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Una vez más: huelga del MEP es declarada ilegal “por no ser pacífica” y por afectar servicios esenciales como alimentación

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) calificó de "deplorable" la sentencia del Juzgado de Trabajo que declaró ilegal la huelga del sector educativo en primera instancia.

Una vez más, el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José volvió a declarar ilegal la huelga promovida por la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), Sindicato de Educadores Costarricenses (APSE) y la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) contra la reforma fiscal, por no ser pacífica y afectar servicios esenciales como la alimentación.

De acuerdo con el juez Victor Orozco, quien firmó la sentencia, “al no ser un movimiento pacífico, por afectar servicios esenciales como la alimentación de los estudiantes que dependen de estos servicios y por transgredir los principios de razonabilidad y de proporcionalidad es que este juzgador llega a la conclusión de que se debe declarar ilegal”.

En la resolución se lee que “tal  como  se logró  constar mediante  el informe sobre la  constatación de centros  educativos con el servicio   de Comedores Estudiantiles cerrados  por la prestación del servicio de alimentación  de los estudiantes, presentado por la representación  estatal, aproximadamente 98.966 estudiantes no reciben este  servicio. Es  de conocimiento  popular, que este  servicio de alimentación  que se presta en los centros  educativos en muchas ocasiones es  el único alimento que tiene una parte  de la población estudiantil al rededor de  todo el país, más aún en zonas rurales con  altos grados de pobreza en condiciones de vulnerabilidad  y riesgo social”.

Además señalan que desde el 10 de setiembre, fecha en que inició el movimiento de huelga, la voz de los sindicatos fue escuchada y que, bajo esta línea, la prolongación indefinida sería un ejercicio abusivo del derecho de huelga.

En cuanto a la violencia, la sentencia indica que “se logra determinar que la manifestación en algunos sectores no fue pacífica y siendo que hubo trabajadores agremiados a los sindicatos accionados a los eventos que no fueron pacíficos, es que este juzgador considera que el requisito de suspensión pacífica de labores no se cumplió”.

La sentencia en primera instancia  admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante el Juzgado en el término de tres días.

Además no se condena a los sindicatos al pago de las costas.

El 9 de octubre, el juez de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Francisco Quesada, declaró ilegal la huelga en el Magisterio, fundamentado, que se trató de un movimiento violento porque los docentes participaron en distintos bloqueos.

Sin embargo,  el pasado 19 de noviembre, el Tribunal de Trabajo, anuló la declaratoria y devolvió el caso al Juzgado pues consideró que faltaba analizar los elementos de juicio para juzgar el caso.

“El juez sentenciador estimó que el movimiento que se conoce no fue pacífico”, pero no se incluyó una explicación ni se fundamentó este criterio; e incluso, ni siquiera analizó el contenido de la prueba aportada en soporte de CD -que dice ser el sustento de su resolución- y que lo llevó a la “total convicción” de que las manifestaciones llevaron a bloqueos totales de muchas vías de comunicación.

Descontento sindical

Por su parte, la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) calificó de “deplorable” la sentencia del Juzgado de Trabajo que declaró ilegal la huelga del sector educativo en primera instancia.

“La APSE deplora este despropósito judicial, contra el cual interpondremos dentro del plazo de ley, el correspondiente recurso de apelación, con la finalidad de que se garantice justicia pronta y cumplida como lo establece la Constitución Política y los convenios internacionales de la OIT”.

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