País Confirma el Instituto Costarricense sobre Drogas

Extranjero que financió a Chaves incumple con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

Le corresponde al Ministerio de Hacienda ejecutar las sanciones legales.

La empresa Friedrich E. F. Hey A Professional Corporation Sociedad Anónima,

de Friedrich Ewald Hey, el extranjero que aportó al fideicomiso que financió la precampaña y partes de la campaña del candidato presidencial Rodrigo Chaves, aparece en la lista de “Omisos en la Presentación de la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales” (RTBF), del Ministerio de Hacienda, desde el 20 de julio del 2020.

Así lo confirmó a UNIVERSIDAD, Sergio Rodríguez, director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), luego de hacer la consulta respectiva en el RTBF, un instrumento establecido por la Ley N°9416 para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal y por el Decreto N°41040-H Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, con el fin de fortalecer la lucha contra el fraude fiscal, la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo.

Sergio Rodríguez, director del ICD: ““Recordemos que esto es un esfuerzo conjunto que refleja un compromiso firme frente a los delitos de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y delitos conexos”. (Foto: Cortesía del ICD)

“La información solicitada puede ser consultada por cualquier persona a través de la consulta pública disponible en la plataforma de Central Directo, donde, por medio del siguiente enlace: https://www.centraldirecto.fi.cr/Sitio/RbfPublicoConsultas/ConsultaCiudadana/Index

y con la cédula jurídica de una sociedad, puede consultarse por período, si una persona jurídica ha cumplido o no con la obligación de declarar ante el RTBF”, dijo Rodríguez.

“En esta consulta, le refleja un mensaje limitado de confirmación si la persona jurídica ha cumplido o no con la presentación de la información”, agregó.

“Al hacer la consulta, el mensaje es el siguiente: La persona jurídica con la identificación 3-101-288940 y razón social Friedrich E. F. Hey A Professional Corporation Sociedad Anónima está inscrita y tiene plazo social vigente. No obstante, a la fecha de esta consulta no ha enviado la declaración en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, para el periodo 2021. Fecha y hora de la consulta: 25/03/2022 06:33:45 a.m.”, agregó el funcionario.

Según reportó el diario La Nación, el 22 de marzo pasado, Friedrich Hey es un alemán de 63 años, quien realizó una donación de $3.000 al fideicomiso del candidato del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), a pesar de que el artículo 128 del Código Electoral de Costa Rica prohíbe financiar gastos electorales con contribuciones de extranjeros.

En esa legislación también se establecen penas de prisión de dos a cuatro años de cárcel para quien viole esta regla y para el tesorero del partido político que reciba los aportes.

UNIVERSIDAD intentó obtener la versión de Hey en dos ocasiones. Primero, el viernes por la tarde, cuando nos respondió una señora, quien nos dijo que Hey acababa de salir. La segunda, el lunes 27 de marzo, alrededor de las 7:30 a.m., cuando él mismo contestó el teléfono, nos identificamos, pero, antes de poder hacerle cualquier pregunta, Hey respondió: “Mire, ahora no estoy dispuesto a dar declaraciones” y cortó la comunicación.

El RTBF es un sistema informático desarrollado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), mediante el cual las personas jurídicas y otras estructuras como fideicomisos, administradores de recursos de terceros y organizaciones sin fines de lucro suministran información para registrar a sus participantes —socios accionistas, cuotistas u alguna otra denominación dependiendo del tipo de personería—, partes que conforman un fideicomiso u otros miembros administrativos de estructuras jurídicas, etc. y sus beneficiarios finales, así como otra información relevante que permita un control eficaz en la lucha contra el fraude fiscal, la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo.

Además, según explica el sitio oficial del ICD, la información que recibe el RTBF permite revelar la verdadera capacidad económica de los obligados tributarios, de acuerdo con las causas establecidas por la ley.

Se considera “beneficiario final” a aquella persona física que posea cualquier tipo de control efectivo final sobre una persona jurídica o estructura jurídica o cadenas de titularidad sobre estas, o que recibe beneficios de estas, sea a través de a) poseer un control directo o indirecto por titularidad de participaciones sustantivas en el caso de personas jurídicas; b) por figurar dentro de las partes de un fideicomiso; c) por ejercer una influencia sustantiva; d) en última instancia, si de las condiciones anteriores no se determina ningún beneficiario final, se puede llegar a considerar como tal a quien tenga el puesto directivo principal.

