País

Creación de un tribunal de ejecución de la pena costaría más de 280 mil millones al año

Propuesta es incluida en proyecto de ley que atiende importantes vacíos en el tema requerirá de 38 votos para su aprobación, pues Corte Plena determinó que incide en su organización y funcionamiento.

Un proyecto de Ley de Ejecución de la Pena, que llena importantes vacíos en el cumplimiento y conclusión de sentencias penales, enfrenta el importante obstáculo de que su aplicación implicaría un gasto más que significativo para el Poder Judicial.

Ese proyecto incluso llegó a ser aprobado en primer debate por la Asamblea Legislativa y ahora un nuevo texto sustitutivo fue estudiado por el Poder Judicial, específicamente por la magistrada Patricia Solano, quien concluyó este lunes en su informe ofrecido ante Corte Plena que la iniciativa en efecto incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, por lo que su eventual aprobación requerirá de 38 votos en el parlamento.

Una de las principales razones para ello es que se crearía un tribunal de ejecución de la pena, lo cual “parece positivo en tanto se puede centralizar y especializar un tema tan importante”, expresó Solano, pero subrayó que ya para una consulta anterior del mismo proyecto se solicitó a la Dirección de Planificación del Poder Judicial un informe para prever el costo que ello acarrearía.

“Resulta que tiene un costo económico importante” dijo Solano y citó que la mencionada Dirección determinó que para el año 2022, la creación de este tribunal con jueces o juezas categoría 4, hubiera representado en términos del recurso humano un monto anual aproximado de ¢269.245 millones, a lo que debe sumarse poco más de además un monto de ¢9.082 millones para mobiliario y equipo electrónico, así como debiera sumarse también lo necesario para el espacio físico, soporte tecnológico y gastos de otros despachos.

El proyecto se tramita bajo el número de expediente 21.800 y Solano recordó que desde su despacho se colaboró con la redacción original del proyecto, que consideró responde a “una deuda histórica de la legislación penal”.

Dijo que el proyecto tiene el objeto de regular las sanciones penales y las medidas de seguridad dispuestas por tribunales y que otorga al Ministerio de Justicia la facultad para que “administrativamente pueda variar la modalidad de ejecución de las penas por razones de oportunidad o humanidad” a personas cuya sentencia sea de menos de 10 años, con excepciones como tráfico de drogas, de órganos o algunos delitos sexuales.

Solano sin embargo destacó que “existen muchos delitos de gravedad con penas menores a diez años” y citó el caso de abusos sexuales contra personas mayores de edad, que se castigan con penas de apenas tres a seis años. “En este caso la administración penitenciaria puede reubicar a la persona sentenciada sin siquiera una consulta judicial”.

El informe de Solano fue acogido por unanimidad.

 

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