País Iniciativa de Bojorges y Alvarado

Proyecto de ley obligaría a mujeres víctimas a procurar “sana convivencia” entre sus hijos y su agresor

La incorporación de nociones de alienación parental —aunque no se explicite el concepto— amenaza los derechos de las mujeres e incluso podría afrontar convenciones internacionales de derechos humanos.

El proyecto de ley 23421, propuesto por los diputados Leslye Bojorges y Fabricio Alvarado, obligaría a mujeres sobrevivientes de violencia de género que tengan la custodia de sus hijos e hijas a “procurar el respeto y la sana convivencia de los menores con su otro progenitor”, aunque haya sido su agresor.

Por ejemplo, Ángela, madre de dos y sobreviviente de violencia doméstica —progenitor de su hija menor— podría verse obligada a “procurar” una buena relación entre la niña y su exmarido, a no hablarle mal de él o incluso a mentir sobre sus malas acciones, a pesar de haberle aguantado años de amenazas, golpes y abusos sexuales.

“En una sociedad patriarcal como la nuestra, obligar a las mujeres a procurar una sana convivencia con el padre implica decirle: cállese, sométase, no reclame sus derechos, no denuncie”, Maureen Solís, jueza de familia.

La iniciativa, presentada el pasado 22 de octubre, plantea cambios al Código de Familia y al Código de la Niñez y la Adolescencia en procura de “la sana convivencia de las personas menores de edad y sus progenitores”, pero, según el criterio de especialistas, impondría deberes adicionales a las madres y vulneraría su derecho a una vida libre de violencia.

Expertas en derecho familiar, derechos humanos, salud mental y ciencias políticas consideran que, de ser aprobada, la normativa daría validez jurídica al “síndrome de alienación parental”, concepto rechazado por la comunidad científica y mayormente esgrimido por agresores.

Maureen Solís, magistrada suplente y jueza de Familia de Desamparados, dijo que el proyecto es preocupante, pues pretende que las mujeres —en quienes está generalmente recargado el cuido de los hijos e hijas— tengan que hacerse responsables de que la relación entre padres e hijos sea “sana y respetuosa”, aunque no define qué significa eso.

“Cállese, sométase”

“Es un concepto jurídico indeterminado y eso es muy peligroso, porque, en una sociedad patriarcal como la nuestra, obligar a las mujeres a procurar una sana convivencia con el padre implica decirle: cállese, sométase, no reclame sus derechos, no denuncie la violencia e incluso, que no diga nada aun si el papá es un irresponsable, un borracho o si les presenta una novia tras otra y los obliga a decirles mamá”, dijo la jueza.

Adicionalmente, podría implicar que mujeres sobrevivientes de violencia no puedan contarle a sus hijos lo que ocurrió o peor aún, no puedan discutir la violencia que los niños y niñas pueden haber presenciado.

Ana Jurado, doctora en Psicología, indicó que no entiende cuál es la necesidad de este proyecto si ya existen medidas para garantizar la sana convivencia establecidas en el Código de Familia y hasta se penaliza el abuso de la autoridad parental.

Además, dijo que es inaudito que se responsabilice a una de las personas progenitoras de la relación del otro progenitor, pues eso es responsabilidad exclusiva de cada quién. “Mi relación con mi hija es mi responsabilidad, yo como mamá construyo con ella una relación, no es responsabilidad de nadie procurar esa relación por mí”, recalcó.

Según su criterio, a causa de los roles tradicionalmente establecidos y en ocasiones por fundados temores, la paternidad suele ejercerse de forma “mediada” por la madre, es decir, las mujeres determinan qué aspectos del cuido y crianza asume el padre.

Así, “cuando hay separaciones, los padres sienten que van a perder a los hijos, pero lo que debe pasar es que asuman la responsabilidad de que la relación es directa con los niños, no que se la sigan recargando a la madre”.

