País

Sala IV: Arbitrario cierre de Parque Viva es “censura velada” a la luz de amenazas de Chaves hacia la prensa

Chaves reconoció ante la Sala saber de la dependencia del Diario La Nación a los ingresos del centro de eventos por lo que la Sala interpretó la decisión de cierre como una amenaza a la libertad de prensa y a la falta de debido proceso como “abuso de poder”

La Sala Constitucional determinó que la decisión arbitraria de la Ministra de Salud, Joselyn Chacón, de cerrar el centro de eventos Parque Viva sin criterio técnico es -a la luz de múltiples amenazas y manifestaciones del presidente Rodrigo Chaves contra la prensa y el Diario La Nación- una “censura velada” y una “violación indirecta a la libertad de expresión”.

El pasado 8 de julio la ministra de Salud giró una orden sanitaria para ejecutar el cierre del negocio, ante una denuncia anónima en contra de la actividad del centro de eventos, y posterior al cierre (e incluso posterior al recurso de revocatoria que interpuso el medio) solicitó criterios técnicos al Cuerpo de Bomberos y la Cruz Roja Costarricense.

La apresurada decisión, a tan solo dos meses de que Chaves asumiera el poder, se tomó tras múltiples amenazas y manifestaciones públicas del presidente contra la prensa y el Diario La Nación desde que era candidato, pero también desde la silla presidencial.

Por ejemplo, en un video de enero el 2022 -mientras era candidato- dijo: “Vamos a causar la destrucción de las estructuras corruptas de La Nación y de Canal 7. Óigame Ignacio Santos, óigame el otro (…) René Picado, óigame Armando González”.

El 30 de enero, al cierre de la campaña, Chaves dijo públicamente que barrería a los medios de comunicación “como la basura de la casa”, también ha usado el término “prensa canalla” y vendida para referirse a medios de comunicación. Estas manifestaciones, y otras, fueron consideradas por los magistrados en su interpretación.

También se tomó en cuenta que la orden sanitaria fue emitida tras una serie de reportajes que cuestionaron los mecanismos de fiananciamiento de Chaves en su campaña, así como  la difusión de la sanción por acoso sexual de la que fue objeto mientras era funcionario del Banco Mundial.

“Así las cosas, no cabe la menor duda para este órgano constitucional que el mandatario giró una serie de amenazas en contra de la prensa (…) tal y como se ha demostrado, no se llevó a cabo de forma aislada, pues, por el contrario, es evidente que se trata de una serie de manifestaciones (ataques y amenazas directas e indirectas) dirigidas en un mismo sentido y vertidas en una misma época, paralela o concomitantemente a la publicación de las referidas noticias” dice la sentencia.

La sentencia responde al recurso de amparo que el director de medio, Armando González, de la mano de múltiples periodistas,  y en el que argumentan que el cierre de Parque Viva afecta financieramente a Grupo Nación y por lo tanto la sostenibilidad del Diario La Nación, ya que el centro de eventos “fue creado para diversificar fuentes de ingresos” ante la pérdida de rentabilidad que sufren los medios de comunicación en todo el mundo.

“Igualmente, no puede perderse de vista que el mandatario (Chaves), en el informe rendido a esta Sala, concluyó que La Nación sí depende de Parque Viva para subsistir financieramente, lo cual reafirma que el cierre realizado a este sitio le perjudica, y que las secuelas producidas con dicho acto no resultaban ajenas a su conocimiento. En consecuencia, se está ante la emisión de un acto atropellado, arbitrario y desproporcionado que debilita la estabilidad financiera del Diario La Nación”.

Orden arbitraria y sin fundamento

La ministra de Salud y Chaves defendieron ante la sala que la decisión de cierre de Parque Viva era legítima al tener como finalidad proteger la vida y salud de las personas de la zona, ya que los embotellamientos que ocasionaban los eventos dificultaban, entre otras, cosas, el paso de ambulancias.

Sin embargo, la Sala determinó que el cierre “se llevó a cabo con abuso de poder, a través de un mecanismo indirecto (disfrazado de acción legítima), con un propósito claramente distinto al que se señaló, tanto en la orden sanitaria como ante esta Sala Constitucional”.

La Sala indica que la acción es un ejemplo de lo que el Tribunal ya ha denomíname como una “forma perversa y antidemocrática de utilizar el poder del Estado para dirigir la opinión, según un sistema de premio o castigo, a quienes ejercer la libertad de prensa y libre expresión”.

Los magistrados señalaron la arbitrariedad de la decisión al mostrar cómo Chacón pidió criterios técnicos que respaldaran el cierre, hasta después de haberlo ejecutado:

“Debe destacarse que fue hasta el mismo 8 de julio de 2022 (horas después de haber sido notificada la orden sanitaria bajo estudio al representante recinto), que la Ministra de Salud -por oficio. MS-DM-5870-2022 rubricado a las 17:05:24 hrs-, dispuso solicitarles exclusivamente a las referidas autoridades del Cuerpo de Bomberos y de la Cruz Roja Costarricense, informes “detallados y amplios”, respecto al Parque Viva “en el marco de la realización de eventos masivos”, y que no fue sino hasta los días 10,11 y 12 de julio de 2022, que estos fueron emitidos”.

Estos informes fueron puestos en conocimiento de la empresa siete días después de ejecutado el cierre.

Cargador Cargando...
Logotipo de EAD ¿Tarda demasiado?

Recargar Recargar el documento
| Abrir Abrir en una nueva pestaña

Suscríbase al boletín

Ir al contenido