Desde el año 2019, los sujetos obligados deben cumplir anualmente con el suministro de información en el mes de abril de cada año.

La declaración extraordinaria debe presentarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la inscripción o asignación de cédula y, en caso de que esto ocurra dentro del mes de abril, podrán disponer de los 20 días hábiles o del mes de abril para hacerlo.

El alemán Friedrich Hey está registrado como abogado en el estado de Nueva York, Estados Unidos de América, “a cargo de Lexin Corp”.

La “Resolución Conjunta de Alcance General” emitida por el Ministerio de Hacienda y el ICD establece que deberán suministrar la información directamente en el RTBF las siguientes personas jurídicas: 3-101 Sociedades anónimas, 3-102 Sociedades de responsabilidad limitada, 3-103 Sociedades en comandita, 3-104 Sociedad en nombre colectivo, 3-105 Empresas individuales de responsabilidad limitada, 3-106 Sociedades civiles, 3-108 Sociedades Profesionales, 3-012 Sociedades extranjeras con cédula jurídica nacional.

Además, los obligados deben tener disponible la información en caso de que la Administración Tributaria o el ICD así se la requieran.

Los datos a suministrar incluyen la composición total del capital social, identificación de la totalidad de sus participantes —accionistas en el caso de las sociedades anónimas— y beneficiarios finales.

También la distribución de los derechos de voto, quien o quienes poseen el derecho a designar o cesar a la mayor parte de los órganos de administración, dirección o supervisión y quien o quienes poseen la condición de control en virtud de sus estatutos.

En el caso de las personas jurídicas, cuya participación sustantiva del capital social pertenezca a entidades jurídicas domiciliadas en el extranjero, deben proveer los poderes otorgados en Costa Rica para el desarrollo de la actividad.

Están obligados a entregar esta información al RTBF las personas jurídicas con capital social vigente y/o las que tengan asignado un número de cédula jurídica por el Registro Nacional,

los administradores de recursos de terceros, las organizaciones sin fines de lucro y

los fideicomisos privados, incluyendo los fideicomisos extranjeros que tengan cédula jurídica asignada por el Registro Nacional y realicen actividades en Costa Rica.

Rodríguez informó que “el porcentaje de obligados que han declarado (al RTBF) se considera alto, el cual ronda el 87%, eso demuestra el compromiso de las empresas y de la ciudadanía de cumplir con la Ley N° 9416”.

“Recordemos que esto es un esfuerzo conjunto que refleja una evolución de las jurisdicciones que asumen un compromiso firme frente a los delitos de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y delitos conexos en donde se genera una posición comprometida frente a la comunidad internacional”, añadió.

El Director del ICD enfatizó que “esta gran gestión lleva al país por un camino a la transparencia de las corporaciones que se instalan aquí y que la información se encuentre disponible, así como se pueda atender la cooperación internacional cuando se promueven investigaciones entre autoridades del orden público”.

“Este tipo de proyectos reflejan la importancia de que la lucha contra el lavado de dinero es una responsabilidad de todos, sector público y privado en su conjunto”, añadió.

En cuanto al procedimiento que debe seguir ahora el ICD con los omisos en presentar la información al RTBF, como es el caso de Friedrich E. F. Hey A Professional Corporation Sociedad Anónima, Rodríguez respondió que “compete al Ministerio de Hacienda el proceso sancionador sobre los incumplidores por no presentar la declaración ante el RTBF. No es competencia del ICD”.

Por su parte, la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda respondió a UNIVERSIDAD que esta entidad “debe aplicar lo regulado en el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que corresponde a una sanción pecuniaria y una sanción impropia”.

“De acuerdo con esta normativa, quien incumple dentro del plazo debe pagar una multa proporcional del 2% (dos por ciento) sobre los ingresos brutos del impuesto a las utilidades, correspondientes al periodo anterior a aquel en que se produjo la infracción”, dijo el ministerio.

