País

Director del ICD eliminó obligación de registro para manejar el hidrocarburo que contaminó el agua

Fernando Ramírez ordenó que para adquirir o manejar productos de la lista 3 -en la que se incluye el xileno- se requiriera solo un permiso de funcionamiento o certificado veterinario de operación, que antes requería registrarse ante las autoridades

Por orden del director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), Fernando Ramírez, desde diciembre del 2023 quedó sin efecto el requerimiento de que las industrias o personas que compraran o utilizaran productos de la “lista 3” se registraran ante las autoridades.

La mencionada lista es un catálogo de sustancias entre las que se cuenta el xileno, hidrocarburo con el que se contaminó el agua que llega a los cantones de Tibás, Moravia Goicoechea y Montes de Oca.

En el oficio UCFP-COM-2142-2023, fechado el 8 de diciembre, Ramírez ordenó “dejar sin efecto la Circular UCFP-CIR-001-2022” referente a las sustancias de lista 3.

El oficio especifica que la anulación de la mencionada directriz implica que “cuando se trate de compra local de los productos de la lista 3 se requiere únicamente que posean un permiso de funcionamiento o certificado veterinario de operación que los faculte para el manejo de estos productos, sin que sea necesario el otorgamiento de una licencia o permiso por parte de la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores”.

Antes de ese momento, estaba vigente una directriz de la jefatura de Unidad de Control y Fiscalización de Precursores que establecía una serie de requisitos para las industrias que manejan estos químicos.

Así, antes de diciembre quienes adquirieran 200 kg o menos al año de las sustancias listadas debían tener permiso sanitario de funcionamiento vigente emitido para “una actividad que justifique el uso de la(s) sustancia(s) de lista 3”.

Además debían registrar las ventas y registrarse ante la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores y reportar movimientos de las sustancias así como la producción y venta de los productos terminados.

Entre los productos de la lista mencionada está el acetato de etilo, alcohol etílico, amoniaco carbonato de calcio y xileno, que se utiliza como disolvente en la imprenta, en las industrias de caucho y cuero, agente de limpieza, diluyente de pintura, en pinturas y barnices, y es esencial para la fabricación de fentanilo.

UNIVERSIDAD intentó obtener el razonamiento del ICD para esta directriz, pero al cierre de esta nota aún no hay respuesta de parte de la entidad, que funciona bajo el Ministerio de la Presidencia.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido