País

Inamu protesta por bajas condenas a femicidas

Marcela Guerrero, presidenta del Inamu, lamentó que no se aplicara lo establecido en el Código Penal sobre alevosía y ensañamiento para que las sentencias tuvieran mayor peso, "en correspondencia con el crimen"

El el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), manifestó este miércoles 18 de agosto su preocupación e indignación por las sentencias condenatorias emitidas por los Tribunales de, Justicia que calificaron los femicidios de Luany Valeria Salazar Zamora y Allison Bonilla Vásquez como homicidios simples.

La entidad emitió un comunicado tras la resolución del proceso por la muerte de Allison Bonilla, haciendo un llamado a “reflexionar sobre la urgente necesidad de revisar la perspectiva desde la cual se examinan estos casos so pena de propiciar que las violencias se perpetúen, se repitan en otras mujeres”.

La legislación costarricense actual solamente considera femicidio como dar muerte a una mujer con la que mantenga o haya mantenido previamente una relación o vínculo de pareja. No obstante, la conceptualización apegada a la Convención Belem do Pará abarca toda muerte de una mujer “por acción u omisión, que derive de la condición de subordinación de las mujeres”, como en los casos antes mencionados.

Días atrás la Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, ampliando la definición de femicidio para sancionar a cualquier persona involucrada en asesinatos asociados a la condición de género de la mujer. Esta modificación sin embargo no ha sido publicada en La Gaceta, por lo que no pudo aplicarse en los casos en cuestión.

No obstante, dijo Marcela Guerrero, ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Inamu, pesa además en estas sentencias la falta de sensibilidad de jueces y juezas, que pudieron aplicar lo establecido en el Código Penal para que las sentencias tuvieran mayor peso, en correspondencia con el crimen cometido.

“Hay casos, como fue en el de Eva Morera, en que se aplica todo el peso de la ley contemplando la convencionalidad y la definición ampliada de femicidio”, explicó Guerrero. “Esto no es nada nuevo para el operador jurídico y aunque la figura exacta no esté en estos casos, hay algunas condiciones establecidas en el Código Penal que se pueden aplicar”, agregó.

“La interpretación del ensañamiento y la alevosía, son causales también previstas como calificante del homicidio en el Código Penal, muchas veces no se aplican a los homicidios de las mujeres porque se sigue juzgando desde una perspectiva que no reconoce, el enfoque de género y la dominación masculina presente el orden social en el que vivimos”, dijo la jerarca.

Cabe destacar que en los dos casos, por el asesinato de Luany y de Allison, se presentaron alegatos sobre ensañamiento y alevosía, pero en ambos casos los tribunales descartaron esos elementos, que pudieron haber agregado años a las condenas de Kenneth Enrique Mejía Chavarría, femicida de Luany y Nelson Sánchez Ureña, quien asesinó a Allison.

Guerrero indicó que ambas sentencias son “baldes de agua fría”, al tiempo que dijo que espera que la entrada en vigencia de la reforma a la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres sirva para que se pueda dar justicia en este tipo de casos.

“Yo todavía estoy indignada, estoy digiriendo, con mucho respeto para el sistema judicial, pero es que no hay proporcionalidad entre la condena y el crimen”, afirmó.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido