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TEU declaró sin lugar peticiones de nulidad del sector administrativo

Warner Cascante fue declarado definitivamente como representante electo del sector administrativo ante el Consejo Universitario.

El pasado 9 de agosto, el Tribunal Electoral Universitario (TEU) dio por rechazadas todas las solicitudes de nulidad del pasado proceso electoral del sector administrativo presentadas, tanto por Rodrigo Aymerich Blen como por los demás excandidatos, César Augusto Parral, Mariano Sáenz Vega y Rodrigo León Cantillano.

Los reclamos presentados ante el Tribunal solicitaban la nulidad de todo el proceso electoral, bajo el argumento de que Warner Cascante tiene supuestas restricciones legales para participar en procesos político-electorales, así como quedar electo en órganos que ejecuten funciones de administración activa, por su cargo de auditor en la Contraloría Universitaria.

Estos alegatos fueron rechazados por el órgano electoral, al considerarlos, tanto improcedentes en cuanto a sus competencias, como sin lugar en la materia electoral que le corresponde fiscalizar.

Uno de los alegatos era la ausencia de un permiso para Cascante exigido por el Reglamento Organizativo de la Contraloría Universitaria, un permiso que, según el Tribunal, fue desarrollado por el mismo Contralor Universitario, Glen Sittenfeld Johanning.

Además, sobre el conocido oficio de la Contraloría General de la República (CGR), el Tribunal citó las disposiciones que detallan el hecho de que no existe impedimento legal de un funcionario de Auditoría Interna para postular su nombre y ser electo, así como para ejercer su cargo.

Precisamente por esto, el mismo Tribunal indicó que “una cosa es cumplir con los requisitos para participar de un proceso electoral en la Universidad de Costa Rica, y otra muy distinta, el ejercicio del cargo una vez que quien participa de un proceso electoral de tal naturaleza resulte electo”.

Es decir, que Warner Cascante a la hora de asumir su cargo, como representante electo, deberá sujetarse a las disposiciones legales y cambios administrativos y laborales que dicta la normativa.

Por otro lado, Rodrigo Aymerich Blen aseguró no estar de acuerdo con la resolución del Tribunal, por lo que explicó que acudirá a la Contraloría General de la República (CGR) y también al Ministerio Público, debido a la finalización de la vía administrativa ante el Tribunal, pues las resoluciones de este órgano son inapelables.

Aymerich continúa sosteniendo que Cascante posee una prohibición, además destacó que al día de hoy no posee una copia del permiso otorgado por el Contralor Universitario para su participación en las elecciones.

“Las acusaciones hechas debieron ser analizadas de una manera más rigurosa por parte del Tribunal; este órgano está evadiendo sus funciones, tenían que haber remitido el caso a la Contraloría. Quiero dejar claro que lo que yo estoy haciendo no son acusaciones, son preguntas”, destacó Aymerich.

 

Warner Cascante: Debemos concentrarnos en los desafíos del sector

 

¿Por qué no se había manifestado ante las acusaciones de Rodrigo Aymerich Blen?

-Soy respetuoso de los órganos que investigan, yo no me manifesté antes por respeto al Tribunal y sus resoluciones donde rechaza todos los cuestionamientos que quisieron atribuirme y que mancharon mi imagen esta semana y, en segundo lugar, me ratifica como representante del sector administrativo.

Uno de los cuestionamientos en su contra tiene que ver con los requisitos para participar y ser electo. ¿Qué tiene que decir al respecto?

-Un año antes de que se diera el proceso electoral, tomé todas las previsiones legales que como abogado, sé que se deberían tomar. Consulté a la Contraloría General de la República (CGR) en julio del 2015, además pedí ampliación a la misma instancia en algún asunto que yo quería que quedara totalmente claro. Cumplí el requisito reglamentario que establece el reglamento de la Contraloría Universitaria de pedir el permiso respectivo para participar en el proceso electoral;  todo esto yo lo presenté de manera clara y transparente al Tribunal cuando postulé mi candidatura. Para mí aquí han habido dos elementos: absoluta ignorancia por parte de las personas que presentaron los alegatos, o mala fe.

¿Qué viene para Warner Cascante luego de las resoluciones del Tribunal?

-Yo quisiera que nos enfocáramos, que pasemos la página, que el sector se enfoque en los principales desafíos que nos traen los años venideros. Para mí, la gran lección de todo esto es: “Hay que saber perder, y hay que saber ganar”, entonces parte de saber perder es aceptar el resultado de un proceso democrático, atender las resoluciones de un órgano como el TEU y dedicarse a colaborar en las causas comunes. En mi caso, de “saber ganar”, tiene que ver con representar, tanto a los que estuvieron conmigo como a los que estuvieron en mi contra.

Uno de los reclamos presentados por Aymerich era su participación en 12 sociedades anónimas. ¿De qué se trata esta participación? ¿Es esta participación permitida por el régimen de prohibición al que usted está sujeto?

-Me parece que la intención es hacer un cuestionamiento sobre Warner Cascante de la manera que sea, al igual que la denuncia ante el Tribunal. Mi participación en las 12 sociedades inician con el hecho de que fueron constituidas en los años 90, es decir, aproximadamente 20 años atrás y fueron constituidas en el ejercicio constitucional de mi derecho al trabajo, en mi ejercicio liberal de la profesión de notario para la cual estaba legal y moralmente facultado, y lo estaba porque en ese tiempo no existía el régimen de prohibición que hoy alega Aymerich. Fue a finales del 2002 cuando entró a regir la Ley de Control Interno, momento en el cual yo suspendí toda mi actividad profesional como abogado y notario hasta el día de hoy.

Una de las principales quejas se relaciona con la labor de representante ante el Consejo siendo funcionario de la Auditoría. ¿Cuál es el cambio que sucede en sus labores cuando asuma el puesto para el que fue elegido? 

-La explicación es muy sencilla. El régimen de prohibición es un conjunto de prohibiciones, en el caso de no ejercer funciones de administración activa que es una de las prohibiciones, la clave está en la palabra “simultáneamente”. En mi caso, al ser electo, como en efecto lo soy, cuando yo asuma funciones el 16 de octubre del presente año, hay una acción de personal, que se hace de una manera completamente natural, en donde yo dejo durante cuatro años mi nombramiento como auditor en la Contraloría Universitaria. No hay dónde confundirse, porque solo va a existir un solo cargo y una sola función.

¿Qué cambia a la hora que usted asume su puesto en el Consejo?

-No puedo percibir el sobresueldo de prohibición, la configuración salarial cambia, me dedicaré única y exclusivamente a un cargo de elección popular. Una vez que yo asuma este cargo, dejo de estar sujeto al régimen de prohibición, incluso podría volver a ejercer mi profesión de manera liberal, pero no lo voy a hacer; mi idea es concentrarme por completo a la labor en el Consejo.

 

 

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