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TSE: Quitar credencial a diputados por romper con partidos violentaría derechos fundamentales

A pesar de reconocer lo pernicioso y hasta "perverso" de la práctica, los magistrados del TSE afirmaron que no existen soluciones idóneas y que en las democracias modernas ha imperado la idea de que las y los diputados representan al pueblo, no a un partido

Aprobar una reforma constitucional que permita que las y los diputados que renuncien a las agrupaciones por las que fueron electos violentaría los derechos fundamentales de los legisladores, de acuerdo con el derecho comparado y la misma constitución política.

Así lo explicó la magistrada presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, Eugenia María Zamora, a la Comisión Especial que analiza el expediente 21.093, el cual adicionaría un párrafo final al artículo 106 de la Constitución Política, estipulando la pérdida de credenciales diputadiles a la persona legisladora que, durante el ejercicio de su cargo, se separe o renuncie al partido político por el que resultó electa.

La magistrada Zamora comenzó su intervención explicando que no adelantaría criterio pues el TSE tiene pendiente responder formalmente una consulta de la Asamblea este viernes y se encuentra deliberando, pero ofreció un repaso por la jurisprudencia nacional en la materia y se hizo acompañar del magistrado Hugo Picado, quien brindó una perspectiva de derecho comparado sobre el asunto.

Según Zamora desde hace casi dos décadas el país ha enfrentado el problema del transfuguismo (cuando un representante popular democráticamente electo, abandona la agrupación política que lo eligió) y ha discutido si el escaño diputadil pertenece a la persona diputada o al partido bajo cuya bandera llegó ahí.

La magistrada recordó argumentos jurisprudenciales que sostienen que la plaza pertenece a la persona representante, empezando porque Costa Rica tiene un mandato representativo, es decir, que los parlamentarios se consideran representantes del pueblo, no de un partido. Así, las y los legisladores  le deben lealtad, antes que a la agrupación, a la población, si hay roce entre ambas.

Además, dijo, no es posible prohibir a una persona asociarse o desasociarse a una agrupación pues eso lesionaría su derecho humano a asociarse libremente y finalmente, dijo que de implementarse mecanismos para la cancelación de credenciales, estos deben estar bajo el control jurisdiccional y hacerse mediante debido proceso.

Picado por su parte reconoció que el transfuguismo se considera perverso en las democracias modernas, “una falta ética que falsea la representación, una especial de estafa política, que debilita al sistema de partidos, lesiona la disciplina partidaria y deteriora la imagen de la clase política”.

No obstante, dijo, no existen soluciones idóneas al problema, pues incluso los países que han implementado el retiro de credenciales no han logrado paliar el problema.

Además, dijo, en la legislación de las democracias occidentales ha imperado la idea de que el mandato representativo antes explicado es necesario para la democracia, considerando que los partidos no son bloques ideológicos sin matices, ni son estáticos y son instrumentos de participación ciudadana, en vez de que los diputados sean instrumentos de los partidos.

Una asamblea legislativa, así, no es un congreso de embajadores de partidos, sino que los diputados deben ser libres para expresarse y asociarse como bien les parezca.

Eso sí, dijo, es posible establecer medidas a lo interno de los partidos para controlar el problema, pero sin poner en riesgo el escaño pues eso podría tener consecuencias graves para la democracia.

La diputada liberacionista Ana Lucía Delgado pidió a los magistrados puntualizar si sus intervenciones implicaban que el proyecto no tiene viabilidad desde el criterio del TSE, ante lo cual Zamora recordó que el viernes se emitirá criterio oficial y que por ahora solamente ofrecían la perspectiva jurisprudencial y de derecho comparado.

La oficialista Carolina Hidalgo pidió al magistrado Hugo Picado detallar casos en América Latina y Europa que tuvieran medidas contra el transfuguismo, ante lo cual el juez explicó los casos de Brasil y Venezuela, así como de Portugal, que tienen pérdida de credenciales, así como los casos de países como España o Alemania, que más bien han explicitado en su legislación la importancia de la libertad de asociación y expresión de las personas legisladoras.

Floria Segreda, diputada de Restauración Nacional, concluyó diciendo que le quedaba claro que de acuerdo con el artículo 25 de la Constitución nadie podía ser obligado a asociarse o desasociarse, y que la separación de un partido no debía implicar cancelación, lo que debía tomarse en cuenta en la discusión del mencionado proyecto.

 

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