Opinión

Administración archiva caso de estudiantes venezolanos de la UCR

La Fiscalía General de la República, la Defensora de los Habitantes, y los jueces de la Sala IV archivan el caso de la desaplicación unilateral_del_convenio_Ley_3740

La Fiscalía General de la República, la Defensora de los Habitantes, y los jueces de la Sala IV archivan el caso de la desaplicación unilateral del convenio Ley 3740 vigente desde 1966 y desaplicado a finales del 2015 unilateralmente por la Jefa de la Oficina de Cooperación Internacional, la ingeniera Leonora de Lemos, y el rector Henning Jensen. Esta decisión afecta a cientos de venezolanos y sus familias por una cuantía estimada, al 2018, entre ₡600 y ₡800 millones.

De puño y letra de la fiscal Emilia Navas Aparicio, los afectados recibieron la Razón de Archivo al ser las trece horas con cuarenta minutos del diez y seis de noviembre de dos mil diez y siete.

Firmada por Jensen, la Resolución R-390-2017, a las diez y seis horas con treinta minutos del día catorce de diciembre del año dos mil diez y siete, se rechaza y se archiva el Recurso de apelación de un estudiante venezolano afectado que se las ha ingeniado para permanecer en Costa Rica y seguir estudiando. De tal forma, todas las solicitudes de los venezolanos desde 2015 hasta 2018 fueron denegadas.

A la mayoría de los afectados que poseen residencia temporal de estudiante ya vencida no se les permite trabajar, ni puede optar por una beca socioeconómica. Por estas razones, muchos estudiantes se han visto obligados o bien a interrumpir sus estudios en la UCR, o bien a regresar a Venezuela.

El nueve de enero de 2018, el magistrado Ernesto Jinesta L., presidente de la Sala Constitucional, rechaza de plano el Recurso de amparo 17-020440-0007-CO contra el Presidente de la República, don Luis Guillermo Solís Rivera, y la Fiscalía General de la República, doña Emilia Navas Aparicio, interpuesto por Vilagut.

El nueve de febrero de 2018, el Magistrado Fernando Cruz Castro procede a archivar el Recurso de amparo 17-014271-0007-CO. El recurrido es el “Decano de la Escuela de Historia de la UCR”, puesto que no existe, por lo que se archiva una causa contra un funcionario que existente y no se investiga al Rector, a la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa (Oaice), al Decano del SEP y otros servidores públicos que fueron denunciados por tomar represalias en 2017 contra el estudiante denunciante, quien fue expulsado de la UCR sin seguir el debido proceso.

El lunes 29 de enero de 2018, la defensora saliente, Montserrat Solano Carboni, firma el oficio 00978-2018-DHR donde archiva la causa de los venezolanos victimas del rector de la UCR. Con su firma, se convierte en cómplice de la Oaice, la Rectoría y la Oficina Jurídica, en una maniobra donde el rector Jensen, temerariamente y sin tener la capacidad para hacerlo, asume funciones de la Asamblea Legislativa al denunciar un convenio vigente internacional con Venezuela. La Contraloría Universitaria, el Consejo Superior Universitario, la Contraloría General de la República, los diputados de la Asamblea Legislativa y la Procuraduría General de la Ética Pública (PEP) se declararon incompetentes o archivaron este caso.

El 19 de febrero 2018 los estudiantes venezolanos de la UCR pusieron en el correo postal un original de un documento de fecha 17 de febrero y 12 folios dirigido a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en Washington para que este órgano intervenga a favor de los estudiantes venezolanos ante la administración de Luis Guillermo Solís Rivera y de las autoridades de la UCR. Esta problemática que fue divulgada en el programa de Radio U La doble tracción: “UCR dejó de aplicar convenio que exonera a “chamos” de matrícula ¿Por qué “#”!?”.

 

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