País

Tribunal da razón al ICE ante demanda de Unión Fenosa La Joya

Reclamo ascendía a $7,9 millones. Para el ICE, la sentencia da mayor claridad sobre los contratos en modalidad construir, operar y transferir (BOT).

De acuerdo con un comunicado de prensa difundido por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Tribunal Contencioso Administrativo “rechazó en todos sus extremos” una demanda interpuesta por la empresa Unión Fenosa Generadora La Joya, la cual además fue condenada al pago de costes.

Unión Fenosa es un grupo empresarial español conocido en los sectores de generación eléctrica y gas natural. En Costa Rica sus actividades han generado polémica, sobre todo a partir de la gestión ambiental de los proyectos hidroeléctricos La Joya, en Tucurrique de Cartago, y Torito, en Peralta de Turrialba.

Desde el 2002 Unión Fenosa Generadora La Joya y el ICE firmaron un contrato bajo la modalidad de construir, operar y transferir (BOT) con el fin de construir una planta hidroeléctrica con capacidad de 50 megawats (Mw).

Sin embargo, en el 2010 la empresa presentó una demanda contra el ICE en reclamo del pago de $7,9 millones, a raíz de sobrecostos debidos a que las obras se suspendieron cuando autoridades nacionales investigaron la afectación a mantos acuíferos.

La directora jurídica del ICE, Julieta Bejarano, expresó en el comunicado que la sentencia consolida “de manera muy clara” el criterio del Tribunal Contencioso Administrativo sobre “la naturaleza que tienen los contratos BOT y las consecuentes obligaciones del contratista en esta modalidad de contratos”.

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