Universitarias

Sala Constitucional declara como inconstitucional rebajas al FEES del 2019

El recorte al Fondo fue ejecutado luego de una moción del 2018 en la Asamblea Legislativa, como parte de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019. Las universidades argumentaron que dicha acción era inconstitucional con el artículo 85 de la Constitución, el cual establece que la intervención del plenario puede suceder solo cuando ocurra un diferendo.

La Sala Constitucional declaró como inconstitucional el recorte de ¢10.000 millones del Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FEES) del presupuesto de las universidades estatales del 2019, luego de ser reducido por una moción presentada en la Asamblea Legislativa en el 2018.

Rodrigo Arias Camacho, rector de la Universidad Nacional a Distancia (UNED) y presidente del Consejo Nacional de Rectores (CONARE) indicó que el voto de la Sala respeta a la Constitución Política, ya que se basa en el artículo 85 de la misma.

“Ese artículo hay que verlo con cuidado, porque dice cuáles son las bases mínimas que deben de tomarse en cuenta a la hora de acordar el financiamiento de las universidades, y establece inclusive un procedimiento a nivel constitucional que le da lugar a los acuerdos de la Comisión de Enlace”, agregó el rector.

Además, Roxana Morales Ramos, vicerrectora de administración de la Universidad Nacional (UNA), señaló que el pronunciamiento de la Sala “ratifica el rango constitucional que tiene Comisión de Enlace y los acuerdos que de ahí surjan, que están por encima de lo que se pueda terminar en la Asamblea Legislativa salvo que no se llegue a un acuerdo”.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por el  CONARE en enero del 2019 en contra de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 (N. 9632). Dentro de sus motivos, se encontraba que las rentas del Fondo no pueden ser disminuidas, tal y como lo establece el artículo 85 de la Constitución:

“El Estado (…) mantendrá -con las rentas actuales y con otras que sean necesarias- un fondo especial para el financiamiento de la Educación Superior Estatal (…) Las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan (…) El Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, señalada en el plan, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda”.

En febrero del mismo año, el Consejo Universitario (CU) de la Universidad de Costa Rica (UCR) también presentó una coadyuvancia a la acción de incostitucionalidad, al considerar que la Asamblea Legislativa no podía intervenir en la presupuestación universitaria a menos que se presente un diferendo; situación que no sucedió.

Sobre lo anterior, la Sala argumentó que el recorte al FEES resulta inconstitucional “sin que la Asamblea Legislativa tuviera competencia para ejercer tal conducta, al no existir el diferendo previsto en el artículo 85, de la Constitución Política”.

En vistas de la próxima negociación del FEES, la cual será llevada a cabo el próximo martes 9 de agosto en la Comisión de Enlace, Morales señaló como urgente que se defina el presupuesto de las universidades estatales, dado que este se debe presentar ante la Contraloría General de la República (CGR).

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