Será el próximo miércoles 13 de diciembre que la Sala Constitucional, a doble sesión, verá las dos acciones de inconstitucionalidad que se han presentado contra la reforma al Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
Así se informó mediante un comunicado se detalló que se trata de los expedientes 19-024589-OOO7-CO y 22-014613-OOO7-CO.
Ello implica un atraso de más de dos meses, pues para resolver esos asuntos la propia Sala convocó a las partes a una vista que se realizó el 5 de octubre y la Ley de la Jurisdicción Constitucional establece en su artículo 86 que “la Sala debe resolver la acción de inconstitucionalidad dentro de un término máximo de un mes, a partir de la fecha en que concluya la vista”.
La cuestionada reforma se realizó en 2018 y los principales cuestionamientos presentados ante la Sala IV, tanto por personas trabajadoras del Poder Judicial como las coadyuvancias presentadas por organizaciones gremiales, se enfocan en el Transitorio VI de la reforma, que determinó un periodo de 18 meses para que las personas que cumplían con las condiciones anteriores pudiesen jubilarse.
Precisamente la diferencia para cumplir con los requisitos para jubilarse de esas condiciones anteriores son significativas, pues las personas trabajadoras del Poder Judicial pasaron de poder jubilarse a los 60 años de edad o 30 de servicio, a tener que hacerlo a los 65 años de edad y 35 de servicio.
Durante la vista realizada el 5 de octubre, la abogada accionante Karol Monge esgrimió el argumento de que cuando se aprobó la reforma en la Asamblea Legislativa “de manera arbitraria y sin sustento técnico y por ende inconstitucional” se estableció el mencionado plazo de 18 meses y con ello “se ha discriminado a la población judicial, que tenía un proyecto de vida en cuanto a su jubilación”.
Jorge Luis Morales García, secretario de actas del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), en ese momento aseveró que “va a ser fundamental para todo el Poder Judicial” lo que resuelva la Sala Constitucional.
Arbitrariedad para establecer 18 meses de transición en reforma a pensiones del Poder Judicial puede inclinar balanza en Sala Constitucional
En vista realizada esta mañana quienes cuestionan la medida transitoria alegaron con insistencia la falta de criterios técnicos con que se estableció, mientras que la PGR esgrimió que ese periodo fue establecido por la misma Sala IV desde 1992.