País

Sala IV resuelve que ‘cualquier persona’ puede filmar acciones policiales

Resolución a favor de periodista agredido durante enfrentamiento de oficiales de Fuerza Pública con estudiantes de UCR

La Sala Constitucional resolvió que cualquier persona, sea periodista o no, puede “filmar en vía pública el desempeño de la policía”, como parte de su derecho a la libertad de expresión y a fiscalizar la actuación de las autoridades.

En la resolución completa del voto 2019-001105, del 23 de enero del 2019, y que fue entregada recientemente a las partes, los magistrados resolvieron un recurso de hábeas corpus a favor del periodista del Semanario UNIVERSIDAD, Javier Córdoba Morales, por hechos ocurridos el 12 de setiembre del 2018, durante un enfrentamiento entre oficiales de la Fuerza Pública y estudiantes de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Esa noche, estudiantes universitarios bloquearon vías para protestar contra el plan fiscal.

Con base en las pruebas presentadas por las partes en este caso, la Sala determinó que Córdoba estaba “pacíficamente filmando la manifestación”, sin interferir en las acciones de la Policía.

Cuando el reportero grababa con su celular, el oficial Roberto Monge Calvo se lanzó contra él, “con la clara intención de obstaculizar la filmación que lleva a cabo, afectando su cuello y cara, generando que caiga al suelo, momento en el cual intenta golpearlo con su vara policial”, verificaron los magistrados.

Córdoba se identificó como reportero y la agresión policial se detuvo. No obstante, los magistrados consideraron que se trató de una actuación “a todas luces injustificada y por lo tanto arbitraria”.

“El oficial Roberto Monge Calvo no aporta ningún elemento de juicio que explique por qué se da la vuelta y arremete contra el tutelado”, señalaron los jueces constitucionales.

Pero, además, los magistrados destacaron que, sin importar si una persona es periodista o no, tiene el derecho de registrar en grabaciones ese tipo de actividades policiales, como parte de su derecho a la libertad de expresión.

“Es preocupante que con acciones policiales se busque suprimir, lo que en ese momento puede constituir la única evidencia para el ejercicio abusivo de la potestad de policía y de su obligación de actuar dentro de la legalidad”, enfatizaron los magistrados.

“El querer ocultar, tapar, es más propio de regímenes autoritarios que de policías civiles en democracias constitucionales”, añadieron los jueces, quienes señalaron que esta no era la única vez que la Fuerza Pública actuaba de esa manera.

En la resolución, ordenaron a las autoridades abstenerse de incurrir nuevamente en este tipo de acciones.

Este recurso de hábeas corpus fue interpuesto por el abogado Mario Alberto Zamora Cruz en favor de Córdoba y de cuatro estudiantes que fueron detenidos ese día. No obstante, la Sala indicó que en anteriores procesos de recursos de amparo ya se había referido a esos casos declarando tres sin lugar y uno con lugar por el uso desmedido de la fuerza.

En el caso del periodista Córdoba, los magistrados lo recibieron en una audiencia y también analizaron los videos que él grabó el día de la gresca.

El mes pasado, una comisión creada por el Gobierno y la UCR para investigar los hechos ocurridos ese día determinó que los policías fueron los primeros en agredir a estudiantes y no al contrario como inicialmente adujo la Fuerza Pública.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido