Opinión DERECHO DE RESPUESTA

Seis razones por las cuales las publicaciones  del Semanario Universidad sobre el ROPC son imprecisas y falsas

Las Operadoras de Pensiones rechazan la publicación realizada por el Semanario Universidad, el 12 de abril del 2023, titulada “Operadoras pagaron más de 30.700 millones a intermediarios por gestionar inversiones que generaron pérdidas”; la cual contiene graves errores de interpretación y descontextualización de datos. Por lo tanto, se aclara lo siguiente:

  1. Sobre el supuesto pago de ₡700 millones a intermediarios por gestionar inversiones. Esa afirmación es incorrecta. ¿Por qué?

Para realizar su reportaje, las periodistas Daniela Muñoz y María Nuñez, cometieron el error de sumar la comisión anual correspondiente a un 0,35% por administración de todas las Operadoras de Pensiones para el período 2022, que corresponde al costo por administrar el fondo del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC)  de todas las Operadoras y que está definida y regulada por ley, llegando a interpretar que ese monto, que suma ₡30.700 millones, correspondía al pago de comisiones a intermediarios financieros en el año 2022, lo cual es incorrecto.

En los estados de resultados del ROPC, los estados financiaron contienen unas notas, las cuales detallan el origen del cobro de comisiones. Esas notas, en efecto, indican que el monto se refiere a la comisión del 0,35% que las operadoras requieren para cubrir sus costos de operación. Esos estados financieros están debidamente auditados por los respectivos auditores contratados por cada Operadora.

¿Cómo se llegó a determinar el error? En la publicación se indica el monto, en millones de colones, que cada Operadora habría pagado a los intermediarios; siendo que esos montos son idénticos al monto por comisiones del 0,35% que cada una de las Operadoras Pensiones mencionadas en el reportaje recibió por administración del ROPC en el 2022, y que está expresado en los estados financieros de cado una de ellas y explicado por medio de las notas a dichos estados. Los estados financieros son públicos y están a disposición de quien desee comprobarlos, en la página web de cada entidad y la Supen.

  1. Sobre la legalidad del uso de intermediarios o gestores de inversiones por parte de las operadoras.

Los intermediarios o gestores de valores son personas físicas o jurídicas, debidamente autorizadas por las entidades reguladoras de los mercados de valores, que prestan el servicio de compra y venta de valores, ya sea por cuenta propia o de terceros, en operaciones realizadas en las bolsas de valores o fuera de ellas. Su uso no es exclusivo de las Operadoras de Pensiones, sino que es muy común en todos los actores que conforman el ecosistema de inversiones del mundo. En Costa Rica, la contratación de estos gestores, por parte de las Operadoras, está autorizada y estrictamente regulada por el Reglamento de Gestión de Activos de la Superintendencia de Pensiones (Supen), normativa que, en su capítulo X, define los ocho requisitos que estos intermediarios deben cumplir, para que puedan ser contratados por las Operadoras. Allí se advierte que el órgano de Dirección deberá documentar, divulgar y mitigar los riesgos para la elección de los proveedores e indicar las razones por las cuales lo escogió́”. Por tanto, la práctica de emplear gestores o intermediarios es normal y legamente posible y no existe nada turbio o ilegal en los servicios brindados por estas entidades, como lo hace ver la publicación a la que damos respuesta.

¿Por qué se contratan intermediarios financieros? El costo para la Operadora de realizar, por cuenta propia, la compra y venta de instrumentos en las bolsas de valores dentro o fuera de las fronteras, por medio de plataformas tecnológicas de negociación, normalmente es más oneroso que hacerlo mediante intermediarios, los cuales cobran comisiones muy bajas por el servicio a las Operadoras de Pensiones por ser inversionistas institucionales y administrar grandes cantidades de recursos.

Al administrar las Operadoras de Pensiones dinero de las costarricenses, están obligadas a garantizar la administración responsable y eficiente de los fondos. Una manera de invertir, velando por el resguardo de los recursos de los afiliados, lo constituye el uso de gestores que se contratan a bajo precio y están debidamente autorizados, por los Supervisores de cada país, toda vez que ellos conocen los mercados y tienen gran cantidad de experiencia acumulada debido a las múltiples inversiones que realizan a diario.                            

  1. Sobre el supuesto cobro de hasta un 4,2% de comisión por administración de los fondos, en lugar del 0,35% establecido por la normativa.

 Esa afirmación es incorrecta. No es cierto que “por rebajo mensual, las Operadoras cobren a los afiliados doce veces el monto fijado por normativa para administrar el ROPC”.  Legalmente, eso sería imposible, pues el tope normativo es 0,35% anualizado.

Nuevamente, las periodistas erraron en la forma de calcular dicha comisión, ya que dividieron la comisión reflejada en los estados de resultados del ROPC, entre resultado del periodo del fondo administrado.

La forma correcta para realizar la determinación de la comisión por administración es tomar el activo total del fondo (total de títulos y recursos del fondo) y dividirla entre el monto de comisión total cobrada, lo que genera una comisión de 0,35%, y con ello se confirma que se está cumpliendo con la normativa vigente.

