena colocación en la lista provincial de sus candidatos a diputado. Dado que el candidato podría aparecer en las dos listas y optar por reelegirse, se sentiría incentivado al buen desempeño político. Así, la propuesta del proyecto de ley #20127 resulta muy interesante y favorecería electoralmente a los ciudadanos rurales y costeros con una “cuota de poder hasta ahora inexistente”, en palabras de Gordienko.

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