Opinión

Una curul parlamentaria para nuestros pueblos indígenas

En el tema de los pueblos y territorios indígenas costarricenses pretendo responder al llamado del historiador Héctor Pérez Brignoli a los “Humanistas” para colaborar en la formulación de utopías, ante desafíos propios y de la región centroamericana, como históricamente las tuvieron los liberales, los socialistas o los anarquistas integrados en nuestros sistemas políticos y de administración pública. Es reconfortante y aleccionador para los geógrafos que creemos en el binomio Geografía e Historia escuchar a un historiador explorador viendo hacia el futuro y hablando de desafíos y de utopías.

La presente propuesta se basa en la omisión sustantiva de la presencia de los pueblos indígenas en proyectos de ley importantes, como el N°20127 del grupo Poder Ciudadano Ya (PCY) para favorecer electoralmente a los ciudadanos pobres rurales y costeros, aumentando a 84 las curules de la Asamblea Legislativa, olvidando que nuestras regiones periféricas albergan pueblos indígenas histórica y políticamente aún más marginados. Por otra parte, según el artículo 108 de la Constitución, para ser diputado se requiere ser costarricense por nacimiento o por naturalización con diez años de residencia en el país  después de haber obtenido la nacionalidad, además de haber cumplido  veintiún años de edad. Abundan indígenas costarricenses que cumplen sobradamente con estos requisitos (solo para citar algunos: Alejandro Swaby, Oldemar Salazar, Daniel Leiva, Hugo Lázaro, Enrique Rivera, Sediel Delgado, Ceferino Morales, Alí García Segura y muchos otros, más jóvenes y con instrucción universitaria incluida).

Es necesario considerar “que la planilla total de la Asamblea Legislativa  es muy alta en proporción al número de legisladores, y su presupuesto es también bastante alto en comparación con otros países de 5 millones de habitantes o menos” (Proyecto de Ley N°20127 de PCY). Lo anterior acarrea un aumento innecesario en términos de planilla y  de presupuesto.

Los territorios indígenas han logrado un reconocimiento oficial en Costa Rica bajo el concepto de Reserva Indígena (algunas de gran extensión, sumadas todas no distan mucho de nuestras provincias constitucionales y oficiales de menor superficie). Estos pueblos enfrentan conflictos serios de choque de culturas por el vacío de políticas institucionales en el ICE y otras instituciones similares para generar un diálogo sincero y respetuoso, en un marco de nación multicultural en el manejo responsable y mutuamente beneficioso de la gran riqueza, no solo cultural, sino también de recursos naturales como el agua y la biodiversidad, fundamentales para el bien común.

El desafío y la responsabilidad de procurar la utilización racional de esos recursos naturales y terminar con la explotación destructiva y desperdiciada de los mismos deben ser compartidos y de mutuo beneficio. Se requiere paciencia, recursos, mucho respeto y una consulta más descentralizada y deliberativa. Incluye generar un fondo de Desarrollo Integral de la Cultura Indígena para becas, compra de tierras, etnoturismo, educación y salud; junto a una autoridad política que operaría como una especie de relator oficial indígena ante el Estado costarricense.

La Ley de Planificación Nacional N°5525 y el Subsistema Regional de MIDEPLAN deberían facilitar, por la vía de su representación ante la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa (DTA) y su potestad de proponer nuevas provincias o regiones (para adaptarse al artículo 106 constitucional), el ascenso al poder político para los pueblos indígenas, creando un Distrito Electoral Uninominal Indígena (DEUI), según el modelo propuesto por PCY. Cada partido político podría presentar, ante los pueblos indígenas costarricenses, un candidato auténticamente indígena y con residencia comprobada en un  territorio indígena.

La propuesta de grupo PCY, y su poderoso argumento de que “el sistema para elegir  a los diputados se ha mantenido estático, mientras que Costa Rica ha crecido 5 veces en población”, propone “transformar el sistema costarricense  de elección por listas cerradas en un sistema mixto proporcional (SMP), basado en el modelo instaurado en Alemania  en 1949 y en Nueva Zelanda en 1994 ( Proyecto de Ley N°20127 de PCY), en busca de una Representación Proporcional Personalizada (RPP) por “distritos electorales Uninominales (DEU)”, con candidatos a diputado nominales y no por lista de partidos. En ese esquema se podría garantizar al menos una curul para nuestros pueblos indígenas en la Asamblea Legislativa (mediante reforma del artículo 106 de la Constitución Política).

Al amparo de la Ley Nacional de Planificación N°5525 y una eventual Ley de Autonomía Indígena, se promovería la participación y, sobre todo, la deliberación descentralizada de pequeños proyectos: de etnoturismo, aprovechamiento del cultivo de cacao, bananos, el frijol etc., con apoyo de las ONG de confianza de los pueblos indígenas. Esta utopía se podría convertir a imágenes objetivas (planes y proyectos) en un corto plazo si permitimos la reelección sucesiva de 3 períodos en total (PCY) del indígena diputado, con residencia o vecindad comprobada en un “territorio indígena” legalmente establecido.

Advierto que no comparto la cantidad de 84 diputados , como propone PCY, pero sí su modelo de DEU, sin listas de Partido, para aumentar las curules de la Asamblea Legislativa en 10 más. Una para un diputado indígena y otras nueve para un diputado por provincia o región, con residencia comprobada, quien asumiría la presidencia de la Agencia de desarrollo Regional (AREDES) creadas recientemente según Proyecto de ley N° 22363 de Desarrollo Regional, aprobado en la Asamblea Legislativa, tema para otro artículo.

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