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Contraloría acoge objeciones del Colegio de Médicos y de posibles oferentes sobre tiempos de atención en EBAIS

En el expediente, explicó Alfredo Aguilar de la División de Contratación Administrativa de la CGR, no hay suficiente fundamento técnico y jurídico para mantener la cláusula del cartel de licitación que indica que los médicos deberán, en consulta externa o ambulatoria, atender a cinco usuarios por hora,

La Contraloría General de la República acogió las objeciones, tanto del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica como de varios oferentes de servicios de salud sobre los tiempos de atención a pacientes, que establecía la institución en un cartel de licitación para la contratación administrativa en la prestación de los servicios integrales de primer nivel de atención en 10 áreas de salud.

El cartel original, contra el que se interpusieron los recursos de objeción, indicaba en su cláusula 5.4 que tanto en consulta externa como ambulatoria, la persona médica deberá cinco usuarios por hora, lo que implica atender a cada paciente en 12 minutos, o menos.

Esa fue una de las objeciones que llevaron a la CGR a declarar parcialmente los recursos, interpuestos por el mencionado colegio, la Asociación de Servicios Médicos Costarricenses, la Cooperativa Cogestionaria de Salud de Santa Ana, la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Integrales de Salud, la Cooperativa Autogestionaria de Servidores para la Salud Integral y la Cooperativa de Autogestion de Servicios Integrados de Salud de Barva.

Otros temas considerados y objetados por los posibles oferentes para atender los los Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (EBAIS) y las agrupaciones de profesionales fueron los rebajos, el mantenimiento de la infraestructura, la subcontratación, las sanciones pecuniarias y los servicios de laboratorio, según detalló Alfredo Aguilar, Gerente Asociado de la División de Contratación Administrativa de la CGR.

En cuanto al tiempo de atención de pacientes, “luego del análisis técnico correspondiente, se declararon parcialmente con lugar los recursos, considerando que dentro del expediente no se desprende que exista suficiente fundamento técnico y jurídico para mantener la cláusula cartelaria en los términos actuales”, dijo el funcionario.

Además detalló que ahora le corresponde a la Caja Costarricense de Seguro Social ampliar el análisis, si pretende sostener su posición y mantener la vigencia de los 12 minutos por paciente.

Así, la CCSS deberá exponer los criterios tanto técnicos como jurídicos para establecer que esa es la cantidad de pacientes idónea por hora y además, deberá detallar la forma en que esa medida “no desmejora” la calidad de la atención que deben brindar los médicos, con el fin de no afectar el derecho fundamental a la salud de las personas usuarias.

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