Otro posible error que cometieron en la publicación es suponer erróneamente que las Operadoras de Pensiones, cobran una comisión del 0,35% mensual, la cual multiplicada por 12, nos da como resultado un 4,2%. Insistimos la comisión de administración del ROPC autorizada a las Operadoras es de 0,35% anual, y se cobra de forma mensual.

La ley de Protección al Trabajador, que en su artículo 49, relativo a “comisiones por administración de los fondos”: estipula: “La estructura de comisiones de cada operadora u organización social deberá ser aprobada por la Superintendencia, para el efecto de velar por el cumplimiento de las disposiciones de esta ley”. Es decir, las Operadoras de Pensiones no pueden cobrar una comisión de administración del ROPC superior al 0,35% anualizado que está definida en el Reglamento Apertura y Funcionamiento. Nuevamente, una forma incorrecta al manejar los datos que genera una información que afecta la credibilidad y la confianza de los afiliados en las Operadoras de Pensiones.

La normativa definió que, a partir del 2011, el porcentaje de comisión sería hacia la baja; en ese entonces, se reconocía un 1,10% de comisión a las Operadoras; en la actualidad, ese porcentaje bajó, gradualmente, hasta un 0,35% en el año 2020, el cual es el que se mantiene en la actualidad.

La comisión de administración del ROPC que se cobra actualmente es una de las más bajas, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la FIAP.

  1. Sobre el ligamen que se hace entre el cobro de comisiones a los gestores y las minusvalías.

Nuevamente se incurre en afirmación incorrecta. No es cierto que las minusvalías del 2022 obedecen al pago de comisiones a los gestores de inversión, como se afirmó al indicar que las “pérdidas del año (2022) fueron gastos por comisiones a terceros”.

Como bien se explicó en el punto uno, el medio de comunicación consigna erróneamente que las operadoras pagaron, entre todas, ₡30.700 millones de comisiones a intermediarios, cuando, más bien, ese monto refiere a las comisiones que dichas Operadoras recibieron de los afiliados por concepto de administración del ROPC.

No tiene relación el pago de comisiones a gestores de inversiones nacionales o internacionales, que hace el Semanario Universidad, con las minusvalías presentadas en el año 2022, siendo lo correcto, como lo han afirmado la Supén, economistas reconocidos y exsuperintendentes, que han comparecieron recientemente ante los diputados; “que fue  la volatilidad de los mercados financieros globales y locales, la causa de las minusvalías vistas en los estados de cuenta de los afiliados”.

  1. Sobre el supuesto “empecinamiento de las operadoras por invertir en dólares”.

Nuevamente se incurre en afirmaciones incorrectas. Es incorrecto decir que las Operadoras de Pensiones “metieron cabeza” realizando más inversiones en el exterior.

El ROPC asciende a ₡9,4 billones y representa cerca del 10% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, por lo que el mercado local se queda corto para invertir tal cantidad de recursos. Esto, a pesar de que el 65% de los fondos del ROPC están invertidos en el mercado local, en dólares y colones, en bonos del Ministerio de Hacienda y el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

El 35% restante se tranza en dólares o monedas diferentes al colón. ¿Por qué las Operadoras invierten en dólares? Ya se ha mencionado que, dada la estrechez del mercado de valores costarricense, obliga a las Operadoras de Pensiones a invertir en el exterior, y, el mandato de las Operadoras, es pagar las mejores pensiones a sus afiliados, lo cual se logra realizando las inversiones que generen mayores réditos a esas personas. Gracias a cómo las operadoras han manejado esa inversión es que, cuando un afiliado se pensiona, el 70% de lo que recibe del ROPC proviene de los rendimientos producto de dichas inversiones.

  1. Sobre la afirmación de que la política de inversión de las Operadoras de Pensiones ha ocasionado “pérdidas”.

Nuevamente se hacen afirmaciones incorrectas. Las Operadoras de Pensiones responden a una estructura de gobierno corporativo en la que constituyen distintos comités que vigilan por que se lleve a cabo una adecuada asignación de recursos, tratando de mitigar los riesgos asociados y de generar las mejores rentabilidades a los afiliados.

Entre estos órganos destacan el Comité de Riesgo, el Comité de Inversiones y la Junta Directiva. La estructura que soporta la política de inversiones garantiza la recuperación en momentos de minusvalías.  Esto quiere decir que la existencia de dicha política de inversión, lejos de ser la causa de las supuestas pérdidas citadas por el medio de comunicación, más bien, garantiza a las personas trabajadoras la seguridad y el resguardo de sus recursos. Prueba de ello es que, desde el año 2000, cuando nació el ROPC, a la fecha, en todos los meses que las Operadoras han invertido los recursos de los afiliados, en el 90% se ha tenido plusvalías o ganancias.

Finalmente, se reitera, a las personas trabajadoras y a todos los costarricenses, la gestión transparente y oportuna de sus recursos por parte de las Operadoras de Pensiones, y se les invita a ponerse en contacto con su Operadora, en caso de dudas, o a revisar los estados financieros auditados para comprobar la verdad de nuestras palabras.

Estamos seguros de que las condiciones adversas del mercado pasarán y se superarán, como está ocurriendo, y reafirmamos nuestro compromiso de seguir haciendo crecer el patrimonio de nuestras personas afiliadas para que, tal y como lo dicta la ley, podamos recibir mayores y mejores pensiones.

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