País

Sala Constitucional ordena proteger el acuífero de Moín

Autoridades de AyA, Minae, Sinac y Salud que deben formar una comisión para atender problemas de contaminación en su zona protectora y que “perturban” al acuífero.

Mediante una resolución del pasado 23 de setiembre, la Sala Constitucional ordenó que se conforme una comisión interinstitucional que “se encargue de abordar la problemática que afecta al acuífero de Moín”, esencialmente contaminación por aguas no tratadas y movimiento de tierras.

De acuerdo a los plazos establecidos en la sentencia, esa comisión ya debe estar conformada por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Limón y se le concedió un mes de plazo para que “se diseñe y ponga en ejecución un plan para atender y dar solución al problema que perturba al acuífero de Moín”.

La resolución da respuesta a un recurso de amparo interpuesto por el representante de una empresa denominada Propiedades Masarde S.A., propietaria de dos terrenos que, tras una resolución de la Junta Directiva del AyA en 2007, quedaron dentro de la zona denominada de protección restringida del acuífero.

Esa determinación implica la prohibición de llevar a cabo una amplia gama de actividades, como cualquiera de índole industrial, uso y almacenamiento de plaguicidas, pesticidas o combustibles, extracción de cualquier tipo de materiales, cambio de uso de suelo, cualquier actividad agropecuaria, excavación de pozos o desarrollo de urbanizaciones.

La empresa reclamó esencialmente que esa disposición del AyA violentó su derecho a la propiedad privada, aspecto en el que la Sala Constitucional no le dio la razón, pero logró demostrar que instituciones como el propio AyA se demoraron en atender y dar solución a denuncias que oportunamente se hizo respecto a la invasión de los terrenos, problemas de contaminación, tala y movimiento de tierras.

Al respecto, el abogado ambientalista Álvaro Sagot, quien alertó a UNIVERSIDAD sobre la resolución, llamó la atención en primer lugar a que es “súper peligroso” cualquier daño o contaminación de ese acuífero, pues es “la única fuente de agua de la ciudad de Limón”.

Además llamó la atención a que el voto de la Sala es de importancia pues insistió en que “si el acuífero de Moín se destruye, si se contamina, si la contaminación se vuelve irreversible, se estaría afectando el agua propiamente del cantón Central, lo cual es sumamente peligroso porque no hay otra fuente de agua cercana”.

Consideró entonces que la decisión de la Sala Constitucional es un “halonazo de orejas” para las autoridades municipales y del Poder Ejecutivo “para que tengan que actuar”.

Al mismo tiempo, con sagacidad resaltó esa redacción particular de la Sala Constitucional, al ordenar “dar solución al problema que perturba al acuífero de Moín”. De manera específica destacó el uso del verbo “perturbar”, pues “dispara muchas luces interesantes dentro del derecho ambiental”.

Con ello hizo referencia a la tesis que ha defendido durante años, de que la naturaleza, ya sea tratándose de ecosistema, ríos o poblaciones particulares de fauna, es sujeto de derechos que se deben proteger.

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