País Tendrán 8 días hábiles

Empleo Público volverá a consulta con Corte, universidades, CCSS, municipalidades y otras instituciones antes de primer debate

PLN lidera informe mayoritario que se votará este lunes antes de las consultas. “Por supuesto que se resuelven todas las inconstitucionalidades que fueron esbozadas por la Sala Constitucional”, asegura presidenta de Comisión de Consultas de Constitucionalidad, Ana Lucía Delgado

El proyecto de Ley Marco de Empleo Público (21.336) tendrá que ser consultado nuevamente con la Corte Suprema de Justicia; las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS); todas las Municipalidades y las “instituciones públicas descentralizadas que no se encuentren en competencia”, después de este lunes.

Tendrán 8 días hábiles para enviar sus respuestas, según dicta el reglamento. Cumplido este plazo, el proyecto recibiría su debate a partir del lunes 22 de noviembre.

El primer debate también significa la posibilidad de una nueva consulta a la Sala IV, con temas que no se hayan incluido en la primera consulta y por la cual la Comisión de Consultas de Constitucionalidad intervino el texto.

Hasta ahora, el plan que lidera la fracción mayoritaria de Liberación Nacional —y en la que cuentan con apoyos de Restauración Nacional, el Partido Acción Ciudadana y los independientes de Nueva República, entre otros— es aprobar un informe de mayoría de la Comisión de Consultas. Esto ocurrirá la tarde de este lunes, a partir de las 2:45 p. m.

Desde el 20 de octubre, dicha Comisión aprobó remitir “a consulta obligatoria a los entes y órganos indicados” por un informe de Servicios Técnicos. Este departamento técnico de la Asamblea Legislativa enumera la necesidad de una “consulta preceptiva, una vez modificado el texto, a cinco entes públicos: Corte, universidades, CCSS, municipalidades e instituciones descentralizadas que no estén en competencia.

Esto ocurrirá porque existen nuevos cambios sobre las competencias que tendría el Ministerio de Planificación (Mideplan) sobre el Sistema General de Empleo Público.

“Al no declarar inconstitucional el artículo 2 de su aplicación, la Sala lo que señala es que se crea de manera incorrecta una potestad de dirección en Mideplan, en el Poder Ejecutivo. Que se vació el principio de separación de poderes y que, también, se vació el principio de autonomías referidas a las universidades, municipalidades y a la Caja Costarricense del Seguro Social. Todo lo que estaba dirigido a esa rectoría de Mideplan queda a disposición, ahora, de las instituciones”, explicó la liberacionista Ana Lucía Delgado a UNIVERSIDAD, presidenta de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad.

La solución de los diputados, es que en el artículo que define a Mideplan como rector del “Sistema General de Empleo Público” ahora aparecen excluidas las relaciones de empleo con quienes desempeñan funciones o labores “exclusivas y excluyentes  para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa”.

“La salvaguarda establecida permite tomar de la misma sentencia integral que todo el personal con funciones “exclusivas y excluyentes” de las instituciones a las que les vaciaron los principios pueden tener ellos mismos la disposición en materia de Empleo Público”, explicó Delgado.

“Por supuesto que se resuelven todas las inconstitucionalidades que fueron esbozadas por la Sala Constitucional”, dijo Delgado en la entrevista con este semanario.

El informe de mayoría impide que el proyecto vuelva a un trámite previo, como el trámite de la Comisión ordinaria, donde podrían proponerse otras soluciones para el proyecto.

Existe, no obstante, un único informe minoritario que solo cuenta con la firma del socialcristiano Pedro Muñoz que pide exactamente eso: que se acoga la sentencia de Sala IV en su totalidad y el texto de Empleo Público vuelva a Comisión para ser modificado.

UNIVERSIDAD consultó a Delgado sobre la imposibilidad de volver a enviar el proyecto a Comisión o “retrotraer” el plan.

“No existía un vicio de procedimiento, esto fue declarado así de manera unánime por la Sala Constitucional”, respondió al respecto.

Se preguntó a la diputada Ana Lucía Deglado sobre si el proyecto podría ser nuevamente declarado inconstitucional porque ahora se incluyó al Poder Legislativo dentro del ámbito de cobertura.

“Yo creo que no”, respondió Delgado.

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