País Cuestionan ruta hacia el apagón analógico

RedMICA reclama mayor transparencia en proceso hacia televisión digital

Falta de transparencia en su elaboración y un énfasis en aspectos técnicos y comerciales, en detrimento de la discusión sobre libertad de expresión

Falta de transparencia en su  elaboración y un énfasis en  aspectos técnicos y comerciales, en detrimento de la  discusión sobre libertad de expresión  y concentración de medios, son las  principales críticas que la Red de  Medios e Iniciativas de Comunicación Alternativa (RedMICA) ha planteado al “Modelo de Referencia y el  Plan Maestro de Televisión Digital  Terrestre (TDT) 2016-2017”.

Se trata de un importante documento de 48 páginas que constituye  una hoja de ruta hacia el apagón analógico y establecimiento de la televisión digital en el país, en diciembre  del próximo año.

El Viceministerio de Telecomu- nicaciones lo presentó a inicios de  marzo ante la Contraloría General  de la República (CGR).

En su momento, el hoy exviceministro de Telecomunicaciones  Emilio Arias expresó mediante un  comunicado que “es fundamental  garantizar el éxito desde diferentes  perspectivas, tanto técnica, jurídica,  política y desde el punto de vista social como lo ha solicitado claramente  el Presidente de la República”.

Sin embargo, la RedMICA –que  agrupa a diversas organizaciones,  activistas y medios de comunicación,  incluido UNIVERSDAD– criticó  que en ese Modelo de Referencia,  “nunca se menciona el derecho de  la ciudadanía a ejercer la libertad  de expresión.

La proposición se reduce a los derechos comerciales de  los concesionarios, y es inaceptable  desde la perspectiva universal de los  Derechos Humanos”.

Catalina Montenegro, vocera de  esa organización, fustigó el hecho  de que originalmente se planteó  que ese Viceministerio consultaría  a diferentes sectores sobre el tema  de reordenamiento y uso del espectro radioeléctrico en general, “pero  a nosotros ni a ningún otro sector nos  han invitado a ninguna consulta”.

Subrayó que el documento no plan- tea la redistribución del espectro,  que no contiene “ningún criterio de  asignación de frecuencias ni aplicación de cánones” y que no especifica  roles del Estado en la administración  de ese espectro que se gana a partir  la digitalización, pues con la tecnología digital la concesión que hasta  ahora servía para un canal servirá  para ofrecer unos cinco.

“Es un documento que plantea  que los concesionarios van a tener  todo el dividendo digital para usarlo  y no dice nada en caso de que haya  frecuencias que no se usen”, insistió  Montenegro.

Sin embargo Marcelo Jenkins,  ministro de Ciencia, Tecnología y  Telecomunicaciones, expresó que el  Modelo de Referencia es resultado  de una labor “participativa, transparente y articulada”, basada en la  “Propuesta de la Hoja de Ruta para la  Transición a la Televisión Digital”,  elaborada por Unión Internacional  de Telecomunicaciones (UIT), y que  también convocó a integrantes de la  Comisión Mixta de Implementación  de la Televisión Digital Terrestre  (TVD) y sus subcomisiones, cámaras  y representantes del sector público  y privado.

Jenkins añadió que también se  invitó a representantes de la socie- dad civil, como la RedMica, quienes  según los registros de asistencia del  Viceministerio de Telecomunicaciones, participaron de las sesiones  efectuadas “con expertos de la UIT”,  en febrero y julio del 2015.

“Por lo tanto, nos sorprenden los  cuestionamientos, pues la Red fue  parte del proceso realizado con los  expertos de la UIT”, apuntó el jerarca.  Sobre el tema de la asignación de  frecuencias y aplicación de cánones,  los procedimientos relacionados con  esos temas ya están regulados en el  marco jurídico costarricense, indicó  Jenkins. Concretamente, señaló que  el Modelo de Referencia se encuentra alineado con el Plan Nacional  de Desarrollo 2015-2018 (PND), el  Plan Nacional de Desarrollo de las  Telecomunicaciones (PNDT), la Ley  General de Telecomunicaciones (Ley  N° 8642) y el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNA).

CONCENTRACIÓN

El Modelo de Referencia se puede  descargar del sitio web del Ministerio  de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt).

En lo que se refiere  a la concentración, establece que la  adopción de políticas que protejan al  país requiere de “parámetros técnicos que determinen a partir de qué  situaciones (cantidad de frecuencias  o condiciones) se puede considerar  que existe concentración de espectro  que afecte la competencia efectiva en  los concesionarios de radiodifusión  televisiva”.

El documento añade que tales parámetros “deben ser definidos por la  Sutel (Superintendencia de Telecomunicaciones) dentro del ámbito de  sus competencias y los resultados  aplicados a los procedimientos jurídicos correspondientes conjuntamente  entre la Sutel y el Micitt”.

Tras apuntar que la digitaliza- ción posibilita contar con un número  mayor de canales –lo cual incide en  el análisis que determine algún gra- do de concentración–, el Modelo de  Referencia incorpora la reserva de  “al menos 24 MHz que serán utiliza- dos para fines regionales, locales y comunitarios, promoviendo así una  óptima distribución del espectro  radioeléctrico”.

Al respecto, Montenegro apuntó  que la Sutel ya ha definido la concentración en términos de que una  misma persona física o jurídica sea  dueña de cuatro emisoras en frecuencia modulada, cinco en amplitud modulada –en el caso de radio– o tres  canales de televisión.

Según dijo,  no existe una definición trasversal  que tome en cuenta la propiedad de  medios de diferente formato.

El jerarca del Micitt, por su parte,  expresó que los concesionarios actuales tienen “situaciones jurídicas  consolidadas” por el plazo de vigencia de cada una de las concesiones  sobre el espectro radioeléctrico, pero  destacó que ello no implica “que van  a tener la totalidad del dividendo  digital, una vez que suceda el apagón  analógico”.

Al respecto, Jenkins llamó la  atención al artículo 12 de la Ley  General de Telecomunicaciones según el cual, una vez que se cuente  con el dividendo digital post apagón  analógico, se deberán realizar los  estudios técnicos para determinar  la necesidad y factibilidad de iniciar  procesos licitatorios públicos.

Ante la pregunta de por qué se  mantiene el modelo actual de con- cesiones sin hacer redistribución  del espectro, el jerarca insistió en  el apego a la legalidad, pues el modelo  de concesiones está establecido en la  legislación vigente.

Sin embargo, recordó que la Ley  General de Telecomunicaciones prevé la posibilidad de acudir a nuevas  figuras que se deriven de los cambios  tecnológicos, como la televisión digital, e informó que el Micitt ya hizo la  consulta a la Procuraduría General  de la República.

Sobre la dotación de los 24 MHz, la  vocera de la RedMICA criticó que no  se establezca claramente en cuáles  frecuencias se ubicarían.  Además, Montenegro consideró  que el documento es omiso, pues “deja  a merced de la voluntad política del  gobierno de turno –de una decisión  unilateral– la asignación de esos 24  MHz, no dice a quién ni bajo qué criterios se asignan”.

Sobre el tema, el ministro Jenkins resaltó que los 24 MHz constituyen un mínimo, que corresponde  al menos a cuatro canales físicos  de 6 MHz cada uno, los cuales se  obtendrán del espectro recuperado  producto del uso de la tecnología de  televisión digital.

Añadió que los criterios de asignación, así como las obligaciones  derivadas, “serán los que se establezcan en el respectivo cartel licitatorio como corresponde, previa  realización de los estudios técnicos  de necesidad y factibilidad, según  el artículo 12 de la Ley General  de Telecomunicaciones”.

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