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Sala IV condena a Nogui Acosta a entregar “informe técnico” de caso sobre supuesta evasión de sociedad de Leonel Baruch

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo contra el Ministerio de Hacienda y las autoridades tributarias que negaron al empresario Leonel Baruch Goldberg acceso a un informe técnico sobre él mismo y sobre una de las empresas que representa, a la que los jerarcas señalaron por supuesta evasión fiscal.

En la resolución el tribunal condenó al ministro de Hacienda, Nogui Acosta y al director general de Tributación, Mario Ramos, por no contestar una solicitud planteada por el empresario -dueño de CRHoy y el Banco BCT, que pidió el mencionado informe.

Además, les ordenó entregar el mencionado documento en el plazo de cinco días.

Según dijo el ministro en una comparecencia en la Asamblea Legislativa, en enero de este año, existe un “informe técnico” que analiza el comportamiento de una de las sociedad de Baruch y le atribuye el presunto delito de evasión fiscal.

Según ha señalado la administración, el análisis muestra la existencia de una evasión fiscal por c11.000 millones. Tras las afirmaciones del ministro, el empresario solicitó a la Dirección General de Tributación copia del documento y pidió -según reportó el mismo CRHoy- “que se le detallara cuál había sido el sustento técnico para enviar su caso al Ministerio Público”.

No obstante, según detalló el empresario en su reclamo, nunca recibió respuesta alguna por parte de las autoridades, por lo que acudió a la Sala Constitucional alegando la violación a sus derechos de petición, de legalidad y de rendición de cuentas, así como de defensa.

En la resolución, los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, únicamente por no haberle entregado el informe técnico requerido y ordenaron que se le entregue al recurrente el informe solicitado “resguardando los eventuales datos confidenciales que pertenezcan a terceros”.

El tribunal advirtió a las autoridades que de no cumplir lo ordenado, la ley establece que “se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa” y condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios causados.

Notificaron, eso sí, que la sentencia integral de este expediente está en redacción y que cuando esté completa será divulgada como corresponde.

 

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