La politóloga y especialista en género Ana Rita Argüello dijo que es sumamente preocupante que se obligue a las personas que tienen la custodia a “procurar” una relación entre sus hijos y el otro progenitor, pues eso probablemente va a implicar que muchas víctimas sean forzadas a tener contacto con personas agresoras, pero destacó que lo más peligroso es que se incorpore —aunque no se explicite— el concepto de alienación parental porque “eso no existe”.

Penalizar lo que no existe

La especialista recordó que ni la Organización Mundial de la Salud, ni las asociaciones americanas de psiquiatría o psicología, ni el Colegio de Psicólogos a nivel nacional reconocen ese concepto de “alienación parental”.

“Es necesario entender que eso es un recurso retórico de gente que está en contra de los derechos de las mujeres, que pretenden vulnerar los derechos de las mujeres que han encontrado alguna situación de violencia y seguir perpetuando eso, obligándolas a convivir o tener que relacionarse con los perpetradores”, dijo.

Según Argüello, es importante identificar que el uso de esos conceptos viene siempre de “grupos fundamentalistas religiosos o abiertamente fascistas”.

“Es parte de una corriente internacional que procura retrocesos en los derechos humanos de las mujeres con el agravante de que también se expone a las personas menores de edad”, resumió.

Cabe destacar que, en agosto pasado, el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi) y la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas, Reem Alsalem, advirtieron el peligro de validar la controvertida figura, pues esta suele usarse en contra de mujeres en casos donde ha habido violencia, para invalidar sus testimonios.

Por eso, recomendaron explícitamente prohibir en procesos judiciales la evidencia “que busque desacreditar un testimonio con base en el síndrome de alienación parental” y eliminar la figura “para no colocar en una situación de alta vulnerabilidad tanto a las niñas y niños como a las madres, y para evitar el alto riesgo para estas de perder la custodia de sus hijas e hijos, utilizando, en su lugar, los principios de interés superior de la infancia, el de igualdad entre hombres y mujeres, y el de debida diligencia, así como la perspectiva de género y de interseccionalidad”.

Maureen Solís coincidió en que, aunque no se dice de forma explícita, se incorpora el concepto de “alienación parental”, pues no solamente se hacen citas textuales sobre el tema en la exposición de motivos, sino que se establece que el contacto con el círculo familiar debe darse “libre de cualquier acción que tienda a influenciar negativamente en el pensamiento del menor, a través de mentiras, ideas falsas, acusaciones infundadas, y demás comportamientos con el fin debilitar, impedir, obstaculizar o dañar la relación parental con alguno de sus progenitores”.


Aunque se basa en su definición, proyecto no menciona “síndrome de alienación parental”

Aunque la exposición de motivos del proyecto se basa en la teoría y hasta cita el libro Síndrome De Alienación Parental de Jose Manuel Aguilar (defensor del controvertido concepto), el texto no incorpora textualmente las palabras y, por eso, los diputados proponentes no contestaron la razón por la que se introdujo el mismo.

“El proyecto de ley en ninguna parte de su contenido introduce este “síndrome” mencionado por la pregunta, tampoco habla de dicho concepto”, dijo Bojorges. Alvarado por su parte indicó que “el concepto no se menciona ni una sola vez, ni en la exposición de motivos ni en el articulado del proyecto”.

“El proyecto viene a solucionar un problema real y a proteger el derecho de la persona menor de edad a la sana convivencia con sus progenitores y su círculo afectivo, el cual es necesario resguardar para que los niños, niñas y adolescentes puedan crecer en un ambiente óptimo para su desarrollo en forma integral”, dijo Alvarado.

Bojorges por su parte indicó que la propuesta responde a las inquietudes de “cientos de madres y padres” que quieren “relacionarse con sus hijos y poder mantener un vínculo y contacto, sin ningún perjuicio del menor y en total resguardo de los derechos del niño o niña y que se ha visto obstaculizado por alguno de los progenitores”.

“El proyecto está iniciando su trámite y, como toda propuesta de ley, tendrá en su etapa en comisión consultas audiencias a diversos sectores para recibir criterios de todos los expertos”, dijo el legislador.

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