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Corte Plena hace serios cuestionamientos a proyecto de ley que crea registro de personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad

Propuesta dispone que la información confidencial sea accesible para empresas privadas de la educación o la salud, además de que obliga a personas sentenciadas a enviar información durante 50 años.

La preocupación porque algunas disposiciones riñan con resoluciones de la Sala Constitucional, así como el oneroso peso que supondría para el Registro Judicial implementarlo, figuran entre las razones por las que fue evidente la preocupación en Corte Plena ante el proyecto de “Ley para creación de registro público de los sentenciados por delitos sexuales, trata de personas y turismo sexual”.

Esa iniciativa fue presentada por la diputada de Nueva República Gloria Navas y se tramita bajo el número de expediente 23.886.

Durante la sesión de la mañana de este lunes de Corte Plena, la magistrada de la Sala III Sandra Zúñiga ofreció su informe respecto al proyecto y determinó que afecta organización y funcionamiento del Poder Judicial, en primer lugar por la recarga de trabajo que representa para el Registro Judicial, instancia que ya se encarga de certificar situaciones como antecedentes penales, temas de pensión alimenticia o, por ejemplo, la Dirección de Migración y Extranjería le consulta impedimentos de salida del país.

El proyecto de ley en cuestión pretende crear como su nombre lo dice un registro público de personas que han sido condenadas por delitos sexuales contra niñas, niños y jóvenes, según detalló la Magistrada, lo cual “implicaría cambios en la estructura” del Registro Judicial.

Zúñiga explicó que esta iniciativa crea dentro del Registro Judicial un módulo especial dedicado en exclusivo al tema señalado, por lo que “adiciona funciones a las que ya actualmente tiene el Registro Judicial. Al adicionar este módulo especial y dar nuevas tareas o atribuciones es evidente necesidad de dotación presupuestaria para contratación de recurso humano”.

Según explicó la magistrada, esa instancia actualmente cuenta con 17 personas funcionarias, incluida la jefatura, lo cual incide en que “apenas dan para cubrir los servicios”.

El proyecto autoriza a todas las instituciones del Estado, incluidas las autónomas, a “cooperar” con este nuevo registro, tanto con fondos como con personal, pero “lo cierto es que es difícil pensar en esa alternativa cuando sabemos de los recortes presupuestarios que se hacen a todas las instituciones”.

Además, la nueva iniciativa generaría “un cúmulo de trabajo importante”, pues implica actualizaciones constantes, cada vez que haya cambio de domicilio, de trabajo, o una salida del país.

También pesaron otro tipo de consideraciones. Por ejemplo, la magistrada observó que el artículo 5 de la propuesta establece que ese registro de ofensores sexuales se vinculará al Patronato Nacional de la Infancia(PANI), a Emergencias del 911, las municipalidades, Instituto Costarricense de Turismo (ICT), todos los cuerpos policiales, así como instituciones públicas y privadas de educación y de salud.

“No deja de llamar la atención que aún cuando en otros países se ha implementado, el acceso siempre es limitado a autoridades competentes como las policiales, aquí se abre al sector privado”, observó Zúñiga.

Por otra parte, la magistrada también subrayó que la propuesta dispone que una vez que la sentencia queda en firme, las personas culpadas durante 50 años deben informar año a año su situación, como cambios de domicilio. Expresó que ello “se podría interpretar como otro tipo de sanción casi de por vida, que estigmatiza a las personas, generando desigualdades relacionadas con otros sentenciados incluso por delitos de la misma naturaleza, por ejemplo violaciones”.

En ese punto, Zúñiga no dejó de observar que si se trata de violaciones contra mujeres adultas, “no tiene relevancia para este registro, solo interesa las que se dan en perjuicio de menores, sin considerar el daño social en otras conductas delictivas”.

Al retomar el tema de ese periodo de 50 años, afirmó que “como también lo hizo ver la jefa de Registro Judicial, casi que se habla de una extensión perpetua de la pena, riñe con principios democráticos como la igualdad ante la ley y la prohibición de penas perpetuas” establecido en el artículo 40 de la Constitución Política.

El informe de Zúñiga quedó aprobado en informe sin objeción alguna.

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