País

CCSS revisará recusación contra tres directivos el jueves de la próxima semana

Sobre este tema, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, aclaró que la recusación es contra tres miembros de la Junta Directiva, quienes también representan a organizaciones que prestan dinero a los 11 mil trabajadores afectados

La presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Marta Esquivel, indicó este miércoles que la Junta Directiva revisará la próxima semana una recusación contra tres de los directivos relacionada con la votación de la implementación del salario mínimo inembargable a los trabajadores de la institución. 

“Yo el documento lo conocí estos días. Esa solicitud es una recusación contra algunos miembros de la Junta. El tema lo vamos a revisar de este jueves en ocho (…) Yo desde que ingresé a la Junta Directiva solicité un recurso de revisión de ese acuerdo que rechazaba el respeto al salario mínimo inembargable”, indicó Esquivel refiriéndose a una solicitud presentada por trabajadores de la institución.

La jerarca indicó que este tipo de recursos se presenta cuando alguna parte se siente afectada por la participación de personas que podrían tener un conflicto de intereses en la toma de decisiones. 

“En este caso algún trabajador que está en esta condición presenta esa solicitud para que personas que estima tienen algún interés en la decisión, no voten”, indicó Esquivel. 

Sobre este tema, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, aclaró que la recusación es contra tres miembros de la Junta Directiva, quienes también representan a organizaciones que prestan dinero a los 11 mil trabajadores, los cuales están siendo muy perjudicados por las deducciones. 

Además recordó que la presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Esquivel, cuando fue ministra de Trabajo, le hizo ver a los directivos que la no implementación representaba una violación a acuerdos internacionales y la Constitución Política.

El concepto de «salario mínimo inembargable» significa que no es posible aplicar rebajos (por embargos judiciales, deudas de operaciones crediticias, cuotas de afiliación, entre otros) por debajo del salario mínimo establecido, excepto los que corresponden a pensiones alimentarias.

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