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TSE analiza pronunciamiento de la Corte IDH sobre matrimonio igualitario

Antes del pronunciamiento de la Corte, el Tribunal ya contaba con 11 solicitudes para cambiar el sexo.

Este jueves 11 de enero, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), acordó conformar una comisión para efectuar un análisis preliminar sobre los alcances y la trascendencia del pronunciamiento de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (IDH) sobre el matrimonio igualitario.

De acuerdo con el Presidente del TSE, Luis Antonio Sobrado, la institución aún no tiene claro cómo actuar, luego del fallo del 9 de enero mediante el cual la Corte ordena a los países miembros (entre ellos Costa Rica) reconocer los derechos civiles plenos de las parejas del mismo sexo y permitir el cambio de identidad sexual en los registros civiles.

“Estamos claros en que Costa Rica debe asumir ese nuevo paradigma pero todavía no tenemos claro el cómo, el quién y el cuándo. Eso dependerá de un estudio detenido, sereno y riguroso de los alcances de lo resuelto y del pronunciamiento de la Corte IDH, de cómo esto trasciende al quehacer institucional del TSE y de las eventuales medidas de corte registral que haya que adoptar”, señaló Sobrado.

La comisión está integrada por el Oficial Mayor Civil, la Jefa de Oficina de Inscripciones del Registro Civil, un asesor legal y un letrado del TSE. Ellos tendrán la tarea de analizar el fallo y comunicar sus conclusiones a los magistrados para que ellos tomen la decisión  final sobre el asunto.

Sobrado indicó también que este pronunciamiento de la CIDH  sienta nuevos paradigmas que, además armonizan valores democráticos como la tolerancia, diversidad y el reconocimiento a una sociedad plural.

En horas de la mañana, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto comunicó oficialmente los alcances de la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte IDH al Tribunal Supremo de Elecciones y a la Asamblea Legislativa.

“En la Opinión Consultiva OC-24, la Corte reconoce ampliamente los derechos a la identidad de las personas trans y a la orientación sexual, específicamente el cambio de nombre y en general la adecuación de los registros públicos y los documentos de identidad para que estos sean conformes a la identidad de género auto-percibida.

“Asimismo, señala que el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo, garantizando el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio”, señaló la Cancillería en un comunicado de prensa.

Antes del pronunciamiento de la Corte, el TSE ya contaba con 11 solicitudes de cambio de sexo en la inscripción registral.

Pese a que aún no tienen una disposición como tal y se encuentran en análisis de la Opinión Consultiva, el Tribunal se encuentra recibiendo solicitudes de los ciudadanos interesados en algún cambio de corte registral.

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