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Pago por uso de frecuencias debería ajustarse a las ganancias y tipo de medio de comunicación, dicen expertos y entidades

La Contraloría, el Micitt, la UCR e investigadores consideran que no es suficiente ni justo calcular el monto a pagar con base en la potencia.

La metodología para calcular el monto que deben pagar televisoras y radioemisoras por usar las frecuencias de Estado debería considerar qué tipo de medio es, las ganancias del concesionario y la cantidad de frecuencias que concentra un mismo grupo económico, y no la potencia, como propone el proyecto de ley que se impulsa en la Asamblea Legislativa, según opinan distintas instancias e investigadores.

El proyecto de ley que reforma la Ley de Radio de 1965 (Expediente 23.673) fue dictaminado afirmativamente por la Comisión de Gobierno y Administración en octubre de 2023, pero fue devuelto a comisión, donde se le discuten mociones de fondo en un procedimiento abreviado.

Diez legisladores lo presentaron en abril del año pasado, entre ellos los diputados Óscar Izquierdo (Liberación Nacional), Daniela Rojas (Unidad Socialcristiana), Fabricio Alvarado (Nueva República) y Eliécer Feinzaig (Liberal Progresista).

La iniciativa establece que el impuesto anual de radiodifusión se pagará según la potencia del medio y se calculará con el salario base. Por ejemplo, las radioemisoras pagarían entre ₡299.953 y ₡899.859 al año, según la potencia. Mientras que las televisoras pagarían alrededor de ₡4.799.248 al año, según cálculos del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt). (Ver cuadro).

¿Qué significa esta suma para las televisoras, en términos del tiempo necesario para poder cubrir ese monto anual? Según datos que dio el diputado Daniel Vargas, de Progreso Social Democrático (PPSD), el 23 de abril en la Comisión de Gobierno y Administración, solo 90 segundos de transmisión en horario premium, triple A, en un canal de televisión cuesta ₡3.800.000 y con eso se cancelaría gran parte del impuesto anual de radiodifusión.

Satisfechas con la propuesta

Las cámaras empresariales del sector están totalmente de acuerdo con el proyecto y afirman que la metodología es “oportuna”, utiliza “criterios técnicos” y que “garantiza la objetividad del

aumento y el respeto a los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad”.

De acuerdo con estas cámaras, los ingresos de los operadores provienen, sobre todo, de la pauta publicitaria y que, por eso y por sus ganancias, pagan los respectivos impuestos al Estado.

Señalan que “no debería tomarse en cuenta este rubro para un posible cálculo del monto del impuesto que se debe retribuir al Estado, ya que podría crearse una doble imposición”. Así consta en el criterio enviado a la Asamblea Legislativa por la Cámara Nacional de Radio (Canara); la Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (Camtic); la Cámara Nacional de Radio y Televisión (Canartel); y la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom).

Ante la consulta de este medio, el diputado Óscar Izquierdo dijo que había trabajado la iniciativa desde su despacho junto a sus asesores y su fracción, y que ningún empresario se le había acercado, ni se había reunido con nadie que le haya manifestado ningún interés particular.

Se le preguntó con base en qué criterios técnicos se definió el impuesto anual de radiodifusión, a lo que el legislador declaró que el indicador de potencia ya está consignado en la ley vigente —cuanta más potencia es mayor su alcance y, por ende, el área de cobertura—. Añadió que lo que se hizo fue traer el monto “a valor presente, utilizando el índice del Banco Central e indexar para que se vaya actualizando automáticamente”.

¿Qué dicen la Contraloría y el Micitt?

La Contraloría General de la República, si bien tiene interés en que se actualice la Ley de Radio y destaca que los montos actuales que se pagan están obsoletos, enfatiza en que el proyecto no detalla los análisis técnico-jurídicos que se hicieron para fijar el impuesto de radiodifusión, “conforme a los principios de actualidad, proporcionalidad, razonabilidad, no discriminación y equidad”.

El Micitt también emitió un Informe Técnico-Jurídico sobre la propuesta de ley, en el cual sugirió que “se promueva que los contribuyentes deban pagar el impuesto de acuerdo con sus capacidades económicas”. Mencionó que dicho ministerio está analizando “otras formas para actualizar esos montos que consideren criterios de proporcionalidad”, y se consideren las capacidades económicas de los concesionarios.

“Millones de colones involucrados”

Óscar Jiménez, investigador del Centro de Investigación en Comunicación (CICOM) y del Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información (Proledi) de la Universidad de Costa Rica (UCR), declaró que la forma de cobro que se propone es “limitada e insuficiente” porque no resuelve el problema de fondo, que es que los montos actuales son muy bajos y están completamente desactualizados.

Por ejemplo, Jiménez explicó que puede haber dos concesionarios con la misma potencia en señal, pero distintos ingresos económicos o que uno puede ser un medio comercial y otro ser un medio de uso social; es decir, medios locales, iniciativas de radios comunitarias o medios de asociaciones o cooperativas con una vocación social.

Para Jiménez, es factible construir una metodología que considere el tipo de operador y sus ganancias para establecer una diferencia entre la capacidad económica que tiene un concesionario y otro; asimismo, la cantidad de frecuencias que concentra un mismo grupo económico. Por esto, recomienda un diálogo más amplio que considere las voces de otros actores, como las universidades y personas que hacen comunicación en las zonas rurales

Con respecto a la “doble imposición” que alegan las cámaras, Jiménez explicó que “las ganancias podrían formar parte de una fórmula que considere otros factores y que permitan cobrar de una forma mucho más progresiva un impuesto de esta naturaleza, donde hay millones de colones involucrados y también hay un bien público que nos pertenece a todos y todas”.

El investigador mencionó el caso de Uruguay, donde la ley establece un criterio que considera la cantidad de personas a la que va dirigida una señal y el área geográfica.

Coincidió en esto Sebastián Fournier, coordinador de Onda Uned en la Universidad Estatal a Distancia (UNED), y representante del Consejo Nacional de Rectores (Conare) ante el consejo del Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart).

Fournier dijo que la forma de fijar el impuesto que propone el proyecto era “absolutamente injusta”, porque no hacía distinción entre diferentes tipos de medios, ni entre medios rurales y urbanos, ni entre coberturas. Además, considera que la única metodología que funciona y sería justa es aquella basada en los ingresos globales de la empresa.

Con respecto a la propuesta de que el impuesto de radiodifusión se cobre de acuerdo con la facturación o las capacidades económicas de los concesionarios, el diputado Izquierdo respondió: “no tiene nada que ver el canon con el impuesto de ventas que ya pagan las empresas en nuestro país”.


 

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