Universitarias JULIO JURADO, PROCURADOR GENERAL

“Nosotros no tomamos decisiones en función de quién puede verse beneficiado”

El procurador general de la República, Julio Jurado, se refiere a la petición de los diputados del PLN de que se abstenga de emitir opinión jurídica sobre el FEES por trabajar como docente en la UCR.

El pasado 22 de julio los diputados de la comisión que analiza el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) recibieron en audiencia al procurador general Julio Jurado en compañía de los procuradores Magda Rojas y Alonso Arnesto.

A pesar de que al inicio de la sesión el diputado liberacionista, Wagner Jiménez, defendió la convocatoria de Jurado “por tratarse del abogado del Estado”, avanzada la sesión cuestionó su relación con la Universidad de Costa Rica por ser docente catedrático.

Posteriormente, Jiménez y su compañera de bancada, Yorleny León, por medio de un comunicado de prensa, solicitaron al procurador general “y a otros Procuradores que tienen vínculos contractuales con las universidades públicas, que se inhiban de conocer los asuntos que están relacionados con temas universitarios”.

El procurador ahora se refirió a esta solicitud y aseguró que la opinión consultiva a la Asamblea Legislativa se realiza como un apoyo a sus labores, no porque esté en su estatuto orgánico, y que los informes son objetivos “como sus facultades lo demandan”.

¿Qué opina de la petición de los diputados del PLN, Wagner Jiménez y Yorleny León, de que se abstenga como procurador de emitir criterio sobre el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES)?

— Nosotros no consideramos, en la Procuraduría, que exista una razón por la que yo me tenga que inhibir en estos casos que tienen que ver con la universidad. Tampoco he recibido ninguna petición formal de parte de los diputados.

¿Qué impacto tendría en la Procuraduría efectuar una petición como esta?

— Nosotros valoraríamos una solicitud de este tipo. Hasta el momento nunca hemos considerado que esa sea una causa inhibitoria. Las causas inhibitorias están en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y se refiere a intereses directos que puedan generar un conflicto de intereses y aquí no lo hay.

La posición de la Procuraduría siempre ha sido objetiva, algunas veces beneficia a unos y otras beneficia a otros. Nosotros no tomamos decisiones en función de quién puede verse beneficiado, sino que emitimos opiniones jurídicas desde el punto de vista más objetivo posible, como lo demandan nuestras competencias.

No hay ninguna razón por la cual un funcionario de la Procuraduría tenga que desvincularse de eso. Imagínese que tendríamos que desvincularnos de muchas cosas, por ejemplo, yo no podría intervenir en nada con pensiones porque ya estoy pronto a pensionarme y hemos tenido consultas que podrían eventualmente afectarme como pensionado. También tendría que inhibirme con todo lo relacionado al empleo público y nosotros emitimos todo el tiempo criterios relacionados con temas de empleo público que nos afectan a nosotros también y lo hacemos sin que ello sea un problema y tomando posiciones que nos van a afectar también.

Si nos atenemos a esos criterios, la Procuraduría y los procuradores tendrían que inhibirse en una cantidad absurda de temas.

En la audiencia usted estaba acompañado por la procuradora general adjunta y el procurador adjunto encargado del informe sobre el recorte del FEES por parte de la Asamblea Legislativa ¿Ellos tienen algún tipo de contrato laboral con la Universidad de Costa Rica?

— Hasta donde tengo entendido doña Magda no tiene y don Alonso ha sido profesor interino de la Universidad de Costa Rica.

¿Cuál es el procedimiento para determinar un criterio de parte de Procuraduría?

— Esto es un informe ante la Sala Constitucional, en realidad no es un criterio, formalmente hablando. La Procuraduría Pública emite dictámenes y opiniones jurídicas ante consultas que le realiza la administración pública o consultas de proyectos de ley que hace la Asamblea Legislativa.

En el caso de proyectos de ley de la Asamblea Legislativa, aunque nuestra ley orgánica no dice que tengamos que emitir pronunciamientos, para colaborar con la labor de los diputados, nosotros hacemos análisis de los proyectos de ley y emitimos opinión jurídica de carácter no vinculante.

El otro tipo de pronunciamientos que hacemos son los dictámenes, que sí son de carácter vinculante y que se hacen ante consultas de la administración pública en general, central y descentralizada.

Esto de lo que estamos hablando es un informe que la Procuraduría tiene que rendir cada vez que alguien interpone una acción de inconstitucionalidad de una norma, independientemente de la materia de la norma, y lo emitimos en nuestra condición de asesores objetivos de la Sala Constitucional ¿Qué quiere decir eso? Nosotros no estamos defendiendo la constitucionalidad, o no, de una determinada norma, decreto o reglamento, sino que emitimos un criterio objetivo de asesoramiento a la Sala Constitucional sobre la acción que se está presentando y eso fue lo que hicimos en el caso del rebajo de los ₡10 mil millones en el FEES.

¿Por qué hago la diferencia con los dictámenes? Porque los dictámenes si tienen efectos, porque es vinculante para el órgano que lo consulta y constituye jurisprudencia administrativa. El informe no tiene ningún efecto más que ser rendido ante la Sala Constitucional, nosotros no estamos definiendo nada, quien va a resolver es la Sala Constitucional.

Durante la audiencia, usted aclaró que la Procuraduría no puede referirse a consultas “políticas” o de “oportunidad”, ¿puede ampliarme sobre a qué se refería con esta aclaración a los diputados?

 — Los diputados pueden discutir sobre la conveniencia o inconveniencia de un proyecto de ley, la Procuraduría no. Lo hemos dicho de forma reiterada precisamente cuando venimos aquí a la Asamblea a referirnos sobre proyectos de ley.

La Procuraduría puede dar una opinión sobre el proyecto de ley, del punto de vista estrictamente jurídico. Podríamos opinar sobre si el proyecto tiene algún roce con la constitución, si creemos que lo tiene lo advertimos a los diputados. También podemos advertir que el proyecto tenga problemas de técnica legislativa, como que esté mal redactado o entre en conflicto con otras normas, entre otras cosas estrictamente jurídicas. Nunca hacemos observaciones de orden político o de conveniencia o de oportunidad sobre un proyecto de ley.


¿Qué dijo y qué no dijo el procurador general en la audiencia?

— Según Jurado, las universidades públicas tienen una autonomía del más alto rango posible, garantizado por la Constitución Política, y esta contempla: la autonomía política, de gobierno (determinar su propios objetivos y finalidades), de auto organización (estatuto que conforma su propia estructura orgánica) y administrativa (capacidad de administrar sus recursos y gestionarlos).

El procurador no se refirió al tema de regla fiscal, porque están en plazo de presentar un informe de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por varios rectores y hasta que se resuelva se van a referir públicamente.


 

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