País

Se triplican las concesiones de autoabastecimiento de agua para condominios

En tan solo año y medio del gobierno de Carlos Alvarado aumentaron en un 264% los permisos otorgados para autoabastecer de agua los condominios con diversos fines.

Las concesiones de autoabastecimiento de agua en condominios para vivienda, hotelería y agroindustria se disparó en los últimos diez años hasta alcanzar los 800 litros por segundo, algo superior a lo que hoy el sistema de abastecimiento de Puente de Mulas produce para responder a las necesidades de 155 mil habitantes de cuatro cantones de la GAM.

Este dato es considerable si se toma en cuenta que el manantial de Puente Mulas abastece a la población de los cantones de Alajuelita, Escazú, Santa Ana y Desamparados, con un caudal de 700 litros por segundo (L/s)

Ante la carencia del servicio de agua en comunidades por parte de Acueductos y Alcantarillados (AYA), municipalidades y las Asadas, la modalidad de autoabastecimiento de agua surgió desde 2009, como una concesión otorgada por la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).

El total concesionado bajo esa figura hoy en día alcanza 823,6 L/s, pero durante la presente administración de Carlos Alvarado, se dio un repunte significativo del 264%, al pasar de 39 L/s en 2018 a 103,6 L/s a setiembre de este año. (Ver gráfico)

Esa Dirección es la instancia responsable de otorgar concesiones para aprovechamiento de agua en sus diferentes modalidades.

Según el Reglamento para el Permiso de Perforación y Concesión de Agua para el Autoabastecimiento en Condominios, Decreto Nº 35271-S-MINAE, se trata de un permiso de perforación o concesión de agua, “aplicable únicamente a aquellos condominios ubicados en zonas donde no hubiere abasto público de agua potable, determinado así por una carta de disponibilidad hídrica”, emitida por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) o “por algún otro prestatario de servicio público autorizado”.

El Viceministerio de Aguas y Mares confirmó a UNIVERSIDAD que este tipo de concesiones también se han otorgado en zonas urbanas. (Ver recuadro).

De acuerdo con la normativa vigente, un condominio es un inmueble aprovechado por distintos propietarios y que pueden ser destinados no solo con fines habitacionales, sino con otros como el agrícola, industrial, pecuario, turístico, comercial o de recreo.

Yamileth Astorga, presidenta ejecutiva de AYA, reconoce ante la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa el pasado 17 de octubre, que el recurso hídrico es escaso y que no hay adecuados controles sobre concesionarios, pues hay casos en que aprovechan caudales mayores a los concesionados.

Sin embargo, al consultarle sobre el incremento en la creación de pozos de autoabastecimiento, entre el 2018 a setiembre de este año, la jerarca comentó que “tendría que analizarlo”, porque “no tengo la idea de eso”.

“Depende de dónde (se otorgue cada concesión), no puedo decir si sobrepasó o no, porque cada sistema hay que evaluarlo por sí mismo,  si es un acuífero habría que evaluar cuánta es la producción y ver si tiene mayor capacidad hídrica, igualmente la cuenca, depende mucho de cuánta agua se extrae”.

La funcionaria insistió en que el balance hídrico debe analizarse “por cuerpo de agua, que puede ser acuífero o cuenca”, de manera tal que no puede valorar la magnitud concesionada porque tendría que estudiar lo concesionado sobre cada cuerpo de agua.

Sobre la figura del autoabastecimiento en condominio dijo que es “una forma ya aprobada desde hace rato, igualmente tendríamos que hacer todo un estudio específico para dar una opinión”.

De esta manera, no ve ningún problema en ese incremento de las concesiones el ministro de Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez, quien aseguró que existe “todo un movimiento muy fuerte de autoabastecimiento, particularmente a través de la captura de agua de lluvia”.

Calificó además ese movimiento como “una iniciativa importante” y que la tecnología para recoger el agua llovida ha avanzado “muy fuertemente”.

“Se lavan las manos”

Freddy Pacheco, biólogo y especialista en temas de agua, cuestionó la información que hay sobre la disponibilidad de agua ofrecida por el AyA.

Pero su crítica más directa es hacia la Dirección de Aguas del Minae porque estima que “ellos fácilmente otorgan concesiones y después se lavan las manos. Las concesiones son de tomas de ríos, de pozos, todo lo que tiene que ver con esta figura, tratada de una manera muy informal”.

Lo más preocupante es que, en opinión de Pacheco, seguirán otorgando las concesiones de agua sin tener información sobre los caudales subterráneos, lo cual es muy serio, porque se desconoce si hay una explotación excesiva del acuífero, como “efectivamente ha sucedido en Costa Rica”.

A las municipalidades solo les preocupa construir edificaciones, sin importar la recarga que tenga los acuíferos subterráneos, como sucedió en el campo de pozos La Valencia del manto acuífero Colima, donde se sacó más agua de la que el acuífero recarga, recordó Pacheco.

Recordó también que durante la anterior administración, el entonces presidente Luis Guillermo Solís  y su ministro de Agricultura, Luis Felipe Aráuz, emitieron un decreto que eliminó una matriz del Sistema Nacional de Riego Avenamiento (Senara), que establecía cinco categorías de evaluación de la amenaza en un proyecto de construcción o productivo determinado y su impacto en un manto acuífero.

“Emitieron eso para decir que no se aplica (la matriz), para no obstaculizar las construcciones, ese es el criterio que predomina en las instituciones del Estado”, aseveró.

Así, Pacheco comparó la situación de la magnitud alcanzada por el caudal concesionado bajo la figura de autoabastecimiento en condominio con la amnistía decretada por este gobierno para los pozos ilegales.

Dijo que la administración Alvarado “emitió una norma para, prácticamente, oficializar todos los pozos ilegales, ni siquiera sabían cuántos eran, dónde están ni cuanto extraen, y el gobierno sin ningún estudio determina la  amnistía, ese es el desastre de las aguas subterráneas, se pueden secar los acuíferos”.


“Norma jurídica válida y eficaz”

Desde el despacho del Viceministerio de Aguas y Mares del Minae solicitaron las preguntas sobre el tema por escrito. Al pedir una explicación sobre el crecimiento constante de la cantidad de condominios que requieren autoabastecerse de agua, se respondió que el Decreto número 35271-S-MINAET es “una norma jurídica válida y eficaz”, que permite el otorgamiento de este tipo de concesiones en los casos ya mencionados donde se demuestre la no disponibilidad por parte de un ente prestatario facultado por ley.

Destaca que “a partir del año 2009, año de emisión de dicho reglamento, anterior al mismo no se otorgaban concesiones de autoabastecimiento para condominios”.

La información recibida también reconoce que se han otorgado concesiones de autoabastecimiento de agua en zonas urbanas y “el supuesto para su otorgamiento es el mismo para todo el país, el cual consiste en que no haya la presencia de un ente prestatario o que el ente prestatario del lugar no tenga la disponibilidad para satisfacer las necesidades hídricas del proyecto”, evidenciado por la ya citada carta de disponibilidad emitida por ese prestatario.

Sobre los controles para evitar el abuso por parte de los concesionarios bajo esta modalidad, desde esa instancia del Minae, aseguró que “se realizan visitas de campo en atención a la solicitud de concesión para el aprovechamiento de agua de autoabastecimiento del condominio”.


 

Suscríbase al boletín

Ir al contenido