País

Reforma a elección de personas magistradas requiere de 38 votos en Asamblea Legislativa

Igual situación enfrenta proyecto de ley que busca consolidar el pago por los servicios de la Defensa Pública.

El pasado lunes los magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia determinaron por unanimidad que un proyecto de ley que busca reformar su elección y reelección afecta la “organización y funcionamiento” del Poder Judicial, lo cual implica que su aprobación en la Asamblea Legislativa requerirá de la mayoría calificada de 38 votos.

Esa suma de apoyos de todos ya era necesaria pues ese proyecto de ley reforma varios artículos de la Constitución Política en los que también modifica el proceso de nombramiento de las magistradas y magistrados suplentes y se tramita bajo el número de expediente 20.893.

Se trata de una tercera versión del proyecto que en sus encarnaciones anteriores ya había pasado por el análisis de la Corte Plena.

En esta oportunidad, correspondió a la magistrada Jéssica Jiménez elaborar el informe que determinó la mencionada afectación y que terminó por ser aprobado por unanimidad.

Según explicó Jiménez, el proyecto busca reformar el artículo 158 de la Constitución para imponer un máximo de dos periodos de reelección para magistradas y magistrados, tope que en la actualidad no existe.

El proyecto de ley además busca reformar el artículo 164 para modificar el nombramiento de las personas magistradas suplentes. En la actualidad La Asamblea Legislativa los elige a partir de una nómina que envía la propia Corte Suprema de Justicia, la reforma pretende que se elijan entre quienes presenten sus atestados directamente a la Asamblea Legislativa para participar en un concurso.

Al respecto, la magistrada Jiménez observó que “es un tema propiamente político del que no nos corresponde emitir criterio, sino que se hará una decisión de la Asamblea Legislativa obviamente por mayoría establecida en la Constitución Política” y reconoció que la iniciativa “podría favorecer la independencia de algún postulante que quiera participar y que considere que el proceso efectuado en Corte (Plena) no sea el idóneo y que el órgano competente para conocer y decidir quiénes serán los magistrados suplentes de cada sala corresponde a la Asamblea Legislativa”.

Luego de la intervención de Jiménez, el presidente de la Corte Plena, Fernando Cruz, quien observó que “la duración del magistrado supremo tiene que ver con la independencia judicial” y subrayó que el proyecto de ley en cuestión “no resuelve falta de transparencia” en la elección y reelección (o “ratificación” como prefiere llamarla) de magistrados y magistradas que se hace en la Asamblea Legislativa.

Sin embargo, apuntó que el límite de tres elecciones “me parece más que suficiente”.

Pago por defensa pública

El otro proyecto de ley visto en esa sesión de Corte Plena fue una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial que busca “garantizar el financiamiento de las secciones especializadas en atención de personas usuarias de pueblos indígenas, pensiones alimentarias, laboral, familia y agrario”, según su largo título, y que se tramita en el Poder Legislativo bajo el número de expediente 21.090.

Según detalló la magistrada Damaris Vargas, a quien correspondió el análisis, tres versiones anteriores del proyecto ya han sido consultadas.

Expresó que esta reforma “blinda la posibilidad de que tengan que pagarse honorarios de parte de las personas usuarias beneficiarias de la Defensa Pública”, pues establece mecanismos para hacer efectivo el cobro “en caso de que la personas obligada se niegue a hacer el pago”.

La Magistrada también señaló que para lograr ese objetivo, el proyecto “adiciona nuevas funciones a la defensa pública, que tiene que crear toda una estructura e inclusive a la Jefatura de la Defensa Pública le establece funciones específicas”.

Por esas y otras razones la magistrada Vargas concluyó que la iniciativa sí afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial. Su informe también fue acogido por unanimidad.

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