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Indígenas Ngöbe acuden a Sala II con acusación contra Del Monte por despidos y prácticas antisindicales

Alegan que no se les ha garantizado el debido proceso pues por ejemplo, no se les brindó interpretación a su lengua ngäbere en todas las etapas del proceso judicial y porque hubo discriminación antisindical.

Un grupo de indígenas Ngöbe que trabajaron para la empresa Del Monte años atrás presentaron este jueves 11 de enero una demanda de revisión ante la Sala II de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica por despidos y prácticas antisindicales de las que aseguran, fueron víctimas.

Según informaron los extrabajadores, durante el año 2012 siendo empleados de la corporación se fueron a huelga durante un solo día y luego se reintegraron a sus labores.

Un año después la empresa y el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Privada y Pública (SITEPP), dijeron los indígenas, firmaron una Convención Colectiva de Trabajo pero en mayo de ese año la empresa despidió a 59 trabajadores y amonestó a otros 194 por la protesta, que fue declarada ilegal en primera instancia por el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.

El sindicato presentó en ese momento una denuncia por persecución sindical pero en 2016 el Juzgado de Bribri, validó los despidos, según los trabajadores “ignorando jurisprudencia que protege a los trabajadores que participaron en huelgas antes de su declaración de ilegalidad”.

Por esa razón, el grupo presentó una acción de revisión ante la Sala Segunda alegando que se han violado los artículos 601 del Código de Trabajo y 72 del Código Procesal Civil.

Específicamente, los trabajadores indican que no se les ha garantizado el debido proceso pues por ejemplo, no se les brindó interpretación a su lengua ngäbere en todas las etapas del proceso judicial y hubo discriminación antisindical.

Además, dicen, otra situación que afectó a los trabajadores es que no contaban con el reconocimiento de sus derechos de ciudadanía y se les trató como “migrantes” irregulares.

Raylan Sanquimiel, uno de los exempleados de la empresa, relató que el no contar con intérprete durante el proceso hizo que la jueza no entendiera el caso ni tomara en cuenta los testimonios que se presentaron y dijo que por eso están pidiendo que los tribunales resuelvan “conforme al derecho internacional”.

Federico Ábrego reiteró que sus derechos fueron violentados por no tener intérprete y hasta dijo que la jueza “parecía como que no había entendido” y que por eso dio la razón a la empresa. “Estamos aquí hoy pidiendo justicia en nombre de toda la población indígena de Sixaola”, dijo, pidiendo que “la ley se imparta como tiene que ser de acuerdo a las leyes que ha establecido el país y esperamos que la justicia se dé lo más pronto posible”.

La demanda presentada apela a normativas internacionales, como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, que respalda el derecho de los pueblos indígenas a contar con interpretación en procesos legales y señala que la discriminación racial contra los trabajadores indígenas constituye un agravante en el obstáculo para el acceso a la justicia.

 

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