“Además, el Registro Nacional no emitirá certificaciones de personería jurídica o inscribirá documentos a quien no se encuentre al día con esta declaración. Asimismo, los notarios públicos deberán consignar este incumplimiento en los documentos que emitan”, agregó.

Generar la lista de incumplidores con el RTBF también es una competencia del Ministerio de Hacienda.

El 22 de marzo pasado, el diario La Nación dio a conocer que el fideicomiso administrado por “ATA Trust Company S. A.”, del candidato del PPSD, fue creado por el propio Rodrigo Chaves y por el empresario Jack Loeb en febrero del 2021.

El aporte de Hey se produjo el 1 de julio del mismo año con la descripción “Hey Friedrich/Donación Hey” y entró a las cuentas de la empresa administradora del fideicomiso.

Cuando el diario le consultó sobre el tema a Arnoldo André Tinoco, del bufete Lexin Corp, cercano colaborador de Rodrigo Chaves y presidente del fideicomiso ATA Trust, luego de que ambos ofrecieron una conferencia de prensa en el hotel Aurola, en San José, Tinoco respondió que “Friedrich es un ciudadano que tiene residencia, tiene dos hijos costarricenses y participó en un inicio (con Costa Rica Próspera). Fue en febrero o marzo”.

Sin embargo, ante la corrección que le hiciera el diario, reconoció que “bueno, si aparece en julio, fue en julio”.

Según el sitio de internet Opengovny (Gobierno abierto, de Nueva York), Friedrich Ewald Hey registra un domicilio en Costa Rica a cargo de Lexin Corp, la firma de asesoría legal de Tinoco.

Además, allí se dice que Hey “es un abogado registrado en la oficina de Administración de la Corte, del Sistema Unificado de Cortes del Estado de Nueva York. El año de admisión es 1991. El estatus es que debe re-registrarse en 30 días. El nombre del patrono es C/O (care of o “a cargo de”) Lexin Corp”.

Por otra parte, según el Registro Público de Panamá, la firma Friedrich E. F. Hey A Professional Corporation Sociedad Anónima también está registrada en esa jurisdicción con el número 155599812 y Hey figura como su presidente y director, mientras que, como agente legal, se inscribe al bufete Sucre, Arias y Reyes.

Según Opencorporates (The Open Database Of The Corporate World), la firma tiene un puntaje de 5.96, en una escala de 0 a 10, en el índice Basilea Anti-Lavado de Dinero.

La Junta Directiva de Corporación Prival Costa Rica S. A., según aparece en su sitio oficial de Internet.

 Capitales panameños: viejos conocidos en tiempos electorales

El panameño Juan Carlos Fábrega Roux preside la Junta Directiva de la Corporación Prival S.A. y sus subsidiarias Prival Bank S.A., Prival Securities Puesto de Bolsa S.A. y Prival Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., todas en Costa Rica, mientras que el vicepresidente de esta corporación es Jack Frederick Loeb Casanova, creador, junto con el candidato del PPSD, Rodrigo Chaves, del fideicomiso “ATA Trust Company S. A.”, que financió la precampaña y parte de la campaña de ese partido.

Además, Loeb aportó otros ₡127 millones mediante una segunda cuenta paralela a nombre de Sofía Agüero Salazar, hija del diputado electo por el PPSD, por San José, Waldo Agüero, según reveló ayer el diario La Nación.

En las elecciones costarricenses de 1998, Fábrega Roux formaba parte de la junta directiva del ya desaparecido Banco Banex, que aportó como tal $25 mil a la campaña del entonces candidato presidencial Abel Pacheco, dinero que no fue debidamente reportado ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

“En su momento, el asunto se envió al Ministerio Público, porque podía constituir una eventual conducta delictiva, con la salvedad de que, en esa época, no existía la legislación actual”, dijo Andrei Cambronero, letrado del TSE, ante nuestra consulta sobre ese caso.

“Regía un código aprobado en los años 50 del siglo XX, que no tenía los correlatos sancionatorios que tiene el de hoy. De hecho, en su momento, don Óscar Fonseca, que entonces presidía el tribunal, se refería a esa legislación como una “sin dientes”, no existía el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y el sistema de control y fiscalización estaba partido entre la Contraloría General de la República y el tribunal. Todo eso vino a cambiar paradigmáticamente en el 2009”, agregó.

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