País

Sala IV da 3 meses de plazo para determinar impacto del Fipronil en abejas y aplicar medidas

Las autoridades deberán determinar la peligrosidad del químico en las poblaciones de abejas y tomar acciones al respecto.

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto en agosto pasado por la Defensora de los Habitantes de la República, Catalina Crespo, en que, a causa de su impacto en las poblaciones de abejas, solicitaba la prohibición del insecticida de amplio espectro, Fipronil.

En la resolución 2021-024807 del 5 de noviembre, la Sala ordenó a los ministros de Agricultura y Ganadería, Salud, Ambiente y Energía, al director general del Servicio Nacional de Salud Animal y al director del Servicio Fitosanitario del Estado, “que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que en el plazo máximo de tres meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia, el equipo de trabajo interinstitucional conformado para determinar la afectación del Fipronil en abejas y otros insectos polinizadores culmine todos los estudios técnicos requeridos y rinda el informe final correspondiente”.

“Si se determinare que el uso agrícola o veterinario de ese plaguicida causa daños graves a estos seres vivos y perjudica su función polinizadora, el informe respectivo deberá incluir las medidas adecuadas para resolver la situación y su plazo de ejecución”, indica la resolución.

La Defensoría explicó en un comunicado de prensa que el Fipronil se utiliza comúnmente en el país para controlar plagas en cultivos como el chile dulce, cítricos, palma aceitera,  plantas ornamentales y frutales. “Este insecticida no está autorizado para cultivos en  la Unión Europea por su alto grado de toxicidad en humanos, mamíferos y abejas,  así como aves, peces y algas”, detalla.

Además recordó que en el año pasado se reportaron al menos dos eventos de mortalidad masiva de abejas en territorio nacional, casos que fueron investigados por la Unidad  de Residuos y Contaminantes en Alimentos de Origen Terrestre del Servicio de  Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), que “constató que, según muestras analizadas en las abejas cuyos enjambres murieron de manera  masiva, se encontró presencia del plaguicida Fipronil. Esto permitió al MINAE  demostrar que este producto presenta riesgos inaceptables para muchas especies  animales, en especial, para las abejas”, agregan.

“Las abejas, así como otros polinizadores, son importantes para garantizar la  estabilidad de los ecosistemas, así como la misma supervivencia humana, ya que  desempeñan un papel fundamental para la alimentación, la vida y la salud de todos  los seres vivos”, puntualiza el comunicado de la DHR.

En el recurso, la entidad informó que en abril pasado Juan Bautista Alvarado, presidente de la Cámara Nacional de Fomento de la Apicultura, presentó ante el MAG, el Ministerio de Salud y el MINAE una denuncia solicitando la “prohibición total y definitiva de la importación, exportación, fabricación, formulación, almacenamiento, distribución, transporte, reempaque, reenvasado, anuncio, manipulación, mezcla, venta y empleo de los productos que contengan como ingrediente activo Fipronil, así como la cancelación de los registros de estos productos”, gestión que fue acuerpada por la DHR, que acudió a la vez a la Sala Constitucional con la misma solicitud.

La Defensoría manifestó sobre la resolución su satisfacción, aunque dijo que aún está  pendiente conocer el voto íntegro de la resolución final. “Las y los Magistrados resolvieron a favor de las futuras generaciones, para que éstas puedan gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado; y esta  Defensoría estará pendiente de que las autoridades correspondientes cumplan con lo  ordenado por la Sala Constitucional”, manifestó Crespo.

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